La Resolución oficial que autoriza a los empleadores a convocar al trabajo de manera presencial a quienes recibieron al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas contra el COVID-19 una vez que pasaron 14 días de su aplicación sigue vigente también durante estas 2 semanas de restricciones más estrictas.
Así le dijo a Clarín el abogado y asesor de empresas Marcelo Aquino y despejó las interpretaciones erróneas que se hicieron en relación al DNU 241/2021 del viernes pasado.
Ese DNU no derogó ni suspendió la Resolución Conjunta de Salud y Trabajo 4/2021 publicada en el Boletín Oficial una semana antes, que autoriza esa convocatoria al trabajo presencial por parte de los empleadores.
Esa Resolución aclara que, si recibieron la primera dosis, también pueden ser convocados al trabajo presencial los trabajadores y trabajadoras mayores de 60 años, las trabajadoras embarazadas y los incluidos en los grupos de riesgo definidos por la autoridad sanitaria nacional. En cambio no se puede aplicar a los trabajadores con inmunodeficiencias y pacientes oncológicos y/o trasplantados.
Marcelo Aquino agregó que el DNU Nª 241/2021 del viernes pasado sí contempla la situación de las madres y padres con chicos que por la suspensión de clases presenciales necesitan tener el cuidado de los menores y no pueden concurrir a sus lugares de trabajo.
Ahora, aclaró, se establece que los empleadores deben abonar “una compensación no remunerativa equivalente a su remuneración habitual, neta de aportes y contribuciones al Sistema de Seguridad Social”.
A su vez, el DNU señala que “los trabajadores y las trabajadoras, así como los empleadores y las empleadoras, deberán continuar efectuando sobre la remuneración imponible habitual los aportes personales y las contribuciones patronales correspondientes a la Obra Social y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados”. Quedan eximidos del resto de los aportes.
Aquino dijo que el DNU claramente dice que ese pago es no remunerativo, despejando las dudas de la Resolución 207 del año pasado.
NE
Fuente Clarin