La jueza en lo contencioso administrativo Cecilia Gilardi Madariaga de Negre le ordenó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) no cobrarle el “Aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia” a un empresario que inició una causa por entender que el tributo afecta su derecho a la propiedad.
La magistrada dio curso a una medida cautelar presentada por Alejandro Scannapieco, ejecutivo de la empresa Globant.
“Hacer lugar a la medida cautelar solicitada y, consecuentemente, disponer que la parte accionada (NdA: la AFIP) se abstenga de aplicarle las disposiciones emergentes de la Ley 27.605”, resolvió la jueza en su fallo del viernes pasado.
Noticia en desarrollo.
JPE
Fuente Clarin