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TotalNews Agency Argentina

El juez Luis Rodríguez procesó y embargó al periodista de Clarín Daniel Santoro

19 abril, 2021
El juez Luis Rodríguez procesó y embargó al periodista de Clarín Daniel Santoro
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En un nuevo ataque a la libertad de prensa, el juez federal Luis Rodríguez procesó este lunes y embargó en 850 mil pesos al periodista de Clarín Daniel Santoro en la causa en que se investiga el intento de extorsión de Marcelo D’Alessio al despachante de aduana Gabriel Traficante.

En una resolución, Rodríguez –vinculado al operador judicial peronista Javier Fernández- consideró que Santoro fue “partícipe necesario” de la maniobra pese a que no hay ninguna prueba de que el periodista haya actuado con dolo o haya recibido un beneficio económico de parte del falso abogado.

Los a​bogados de Santoro, Mauricio De Nuñez y Guido Sciarreta, ya están trabajando en la apelación del fallo por “arbitraria”, “infundado” y por constituir otro ataque a la libertad de expresión. La causa empezó en el 2017 y Rodríguez recién imputó a Santoro en el 2020, en el marco del Operativo Puf contra la causa de los cuadernos de las coimas.

D’Alessio está acusado de haber cometido a fines de 2016 un intento de extorsión contra Traficante cuyos socios están procesados y en un juicio oral por un intento de contrabando en la causa de la Mafia de los Contenedores. El mismo Traficante tiene prohibición de salir del país y una investigación por la Unidad de Información Financiera (UIF) por supuesto lavado de dinero.

En sintonía con las sospechas de esa causa judicial, el ex jefe de la Aduana Gómez Centurión declaró en la causa D’Alessio Dolores: “Después de la causa Paolantonio o mafia de la Aduana, cuando aparece Traficante, ahí empiezo a entender…cuando hago una denuncia, le faltan piezas, le faltan vínculos y le faltan los aceleradores y los lugares por donde pasan las cosas, y Traficante era uno”.

Santoro conoció a D’Alessio recién el 24 de noviembre de 2016 cuando el falso abogado ya había usado su nombre y el de otros periodistas para presionar al empresario. Dos días después, Santoro le escribió un mensaje de Whatsapp a Traficante, en todo totalmente respetuoso, en el que le pedía que lo llame para consultarlo sobre la nota que iba a publicar. Traficante no contestó.

Al día siguiente publicó una nota en la que informó que el juez en lo penal económico Marcelo Aguinsky investigaba si Traficante era el jefe del grupo que intervino en la Mafia de los Contenedores. Traficante no terminó procesado en esa causa, pero sí sus socios.

Entre sus argumentos, el magistrado objetó la consulta previa que Santoro hizo a Traficante antes de la publicación.

Santoro se limitó a hacer su trabajo de periodista que es lo que hace desde hace 40 años.

El periodista no tenía por qué saber que el falso abogado usaba su nombre para extorsionar y no hay una sola prueba que contradiga sus dichos en indagatoria

En sus indagatoria de febrero de 2020, Santoro expresó “me contacto con Traficante a quien trato de `usted´; me presento con nombre y apellido, profesión y empleado de Clarín; le hago saber que le quiero hacer una consulta periodística”. Además “de ya contar con mi celular, le aporté mi número de teléfono directo del diario. Esa no es la conducta de un cómplice de un intento de extorsión”, agregó.

El juez señalo que “en el mensaje Santoro se habría limitado a decirle a Traficante que le gustaría hacerle una consulta periodística, lo cual dista de la gravedad de lo que realmente ocurriría (ubicarlo como jefe de la comisión de hechos de suma gravedad) y parece ser más una práctica para encubrir su desleal desempeño profesional”.

Rodríguez afirmó que le hizo saber a Santoro “que su actividad para desprestigiar públicamente a Traficante y crear un grado de participación inexistente del mismo en la investigación llevada a cabo ante el fuero penal económico, resultó determinante para que D´Alessio ejerciera el engaño y la presión ilícita que afectara a Gabriel Traficante”.

El periodista le aclaró al juez que no sabía del intento de extorsión a D’Alessio y le puso al magistrado a su disposición sus cuentas bancarias y sus bienes, una casa y un auto para que determine si había obtenido algún beneficio. Y dijo que “lo suyo fue un error profesional de no haberlo investigado a D´Alessio”.

Santoro indicó que en los audios de esta causa expresamente surge que se decía “Santoro no cobra, no es coimero” y que en esa época “había tenido un problema de salud, y su error fue dejarlo entrar a D’Alessio a su ámbito personal y recibirlo en su casa”.

Señaló que la secretaria de D´Alessio, Julieta Ciarmello, al deponer en el expediente de Dolores ante una pregunta puntual, respondió nunca haber entregado sobres de dinero a Santoro pero si a otros nombrados.

Luego el juez señaló que Traficante estaba efectivamente “mencionado en la causa nº 529/2016 del Juzgado Nacional en lo Penal Económico nº 6 a cargo del Dr. Marcelo Aguinsky”, incluso desde antes que conociera a D´Alessio”. Había sido nombrado por dos de los imputados.

Sin embargo, el juez Rodríguez dijo que “estimo que la conducta desplegada por el imputado Daniel Pedro Santoro encuadra prima facie en el delito de extorsión en grado de tentativa, en calidad de partícipe necesario (artículos 42, 45 y 168 del Código Penal)”.

“Ciertamente no es es quiparable el periodista que publica una información de interés público obtenida de manera ilegal por su fuente, con el supuesto de un profesional que trasmite información falsa para contribuir en una maniobra delictiva”, agregó.

Rodríguez es el mismo juez a quien Carolina Pochetti, la viuda del ex secretario de Cristina Kirchner, Daniel Muñoz, afirmó que le habrían pagado varios millones de dólares para que no avance con la causa. El juez fue investigado por esta denuncia y sobreseído.

En diciembre pasado, la cámara federal de Mar del Plata dictó la falta de mérito de Santoro en un intento de coacción –que no constituyó delito- y un intento de extorsión al empresario K, Mario Cifuentes, en un claro fallo a favor de la libertad de expresión.

Sobre ese fallo, el juez Rodriguez, sostuvo que “ningún detrimento constitucional puede sufrir quien publica información falsa con fines ilícitos”.

Citó que la Cámara Federal de Mar del Plata aclaró que “los Magistrados actuantes en causas judiciales no han sido investidos en sus cargos para juzgar la calidad o contenido de un trabajo periodístico, ni mucho menos, para apostrofar acerca de la manera en que un periodista se vincula con su fuente, cuestiones estas, que en todo, podrán quedar sujetas a un juicio ético o de credibilidad de su trabajo, que incumbe a la sociedad que consume su producto periodístico, y no a los jueces, siempre, claro está, que no se esté frente a la comisión de un delito”.

Santoro publicó en base a fuentes judiciales y de la Aduana, no solo lo que estaban en el expediente, que se investigaba si Traficante era el jefe del grupo. El juez dijo que “es falso que dos imputados “en la causa de la mafia de los contenedores que investiga Aguinsky señalaron a Traficante como supuesto `cerebro´ detrás de la organización”. El periodista no afirmó eso.

En base a análisis de llamadas telefónicas, afirmó el juez, de “Santoro se desprenden numerosas comunicaciones telefónicas con el Dr. Marcelo Aguinsky, Juez a cargo de la causa en cuestión. Puntualmente, se registraron llamados los días 25 de noviembre y 7 de diciembre de 2016, es decir, uno y dos días de antelación con las notas cuestionadas a Santoro del 26 de noviembre y 9 de diciembre de 2016”.

Hasta el momento, el periodista ni sus abogados sabían que se hubiese analizado las llamadas de Santoro, protegidas por el artículo 43 de la Constitución que consagra el secreto profesional. En las pruebas aportadas por Traficante aparecen supuestos mensajes de Whatsapp de D’Alessio, en el que éste afirma que “Santoro no es coimero”. Sin embargo, el juez alienta esta hipótesis.

Lo único que tiene es una foto de Santoro y D’Alessio juntos que el falso abogado se la pidió para su hijo que quería estudiar periodismo.

Sobre la prohibición de salida del país de Traficante, el juez Rodríguez dijo que “fue adoptada más de nueve (9) meses después de los hechos que aquí se someten a estudio, sino que dicha imposición se encuentra vinculada a un hecho posterior que tramita exclusivamente en ese Legajo, cuyo trámite se halla a cargo del Ministerio Público Fiscal en los términos del artículo 196 del CPPN y se vincula al intento de retirar un contenedor el día 14 de septiembre de 2017”.

En la causa de la mafia de los Contenedores, el juez Aguinsky procesó al socio de Traficante, Gabriel Garcés, y el contador Víctor Esteban Palomino Zitta, otro de los imputados, se encuentra prófugo de la Justicia.

TEMAS QUE APARECEN EN ESTA NOTA

Fuente Clarin

Tags: PolíticaTotalnewsAgency.com
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