La Cámara de Casación tiene que definir si son válidos esta semana. Ex funcionarios buscan declarar nula la causa. Por Lucía Salinas
Una decisión puede ser determinante para el status de los 31 imputados colaboradores que confesaron en la causa conocida como los Cuadernos de las Coimas. Sus testimonios fueron una columna vertebral en el caso que instruyó el juez Claudio Bonadio y el fiscal Carlos Stornelli, y derivaron -según consta en el expediente-, en una gran cantidad de medidas de prueba. Varias defensas de ex funcionarios, como Julio De Vido, plantearon ante la Cámara de Casación que la Ley del Arrepentido fue mal aplicada, que era inconstitucional y como consecuencia, debía anularse la causa.https://016a8273607927d1a5fc4cdae543d5e2.safeframe.googlesyndication.com/safeframe/1-0-37/html/container.html
En los próximos días el máximo tribunal penal deberá expedirse al respecto y por eso crece la expectativa en sectores del kirchnerismo interesados en voltear el expediente de los cuadernos.
No hay registro fílmico de los dichos de los 31 arrepentidos. No hay soporte digital. No hay grabaciones. Pero eso ya se sabía hace más de dos años. Lo que hay son las actas firmadas de sus declaraciones por ellos y sus letrados.
Además, los testimonios de quienes confesaron en la causa conocida como los Cuadernos de las Coimas, fueron validados por diferentes instancias judiciales teniendo en cuenta como respaldo las actas que firmaron los abogados, los imputados y la fiscalía a cargo de Carlos Stornelli. Pero esas resoluciones no fueron suficientes para varios abogados que llevaron sus reclamos, ya con la causa elevada a juicio oral, ante la Cámara de Casación. Eso a pesar de que la ley del arrepentido no exige grabar los testimonios.
Cristina Kirchner en los Tribunales de Comodoro Py cuando tuvo que declarara en el caso de los cuadernos. Está procesada como jefa de una asociación ilícita.
Con este marco, ¿puede caerse la principal causa de corrupción contra Cristina Kirchner? La llave para clarificar la situación, la tiene la Sala I de la Cámara de Casación. Un grupo de abogados defensores plantearon que se está ante una Ley del Arrepentido que consideran inconstitucional, esto lleva aparejado otro planteo, como sostuvo el defensor de Julio De Vido, que la implementación de la normativa fue incorrecta. Entonces, para un conjunto de imputados, no tendrían validez los 31 testimonios de ex funcionarios, ex secretarios privados, empresarios y hasta el propio ex contador de la familia Kirchner.
Los jueces de la Sala I -Ana María Figueroa, Daniel y Petrone Diego Barroetaveña-, ya tiene la opinión de las partes, entre ellas la del fiscal Raúl Plee que avaló a esa ley y lo actuado en la causa. En caso de que los jueces no lo consideren así, se caerían los acuerdos de los 31 arrepentidos, y ligado a esto varias defensas insistirán en que la causa debe declararse nula. Los plazos ordenatorios vencen a finales de esta semana, cuando podría conocerse la postura de los magistrados.
En caso de declarar inconstitucional la normativa, el Tribunal Oral Federal 7 (TOF 7) responsable de realizar el juicio oral que tiene como principal acusada a Cristina Kirchner, señalada como jefa de una asociación ilícita que se dedicó a la recaudación de fondos ilegales, deberá decidir qué status les otorgará a los arrepentidos, que ante una eventual condena podrían perder los beneficios que les garantizaban los acuerdos firmados con el fiscal, que consistían en una reducción de la condena en caso de que así ocurra al finalizar las audiencias.
La investigación es de las más extensas en materia de corrupción: cuenta con 172 personas procesadas. Del total de procesados se puede hacer otro desglose: hay 136 empresarios, 22 exfuncionarios y 14 supuestos testaferros. Pero hay un antecedente. En marzo, la sala IV del mismo tribunal, que preside Mariano Borinsky, ya declaró constitucional la ley del imputado-colaborador, en otro caso.
Si la Sala I declara inconstitucional la Ley del Arrepentido, habría dos criterios sobre la misma normativa aunque aplicada en expedientes diferentes. Así, podría llamarse a un plenario de todos los jueces del máximo tribunal penal para tomar una decisión definitiva.
Desde la Cámara de Casación, explicaron que lo que está en debate es si la Ley del Arrepentido votada en el Congreso durante el gobierno de Mauricio Macri, es inconstitucional o no. Esa determinación será relevante para el caso puntual en análisis y “no tiene un efecto sobre la utilización de la ley en otras causas”, explicaron fuentes judiciales a Clarín.
Varios ex funcionarios kirchneristas acusados, pusieron bajo sospecha cómo fueron tomadas las confesiones de los 31 arrepentidos, y la aplicación de la Ley -como su constitucionalidad-, para llegar a un punto mayor: lograr que se declare la nulidad del expediente. Para las defensas de muchos de los acusados, esos acuerdos fueron nulos porque no fueron debidamente registrados y porque se celebraron bajo la presión a los imputados de que si no decían lo que la fiscalía quería escuchar no recuperarían su libertad.
Los testimonios “no son la única prueba que hay en la causa”, señaló en su momento el fallecido juez Bonadio cuando dio por corroborados los dichos de los arrepentidos, entre los que están José López (ex secretario de Obras Públicas), Víctor Manzanares (ex contador de los Kirchner), Carlo Wagner (ex titular de la Cámara de la Construcción), Ángelo Calcaterra (ex dueño de IECSA y primo de Mauricio Macri), entre otros. Sin embargo, fueron la columna vertebral del caso que inició en 2018 y donde se sostuvo que existió una estructura de corrupción dedicada a cobrar coimas a empresarios del área de transporte, obra pública como sector energético.
La discusión se centró en los “medios idóneos” que la ley exige como soporte para el resguardo de los testimonios. Tanto Cristina Kirchner como otros acusados, señalaron que no fueron grabados ni filmados los testimonios y que no eran suficientes las actas para darles validez. En diciembre de 2018, los camaristas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi -a quienes el kirchnerismo buscó desplazar-, avalaron como medio idóneo las actas firmadas por los arrepentidos, sus abogados y por el representante del ministerio Público Fiscal, ya que la misma se hace bajo juramento y de incurrir en falso testimonio, las penas se agravan y se pierden los beneficios obtenidos en el acuerdo de colaboración.
Fuente Clarin