La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) instrumentó el Registro de Proyectos Inmobiliarios para que los inversores puedan acceder a los beneficios fiscales previstos en la Ley de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda. El organismo también reglamentó el Programa de Normalización que habilita la declaración voluntaria de tenencia en moneda nacional y extranjera para la realización de inversiones en desarrollos inmobiliarios.
La Resolución General N°4976, que será publicada el martes en el Boletín Oficial, habilita los beneficios tributarios y las herramientas contempladas en la ley 27.613. “La iniciativa promueve el desarrollo y la inversión en proyectos inmobiliarios nuevos que se inicien a partir de la entrada en vigencia de la ley (12 de marzo de 2021) o que, a dicha fecha, tengan un avance inferior al 50%”, indicó la AFIP.
Registro de Proyectos Inmobiliarios
La normativa de la AFIP implementa el Registro de Proyectos Inmobiliarios para que desarrolladores, constructores y vehículos de inversión informen las obras privadas alcanzadas. El servicio web estará disponible desde el 7 de junio de 2021.
La resolución establece que para acreditar la fecha de inicio y el grado de avance menor al 50% será necesario un dictamen de un profesional matriculado competente en la materia con su firma certificada por la autoridad profesional que rija la matrícula o, en el primer caso, también se admitirá la información presentada ante las autoridades edilicias competentes.
Una vez aceptada la inscripción se generará un “Código de Registro de Proyecto Inmobiliario” y se emitirá la correspondiente “Constancia de Registración de Proyecto”.
Dicho código deberá ser consignado en las declaraciones juradas de los inversores para gozar de los beneficios vinculados al Impuesto sobre los Bienes Personales, Impuesto a las Ganancias y/o Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y/o Sucesiones Indivisas.
Programa de Normalización
La resolución de la AFIP también reglamentó el procedimiento y las condiciones para que los contribuyentes puedan realizar la declaración voluntaria de tenencias de moneda extranjera y nacional que no hubieran sido declaradas a la fecha de entrada en vigencia de la ley.
Antes de presentar la declaración jurada a la AFIP, los sujetos que adhieran al programa deberán depositar sus tenencias en moneda nacional o extranjera en una “Cuenta especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (CECON.Ar). Ley 27613” reglamentadas recientemente por el Banco Central.
Impuesto especial
Según los plazos de acreditación de las tenencias de moneda declaradas, el contribuyente deberá presentar una declaración jurada por cada período y abonará el impuesto especial en las fechas previstas por la normativa para cada caso:
● Período mayo: Alícuota 5%. Acreditaciones realizadas desde el 12 de marzo al 10 de mayo de 2021, inclusive. El vencimiento es el 31 de mayo de 2021.
● Período junio: Alícuota 10%. Acreditaciones realizadas desde el 11 de mayo al 9 de junio de 2021, inclusive. El vencimiento es el 30 de junio de 2021.
● Período julio: Alícuota 20%. Acreditaciones realizadas desde el 10 de junio al 9 de julio de 2021, inclusive. El vencimiento es el 9 de julio de 2021.
La resolución de la AFIP establece que el ingreso del impuesto especial se realizará mediante el procedimiento de transferencia electrónica de fondos. No podrán afectarse fondos depositados en la cuenta especial para el pago del gravamen y el pago total en forma previa resultará condición necesaria para la presentación de la declaración jurada. Quienes adhieran al Programa de Normalización deberán informar, con carácter de declaración jurada, el o los “Código de Registro de Proyecto Inmobiliarios (COPI)” y el monto de la o las inversiones realizadas.
La registración de las tenencias y su valuación en el servicio web “Normalización de la tenencia en moneda Ley 27.613” estará disponible desde el 17 de mayo de 2021. En tanto, el sistema para la confección del formulario F. 1130, la generación del Volante Electrónico de Pago (VEP) y el envío de la declaración jurada será habilitado desde el 21 de mayo 2021.
Qué es un blanqueo
El blanqueo de capitales es un procedimientos que permite introducir en la actividad económica legal, dinero no declarado. En definitiva lo que hace es convertir el denominado “dinero negro” en “dinero legal o blanco”. Ese blanqueo le permite a los contribuyentes declarar bienes obtenidos en operaciones por las cuales no se pagaron impuestos, es decir permite regularizar situaciones de evasión tributaria.
A quiénes les conviene blanquear
“A aquel que tiene el dinero en negro y tiene que comprarse un departamento para vivir, que quiere hacer una inversión para alquilarlo. O, simplemente, desea hacer un negocio inmobiliario”, comenta Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.
Qué beneficios trae este blanqueo
El beneficio impositivo básico es evitar pagar impuestos más altos y hasta multas si ese dinero en negro se detecta. Los especialistas advierten que la AFIP hoy por hoy tienen mecanismos y acuerdos, con la OCDE por ejemplo, que le permiten encontrar dinero no declarado con mayor celeridad. “Uruguay tiene uno de esos acuerdos“, indicó Domínguez.
Los impuestos a pagar si se detecta un dinero en negro pueden ser: IVA, impuesto a las Ganancias, intereses y sanciones. “Eso puede ser a veces un importe equivalente al dinero que detecte la AFIP”, advierte Domínguez.
Un punto muy importante a tener en cuenta es que uno no puede blanquear dinero de cualquier procedencia, hay que tener en claro que las sumas a ingresar deben estar relacionadas con la actividad del que está blanqueando.
Otro incentivo para entrar al blanqueo es que el contribuyente que ingresa queda liberado de toda acción civil, comercial, penal cambiaria, penal aduanera, y hasta de infracciones administrativas.
Pero los incentivos no son sólo para los que blanqueen ahora, si no corre también para aquellos que vayan a invertir en construcción dinero ya blanqueado previamente. Así lo aclara Marcelo D. Rodríguez, de MR Consultores.
Dentro de esos beneficios están:
- Exención del Impuesto a los Bienes Personales durante tres ejercicios.
- Diferimiento del Impuesto a las Ganancias o Transferencia de Inmuebles.
- La posibilidad de tomar el 1% del valor de las inversiones realizadas como pago a cuenta en el impuesto sobre bienes personales.
“Los beneficios traccionan sobre la industria de la construcción, que es importa porque genera trabajo y reactiva economia, y es trae un beneficio sobre las personas por el ingreso extra que estas operaciones pueden generar”, aclaró Rodriguez.
Por su parte, Szczech, presidente de Camarco, indicó que “es una oportunidad de exteriorizar capitales generando un tapón fiscal” frente a eventuales determinaciones futuras. “El blanqueo sirve como tampón fiscal estrictamente contable”, dijo. Y agregó: “También como rendimiento en dólares contra cero si lo tenes guardado, y más aún si se tiene en cuenta que hoy es un valor historicamente bajo del costo del metro cuadrado medido en dólares de los últimos 20 años”.
Pero no todo es color de rosa, los expertos no ignoran que el blanqueo que a priori trae consigo beneficios a corto plazo, por lo general a largo plazo termina teniendo forma de un impuesto mayor como es el caso del Solidario.
“Todo blanqueo está destinado a fracasar”, sintetiza el tributarista Daniel Punturo. Y el especialista habla sobre todo de las consecuencias que blanqueos anteriores trajeron, sobre todo, a los que se ubican en el segmento más bajo de la pirámide, “que son a los que apuntan este tipo de proyectos”, dijo y agregó: “Fueron los mas perjudicado de los que entraron al blanqueo anterior porque hoy por hoy quedaron alcanzados por el aporte solidario“.
Por último, Szczech, así como el resto de los tributaristas consultados, reclaman una ampliación del plazo de la primera etapa de ingreso al blanqueo -cuyo costo es del 5%, luego pasa al 10%-, dado que vence el 11 de mayo, y que la reglamentación recién salió ahora.
SN
Fuente Clarin