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Los puntos principales de la ley que quiere el Gobierno para fijar las nuevas restricciones por la pandemia

10 mayo, 2021
Los puntos principales de la ley que quiere el Gobierno para fijar las nuevas restricciones por la pandemia
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El Poder Ejecutivo envió al Senado de la Nación un proyecto de ley para establecer parámetros epidemiológicos y poder dividir el país en zonas con bajo, medio y alto riesgo de contagio de coronavirus y determinar así las restricciones de circulación y movilidad que podrá aplicar el Gobierno nacional en períodos de 21 días hasta diciembre de este año. Estos son los puntos principales del proyecto de ley:

División del país en zonas según el riesgo de contagio

-Riesgo alto: Los aglomerados urbanos, departamentos o partidos en los que se perciba un marcado aceleramiento de la suba de casos en las últimas dos semanas en comparación con las dos semanas anteriores y que tengan una alta incidencia de contagios por cada 100.000 habitantes.

-Riesgo medio: Los aglomerados urbanos, departamentos o partidos en los que exista un aceleramiento moderado de la suba de casos en las últimas dos semanas en comparación con las dos semanas anteriores y que tengan una incidencia media de contagios por cada 100.000 habitantes.

-Riesgo bajo: Los aglomerados urbanos, departamentos o partidos en los que no haya un aceleramiento de la suba de casos en las últimas dos semanas en comparación con las dos semanas anteriores y que tengan una incidencia muy baja de contagios por cada 100.000 habitantes.

-En el caso de las ciudades con más de 300.000 habitantes, se introduce también el parámetro de las camas de terapia intensiva. Cuando el 80% de esas camas esté ocupado, serán considerados zonas de “alarma epidemiológica”.

La figura del “conglomerado”

Además de los municipios y los departamentos, que son las unidades administrativas y políticas en que se dividen las provincias, la ley establece que las medidas pueden afectar a “conglomerados”, con lo cual se podrán tomar medidas iguales para zonas que abarquen más de una provincia. El caso más conocido es el del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), que abarca a la Capital Federal y a los partidos del Conurbano bonaerense.

La delegación legislativa

El artículo 76 de la Constitución Nacional dice que “se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca”. La delegación legislativa es la cesión de prerrogativas del Congreso hacia el Poder Ejecutivo y en este caso, el Gobierno dice que está justificada por la “emergencia pública” que implica la pandemia. Por eso, la ley dice que se faculta al Poder Ejecutivo para la “adopción de medidas razonables, temporarias y oportunas para proteger la vida y la salud pública en relación con la pandemia por COVID-19 y la “creación de condiciones para el acceso a la atención y asistencia médica adecuada de las personas afectadas de COVID-19”.

Los cierres de actividades en cada caso

–Alarma epidemiológica: suspensión de clases presenciales en todos los niveles educativos por 21 días; transporte público sólo para trabajadores esenciales; cierre de shoppings y ferias en lugares abiertos o cerrados; cierre de locales de 19 a 6; los bares y restaurantes sólo podrán atender mesas al aire libre y tendrán que vender solo por delivery entre las 19 y las 6; prohibición de la práctica recreativa de deportes grupales de contacto en espacios al aire libre y cierre de gimnasios y clubes y prohibición de circular de 20 a 6.

–Alto riesgo epidemiológico: se prohíben las reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados; reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de DIEZ (10) personas; la práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados que no sean competencias oficiales bajo protocolos aprobados; las actividades de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas; la realización de todo tipo de eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas y la apertura de cines, teatros, clubes, gimnasios, centros culturales y otros establecimientos afines, salvo que funcionen al aire libre. A su vez, los bares y restaurantes no podrán estar abiertos entre las 23 y las 6 y en ese horario tendrán que vender por delivery.

-Riesgo epidemiológico medio: Las provincias definirán qué medidas aplicar.

-Riesgo epidemiológico bajo: Se mantienen las recomendaciones de permanecer con distancia social, favorecer las actividades en lugares abiertos y ventilados y promover la modalidad del teletrabajo.

Mirá también


El Gobierno busca prohibir por ley las clases presenciales en zonas de alerta epidemiológica

TEMAS QUE APARECEN EN ESTA NOTA

Fuente Clarin

Tags: PolíticaTotalnewsAgency.com
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