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El Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció que quienes inicien la gestión para adherirse al Plan de Pago de Deuda Previsional reglamentado en la Ley 27.705, no podrán comprar dólar ahorro, ni dólar MEP.
El Decreto 173/2023 dispone que los beneficiarios de la moratoria previsional “no podrán acceder al mercado de cambios a los fines de obtención de divisa por el plazo de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de solicitud, conforme lo establezcan las normas aclaratorias y complementarias”.
Además, estableció que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) efectuará “controles necesarios pertinentes” para garantizar el acceso a la prestación con información, suministrada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Cómo es la nueva normativa del BCRA para quienes se adhirieran al Plan de Pagos de Deuda Previsional
El Directorio del Banco Central incluyó a las personas en condiciones de acogerse al Plan de Pago de Deuda Previsional, dispuesto en la Ley 27.705, “en la medida en que se presenten a requerirlo, u otro plan de regularización de deuda previsional, hasta tanto haya cancelado la deuda”, en las personas que tiene restringida la dolarización directa o indirecta, vía mercado de valores de sus excedentes económicos.
Nueva norma cambiaria para quienes se acojan a cualquier plan de pagos de deuda previsional:https://t.co/AHegnLe6Vw
— BCRA (@BancoCentral_AR) March 30, 2023
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¿Quiénes no pueden comprar dólar ahorro?
No podrán acceder a la compra de dólar oficial:
- Personas adheridas al Plan de Pago de Deuda Previsional.
- Beneficiarios subsidios energéticos y de agua.
- Las personas que compraron dólar MEP o CCL en los últimos 90 días.
- Las personas que cobraron salarios a través de la Asistencia a la Producción y el Trabajo (ATP).
- Los beneficiarios de planes sociales de ANSES, incluida la Asignación Universal por Hijo (AUH).
- Los monotributistas que hayan solicitado créditos a tasa subsidiada.
- Los dueños de pymes que hayan recibido los créditos con tasas subsidiadas al 24%.
- Aquellos cotitulares de cuentas bancarias.
- Quienes gastaron con tarjeta de crédito hasta u$s 200 (en compras al exterior como servicios en dólares).
- Quienes hayan refinanciado créditos personales, prendarios o hipotecarios.
- Las personas que cobraron el Refuerzo de Ingresos.
- Las personas sin ingresos declarados o consistentes.
- Los titulares de créditos UVA, beneficiados por el congelamiento de tarifas durante la pandemia del COVID-19.
- Las personas que hayan operado certificados de Depósitos Argentinos (cedears, criptomonedas u obligaciones negociables) en los últimos 90 días.
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¿Cómo saber si estoy habilitado para comprar dólares?
Se podrá verificar la habilitación para comprar dólar a través de la Certificación Negativa.
Dólar: ¿qué es la certificación negativa y para qué sirve?
La certificación negativa es un comprobante que acredita durante 30 días que la persona no posee a su nombre:
- Declaraciones juradas como trabajador/a bajo relación de dependencia.
- Declaraciones Juradas de provincias no adheridas al Sistema Integral Previsional Argentino.
- Transferencias como Autónomo y/o Monotributista y/o Trabajadores de Casas Particulares.
- Cobro de Asignación por Maternidad para Trabajadora de Casas Particulares.
- Cobro de la Prestación por Desempleo.
- Cobro de programas sociales.
- Cobro de la Asignación Universal por Hijo/a y/o embarazo.
- Cobro de Asignaciones Familiares.
- Cobro de Progresar.
- Iniciación de Prestación Previsional Nacional.
- Cobro de prestaciones previsionales vigentes a la fecha de la solicitud.
Este documento es necesario para acceder al cobro de diversas asistencias económicas y para la compra de dólares en entidades bancarias del país. Para iniciar el trámite se deberá:
- Ingresar al siguiente enlace: Certificación Negativa | ANSES.
- Completar el formulario: para ello necesitarán su número de CUIT/CUIL y el período por el cual están solicitando la certificación negativa.
Fuente El Cronista