Nada de esto se vislumbra según los expresado por Alberto Abad, titular de la AFIP; “no se hagan ilusiones”; el déficit actual, casi fuera de control, condiciona la reforma tributaria pero aportamos aquí algunas ideas. Por Guillermo H.B. Castaño, exclusivo para Total News.
Situación:
El propósito de este análisis es poner de relieve los puntos principales de una fuerte baja de tributos que convertiría a la política tributaria en expansiva, es decir dejar mayores recursos en manos privadas, que son las que generan riqueza, aumentan la actividad y en consecuencia la recaudación.
Enumeración de los 31 impuestos nacionales según sus bases de aplicación y se incluye para que el lector note la situación tributaria en Argentina.
Impuestos sobre los Ingresos, Beneficios y Ganancias de Capital Impuesto a las Ganancias. Gravamen de emergencia sobre Premios de Determinados Juegos de Sorteos y Concursos Deportivos Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta. Aportes y Contribuciones de la Seguridad Social Régimen para los trabajadores en relación de dependencia. Régimen de trabajadores autónomos. Régimen para servicio doméstico. Impuestos sobre la Propiedad Impuesto sobre los Bienes Personales. Contribución especial sobre el Capital de las Cooperativas. Impuestos a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas. Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias. Impuestos Internos sobre Bienes y Servicios Impuesto al Valor Agregado. Impuestos Internos (sobre bienes y servicios). Impuesto sobre los Combustibles. Impuestos a la Energía Eléctrica. Fondo Nacional de Energía Eléctrica. Fondo Empresa Servicios Públicos S.E. Provincia de Santa Cruz Impuesto Adicional de Emergencia sobre Cigarrillos. Fondo Especial del Tabaco. Impuesto a las Entradas de Espectáculos Cinematográficos. Impuesto a los Videogramas Grabados. Impuesto a los Servicios de Radiodifusión. Impuesto sobre el Gas Oil y Gas Licuado para uso Automotor. Impuesto a la Transferencia o Importación de Naftas y Gas Natural destinado a GNC: Recargo al Gas Natural y el Gas Licuado de Petróleo. Impuestos sobre el Comercio y las Transacciones Internacionales Derechos de Importación. Derechos de Exportación (Retenciones a las Exportaciones). Tasa de Estadística. Impuesto a los Pasajes Aéreos al Exterior. Otros Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, Monotributo
Como antes se dijo, 31 impuestos a nivel nacional a los que sumándoles impuestos y tasas provinciales / municipales cada ciudadano termina pagando directa o indirectamente 96 tributos. Coexisten al momento 50 regímenes informativos para los distintos organismos recaudatorios.
La simplicidad hace a la recaudación eficiente.
Por otra parte este fárrago de imposiciones hace que casi todo precio en nuestra economía incluya aproximadamente 50% de impuesto, de modo que ese artículo por el que pagamos $100, $50 son tributos que se lleva el estado, deteriorando nuestra competitividad con el resto del mundo.
Veremos algunos casos a modificar:
IVA
Los autores especializados en este impuesto proclaman y coincidimos en la necesidad de bajar la alícuota al 18% y expandir la base imponible reduciendo los exentos, destacamos que estos últimos en realidad no reciben ningún beneficio puesto que se les cobra el IVA tal como al consumidor final y por ello la mayoría no pueden recuperarlo de forma alguna. Hoy los tratamientos especiales -tasa reducida y exenciones- generan una pérdida de ingresos de casi 1.0% del PIB. La estandarización de la tasa al 18% tendría un efecto neutro y resolvería el problema de los que acumulan saldos interminables de crédito fiscal que no pueden aplicar a ningún tributo. Por otra parte reduce el beneficio del evasor aminorando la tentación de trabajar en negro. En un futuro con gasto y cuentas organizadas el 18% podría reducirse algún punto más. Como es el impuesto que más delitos y evasión ampara, desde el punto de vista teórico habría que derogarlo y sustituirlo o bien por el viejo impuesto a las ventas nacional o por un impuesto de etapa única en la final del comercio minorista, que bien puede ser a nivel provincial tipo el “sales tax” americano. Como ello no resulta posible las recomendaciones son, que sea de tasa única 18% y eliminar las exenciones.
Otra alternativa sería reemplazar el actual IVA más Ingresos Brutos por un IVA con más un IVA provincial.
Trascendido de la reforma Dujovne:
IVA: El Gobierno no está pensando en bajar la tasa general del IVA, ni siquiera como plantea la plataforma de campaña del candidato 1País, que lidera Sergio Massa, para los productos de primera necesidad. Solo parecería existir la idea de evitar las fuertes distorsiones que hoy existen entre distintos alimentos, ya que algunos están exentos, otros pagan 10,5% y otros 21%.
Impuesto a las Ganancias o a la Renta según su cambiante denominación
Grava la obtención de “ganancias” por personas físicas o jurídicas y sucesiones indivisas. Las personas de existencia visible o ideal residentes en el país tributan sobre la totalidad de sus ganancias obtenidas en el país o en el exterior, criterio aplicado como renta mundial. Pueden computar como pago a cuenta del impuesto las sumas efectivamente abonadas por gravámenes análogos sobre sus actividades en el extranjero, tax credit. Las personas de existencia visible o ideal no residentes en el país tributan exclusivamente sobre sus ganancias de fuente argentina, mediante un régimen de retención con carácter de pago único y definitivo. Deberían subirse para los trabajadores en relación de dependencia los montos de los mínimos no imponibles de las personas físicas para llegar a los u$5000 vigentes en diciembre de 2001 y recuperar las escalas de pago que regían en 1999. Para el caso de las persona jurídicas o físicas responsables inscriptos, reducir la alícuota del 35% actual al 28/30%, devolvería a las empresas y personas dinero para el desarrollo de su actividad y hasta podría incorporarse el régimen de no pago del tributo bajo compromiso de invertir las utilidades al año siguiente de producidas. Permitir la amortización acelerada en una sola cuota en el año que se compre un bien de capital. Es indispensable incluir el ajuste por inflación para evitar el pago de impuesto sobre importes nominales que incluyen la inflación del año. La actividad privada es la única capaz de generar riqueza, el estado nunca produce riqueza, en el mejor de los casos administra correctamente la que extrae de sus contribuyentes.
Trascendido de la reforma Dujovne:
Impuesto a las Ganancias: También con este tributo la idea es seguir los lineamientos planteados por la Ley Pymes. Las empresas que reinviertan sus utilidades pagarán menos Ganancias o directamente no pagarán y el mínimo no imponible no se modificaría.
Impuesto al Cheque:
Este impuesto originariamente aplicado en los 80 y nuevamente aplicado por el ex Mtro. D. Cavallo en 2001, tenía como fin recaudar sencillamente y rápido un volumen muy importante de dinero, pero el importe retenido por las entidades bancarias podía aplicarse al pago de IVA y de ganancias incentivando a los contribuyentes a declarar mayor actividad con el fin de recuperar dichos saldos, Duhalde en 2002 le quito la posibilidad de ser tomado como anticipo y quedó como impuesto directo, como tal sumamente distorsivo, incentivando a la des bancarización e incrementado costos en toda la cadena valor; ya que el estado lo tiene como una importante fuente de recaudación es difícil que lo elimine pero debería aplicarse sólo a los débitos excluyendo a los créditos evitando la doble imposición y yá permitir su aplicación integral a otros impuestos a elección del contribuyente comenzando por el IVA.
Trascendido de la reforma Dujovne:
Es uno de los tributos más distorsivos que tiene la economía, este Gobierno está decidido a mantenerlo. Así como está previsto para las pequeñas y medianas empresas en la Ley Pymes, la idea oficial es que pueda tomarse a cuenta solamente sólo para el impuesto a las Ganancias. Implementarían un sistema gradual, por lo que el primer año se podrá descontar hasta 20% y así sucesivamente hasta llegar a los cinco años. Se trataría de un plan cuyo objetivo no es eliminarlo ya que buscaría premiar al que cumple y castigar al que evade, en función de que muchas personas tienen cuenta bancaria pero que no pagan todo lo debido
Ingresos Brutos
Resulta la fuente de recaudación más importante que cuentan las provincias, su efecto distorsivo en cascada es determinante dentro de la formación de lo que se conoce como costo argentino, como citamos antes debería ser eliminado y remplazarse por un IVA provincial sumando un 2 a 3 puntos, no más, sobre la tasa del IVA nacional, recaudado por la AFIP luego sería derivado a provincia originante.
Trascendido de la reforma Dujovne:
Siendo su recaudación tan relevante para las provincias será un tema a debatirse con las mismas.
Ganancia Mínima Presunta:
Según la opinión de la mayoría de los autores, se trata de un impuesto directo, dado que se considera que la renta presunta es definida por un porcentaje de los activos empresariales, es motivo de controversia su consideración de impuesto patrimonial o sobre la renta. Es un impuesto patrimonial, desde la perspectiva de la consideración de su base imponible, ya que recae sobre el patrimonio bruto conceptuado por la ley, es dudosa su imputación a la renta pues deja de lado las pérdidas o quebrantos del año ya que no puede imputarse a otros impuestos. Se abona en anticipos. Debe ser eliminado.
Trascendido de la reforma Dujovne:
Morigerar su impacto a lo largo de 5 años teniendo en cuenta lo que ya dispone la LEY de PYMES.
Impuesto sobre los Bienes Personales.
Se trata de un impuesto típicamente directo; y de carácter personal, en virtud de que su instrumentación toma en cuenta posición patrimonial del contribuyente, es un impuesto global sobre bienes de personas físicas y sucesiones indivisas. Se calcula sobre el patrimonio bruto, es decir sobre la posesión de bienes personales al 31 de diciembre de cada año. –sin deducirle deudas o pasivos, la versión aplicada hasta los 80’s permitía esta deducción tributando sólo sobre el patrimonio neto–
Las personas físicas domiciliadas en el país y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo tributan sobre los bienes situados en el país y en el exterior. Las personas físicas domiciliadas en el extranjero y las sucesiones indivisas radicadas en el exterior tributan sobre los bienes situados en el país.
Este impuesto así como está legislado no se aplica en ningún otro país y si bien en campaña, la actual administración dijo que sería eliminado en 2019, no se vislumbra que así sea, su eliminación debería ser inmediata. Por lo menos volver a permitir deducir los pasivos, subir el mínimo no imponible a $5 millones y bajar la tasa al 0.25/30%
Trascendido de la reforma Dujovne:
Nada se sabe hoy sobre si se modificará o nó este tributo.
Sellos:
Se trata de un impuesto distorsivo y extemporáneo, de escasa recaudación que luego del 2000 las distintas formas de estado por necesidad y erróneamente han ido reimponiendo, se debe eliminar totalmente y lo antes posible.
Trascendido de la reforma Dujovne:
Sellos: nada se sabe respecto de este impuesto.
Impuestos a Artículos Suntuarios e Internos
A los Suntuarios deberían aplicarse a 5 artículos no más para facilitar su recaudación y reducirse las diferentes tasas vigentes al 50% en forma progresiva del 10% por año, son tantos los ítems alcanzados que sólo a modo de ejemplo pondremos que los relojes tributan este impuesto en un 20% sumado al IVA, etc.
A los Internos sólo seguir aplicando los de mayor recaudación y elevado consumo, como el caso de cigarrillos y eliminar el resto.
Trascendido de la reforma Dujovne:
No hay noticias de modificación en estos ítems.
No seguiremos con más tributos, sólo se trata de exponer aquellos que son más conocidos o que más impactan en el bolsillo de los contribuyentes.
Trascendido de la reforma Dujovne:
Renta financiera: el gobierno estaría evaluando implantarlo para sumar sectores como 1País a votar la reforma, según nuestra visión: además ser de mínima recaudación espanta inversiones que tanto necesita el país.
Conclusión:
Si lo trascendido se confirma se tratará de una reforma gatopardista que disminuiría algunos impuestos e incrementaría otros, en ningún caso se trataría de la baja contundente de impuestos que Argentina necesita para conseguir el anhelado crecimiento sostenible, Argentina ha subido en los últimos 15 años 15% la presión tributaria, mientras que los países de la región lo han hecho en menos de un tercio, por lo tanto nuestro país quedo como el de mayor presión tributaria, de elevado costo y alejado de la competitividad mundial.
Hablamos al inicio del gasto público casi fuera de control, vivimos la siguiente paradoja, la presión tributaria que sufrimos es consecuencia directa del gasto público y ya no es posible incrementarla para sostener este tamaño de Estado 45% del PBI (CHILE22%, Brasil/ ROU 30%), por lo cual si bien no queremos pagar para mantener un Estado así, también nos rehusamos a reducir sus gastos, porque la mayoría cree que el Estado todo lo puede y además que puede sacarle algo, pero por cada peso que el estado nos dé, primero nos ha sacado $10 de una u otra forma.
Por lo dicho cuando acordemos que tipo y tamaño de estado queremos y estamos dispuestos a mantener, allí podremos establecer una política tributaria consecuente y salir definitivamente del anacronismo impositivo actual.
30/08/2017
Guillermo H.B. Castaño. Semper Fidelis Consultora
Foros Contemporáneos Economía
Twitter: @guillermo1500 http://gcastano9.wix.com/guillermohbcastano