Por Candela Ini
La Cámara Federal de Casación Penal revocó la sentencia que ordenó enviar a la cárcel a Amado Boudou y ordenó que el juez de ejecución penal dicte un nuevo fallo para definir cómo debe cumplir su condena el exvicepresidente.
Boudou, que fue condenado a cinco años y diez meses de cárcel, se encuentra cumpliendo arresto domiciliario -con una tobillera electrónica- en una casa alquilada en Avellaneda, con su esposa y sus dos hijos mellizos. En febrero de este año, sin embargo, el juez Daniel Obligado redujo en 10 meses su condena, en respuesta a un planteo de su defensa.
A raíz de esa reducción de la pena, el exvicepresidente ya puede tener salidas transitorias. Cuando cumpla dos tercios de la condena podrá acceder a la libertad condicional.
Luego de que la Corte Suprema dejó firme esa condena, el juez de ejecución penal Obligado revocó la detención domiciliaria de Boudou y dispuso su alojamiento en un penal. Pero Boudou continuó detenido en su domicilio porque su defensa interpuso un recurso de casación, que fue resuelto esta mañana.
Hoy, la Sala de 4 de la Cámara de Casación Penal determinó, con los votos de los jueces Javier Carbajo, Mariano Borinsky y Ángela Ledesema, que el tribunal deberá convocar a una audiencia para escuchar a las partes y luego definir dónde continuará cumpliendo su pena el exvicepresidente.
Los jueces no opinaron sobre la cuestión de fondo, es decir que no se pronunciaron sobre si Boudou debe estar detenido en un penal o en su casa. Pero sí consideraron que al resolver el planteo de los fiscales para que Boudou volviera a la cárcel el juez Obligado no cumplió con los pasos indicados para garantizar el derecho a la defensa de Boudou. Aludieron a “vicios constitucionales”. Y decidieron que por eso se deberá convocar a una nueva audiencia en la que intervengan las partes y así dictar un nuevo fallo.
El argumento central de la defensa de Boudou para que le concedieran cumplir su condena bajo la modalidad de arresto domiciliario que fue que están en juego los “derechos”, las “garantías” y la “integridad” de sus hijos menores, que lo necesitan a su lado. Un defensor de menores emitió su opinión (no vinculante) en este caso a favor del pedido de la defensa.
Los fiscales de ejecución penal Marcelo Colombo y Guillermina García Padin no avalaron este pedido e insistieron con que Boudou debía regresar a la cárcel. Dijeron que no es cierto que el condenado sea el único núcleo de contención familiar de los niños, porque su ́́madre también lo es. El TOF 4 resolvió ese pedido de los fiscales sin haberle dado intervención a la defensa y revocó la prisión domiciliaria de Boudou.
Según el voto de la jueza Ángela Ledesma, “se configuró una afectación al derecho de defensa de Boudou por cuanto el órgano judicial interviniente, de manera previa a resolver, omitió dar intervención a la defensa del dictamen fiscal presentado el 29 de diciembre de 2020″.
“Dicha circunstancia -agregó Ledesma-, impidió a los defensores desarrollar su estrategia defensiva, incorporar nuevos argumentos y/o explicar los puntos más importantes de su oposición, todo lo cual redundó en la afectación a su derecho constitucional de defensa técnica eficaz”.
Borinsky coincidió con Ledesma y dijo que “de la lectura de la resolución impugnada no surgen cuáles han sido los motivos por los que el magistrado de la instancia previa decidió apartarse del criterio esgrimido al conceder el arresto domiciliario de Amado Boudou”.