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El fallo de la Corte, un respaldo explícito a Cristina Kirchner

3 noviembre, 2020
El fallo de la Corte, un respaldo explícito a Cristina Kirchner
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El fallo de la Corte Suprema sobre los jueces trasladados Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi promete un fuerte impacto político; en la imagen: Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, Juan Maqueda. Por Joaquín Morales Solá

¿Fue el temor a las represalias de Cristina Kirchner? ¿Fue el producto de una negociación política? ¿O fue, acaso, una negociación por temor a Cristina? En cualquier caso, una mayoría abrumadora de la Corte Suprema (solo existió la disidencia solitaria del presidente del cuerpo, Carlos Rosenkrantz) decidió desdecirse y concluir que los traslados de los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi habían sido temporarios, no definitivos. Un duro mensaje para todos los jueces del Poder Judicial. En adelante, estos deberán cuidarse de investigar y juzgar la corrupción de la política. Bruglia y Bertuzzi ratificaron en su momento los procesamientos de Cristina Kirchner por actos corruptos durante su administración, y en algunos casos confirmaron el pedido de su prisión preventiva. Solo los fueros de senadora la salvaron de terminar en la cárcel. Cristina les quería cortar la cabeza a esos jueces. La Corte los puso ahora en el cadalso. Un favor político enorme a la poderosa vicepresidenta. Falta todavía que la Corte resuelva el caso del juez Germán Castelli, integrante de un tribunal oral que debe juzgar a Cristina por la causa de los cuadernos de las coimas. El de Castelli es un caso más grave aún, porque él se estaba preparando para juzgarla. Bruglia y Bertuzzi ya la habían juzgado. ¿Se puede esperar una decisión diferente en el caso de Castelli? Improbable.

Los jueces de la Corte Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti firmaron que los traslados de jueces son un mecanismo inconstitucional. Debe consignarse que los jueces trasladados pasaron por los concursos del Consejo de la Magistratura y por el acuerdo del Senado. No son polizones. Esa mayoría (que se agrandó con la inesperada solidaridad de Elena Highton de Nolasco) llamó “costumbre inconstitucional” a los traslados. Ahora bien, tal mecanismo rigió durante 70 años y la Corte, con diversas integraciones, avaló los traslados. Es decir, que la Corte declara inconstitucionales decisiones de ese mismo tribunal. Inexplicable.https://imasdk.googleapis.com/js/core/bridge3.421.0_es.html#goog_2004189919Ads by

El primer traslado de Bertuzzi fue por un decreto firmado por Cristina Kirchner en 2010, que Alberto Fernández debió derogar ahora guardando un prudente silencio. Debió derogarlo para mandarlo lejos a Bertuzzi. Los traslados no los inició Mauricio Macri, como señala el cristinismo. Es cierto que el juez Maqueda es refractario a aceptar los traslados de los jueces. Lo fue siempre. Pero ese trío de magistrados, llamado la “mayoría peronista” de la Corte, avaló los traslados de Bruglia y Bertuzzi en la acordada 7 de 2018. Es la misma mayoría que ahora dice que esos traslados son solo temporarios y que sus cargos deben cubrirse con nuevos concursos del Consejo de la Magistratura y con nuevos acuerdos del Senado. La Corte señaló ahora que las acordadas son “actos administrativos”, no fallos sobre casos concretos. Devaluó sus propias decisiones. Aun cuando fuera así, lo cierto es que el fallo actual no está cambiando la acordada de otra época, firmada por otros jueces, sino resoluciones que esa misma mayoría y con esos mismos jueces firmó hace apenas dos años. Cambiaron, sea por lo que fuere. Todo lo demás es pura fraseología.

Los magistrados Pablo Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Germán Castelli, apuntados por el kirchnerismo
Los magistrados Pablo Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Germán Castelli, apuntados por el kirchnerismo Crédito: LN

Hay dos principios fundamentales de la doctrina jurídica que la mayoría de la Corte puso ahora en discusión. Uno es el de la inamovilidad de los jueces. Bruglia y Bertuzzi no saben hasta cuándo estarán en sus cargos. No deberían renunciar, con todo. La Corte ordenó un nuevo concurso para esos cargos en la Cámara Federal. A pesar del optimismo kirchnerista, que dice que podría terminar esos concursos “en pocos meses”, las voces más serias del Consejo de la Magistratura aseguran que nunca podrán estar concluidos antes de los dos años. Y luego deberán acordar con la representación de la oposición en el Consejo. La destitución y la designación de jueces requiere del voto de los dos tercios del Consejo, una mayoría especial que el kirchnerismo no tiene en ese organismo. Bruglia y Bertuzzi nunca pasarán por un Senado bajo el mando absoluto de Cristina Kirchner, que tiene todavía tres años de mandato, pero en la Argentina dos años son la eternidad. Tampoco pasarían por un Senado dominado por el peronismo, y el peronismo controla la mayoría relativa o absoluta de la Cámara alta desde 1983. Salvo, claro está, que el peronismo cambie no solo la piel, sino también su fisiología. Todo es posible en la Argentina azarosa. Hasta la Corte Suprema podría declararlos jueces definitivos en los cargos en que están, contradiciendo todo lo que dijo ayer. ¿Por qué no lo haría si ya hizo tantos cambios? ¿Por qué no fijaría una nueva y breve jurisprudencia?

La renuencia de Maqueda a los traslados es respetable desde el punto de vista teórico. Menos explicable es que ese cambio de criterio se aplique con carácter retroactivo. La Corte podría haber convalidado lo que ya se hizo, que hubiera significado una manera de ser coherente, y fijar hacia adelante nuevos criterios para los traslados de los jueces. La inamovilidad de los jueces es un mandato expreso de la Constitución. A ese principio constitucional se aferró Rosenkrantz, que ni siquiera opinó si los traslados son buenos o malos. Los jueces no se tocan. Punto. Es lo que dice la Constitución. Esa es la diferencia de Rosenkrantz frente a los otros jueces supremos. El presidente del cuerpo pone la Constitución por encima de la política. Es el deber de la Corte Suprema.

Carlos Rosenkrantz mantuvo su postura histórica sobre los traslados de jueces
Carlos Rosenkrantz mantuvo su postura histórica sobre los traslados de jueces Crédito: Santiago Filipuzzi

La Corte tiene un ejemplo propio de que los jueces se convierten en personas imprevisibles cuando está en juego la inamovilidad. Highton de Nolasco firmó con Rosenkrantz la acordada 4, que era mucho más amplia que la acordada 7. Permitía, por ejemplo, el traslado de jueces de un tribunal ordinario a uno federal. Ayer derrumbó las acordadas 4 y 7 y cambió todo lo que escribió o convalidó hasta ahora. Highton de Nolasco está en el cargo de jueza de la Corte Suprema incumpliendo ella misma la Constitución y la jurisprudencia del tribunal que integra. En efecto, la Corte Suprema dispuso en 2017, en el caso del juez Leopoldo Schiffrin, que los jueces deben jubilarse cuando cumplen los 75 años, como lo estipula la Constitución reformada en 1994. Highton de Nolasco se abstuvo, obviamente, de votar en ese caso. La jueza tiene 77 años y presentó una cautelar en su momento para no jubilarse. Un juez de primera instancia se la aceptó. Está a tiro de que cualquier gobierno o cualquier ciudadano le inicie un juicio por ocupar inconstitucionalmente el cargo. Ha sido oficialista con Cristina Kirchner, con Mauricio Macri y lo es ahora con Alberto Fernández.

Seguridad jurídica

Otro principio que está en duda a partir del fallo es el del juez natural, un valor imprescindible para la seguridad jurídica. ¿Qué garantías podrán tener los argentinos si no sabrán en adelante cuándo los juzgarán unos y quiénes los juzgarán después? ¿Hasta cuándo podrán seguir decidiendo Bruglia y Bertuzzi? ¿Cuándo dejarán de hacerlo? Es increíble que ese principio tan elemental del Estado de derecho haya sido puesto en discusión precisamente por la Corte Suprema, que es la instancia llamada a resguardar las garantías y los derechos de las personas.

La política puede explicar todo o nada. Si hubo una negociación, es probable que la Corte haya pactado con el Gobierno que le entregaba las cabezas de los tres jueces a cambio de que no se insista con la ampliación del máximo tribunal. Sería el perfecto revés de la doctrina Rosenkrantz: la política por encima de la Constitución. El temor a Cristina es atávico en muchos jueces. También esto es cierto, pero la Corte no saldrá indemne del giro en el aire que acaba de dar. Perdió el liderazgo político y moral de los jueces del Poder Judicial. No es cierto que haya dado un fallo “salomónico”. El rey Salomón prometió partir por la mitad a un niño, cuya maternidad reclamaban dos mujeres. Pero Salomón solo amenazó, no partió al niño. Los jueces de la Corte partieron por la mitad la Constitución en busca de un equilibrio imposible.

De todos modos, a la Corte no le corresponden los equilibrios salomónicos, sino la aplicación del derecho. Hasta sus tiempos fueron políticos, no jurídicos. Hace quince días, en medio de la expectación y las protestas de un importante sector social, le aplicó al caso un manto de hielo para enfriarlo. Luego esperó hasta el martes de las elecciones cruciales en los Estados Unidos para mantenerse bajo el radar en un día en que la prensa de todo el mundo (y, sobre todo, la argentina) estaría con la mirada fija en Washington. En el fallo decidió quedar bien con todos, aunque ese propósito es una misión absurda. Tenía que decidir si respaldaba a los jueces o si se los entregaba a Cristina Kirchner. Decidió a favor de la expresidenta, pero les guardó el cargo a los jueces durante un tiempo. Solo durante un tiempo. Decidir no decidir de manera definitiva y clara es, en algunos casos, como morir de a poco.

Fuente La Nacion

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