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Gobierno no reglamenta cambios en ganancias y en Junio los asalariados van pagar el impuesto sin baja alguna

21 mayo, 2021
Gobierno no reglamenta cambios en ganancias y en Junio los asalariados van pagar el impuesto sin baja alguna
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Por Melina Manfredi

Los contadores advierten que los haberes de mayo se calcularán con la antigua escala, que regía antes de la modificación. Mientras se espera por la aplicación, ya se oficializó la devolución en cuotas.

Aunque la modificación del Impuesto a las Ganancias se aprobó en el Congreso a comienzos de abril, los contribuyentes siguen esperando la aplicación concreta de la suba del piso del impuesto a $150.000 brutos. La reglamentación se retrasa y tanto los contadores como las fuentes oficiales estiman que no se llegarán a liquidar los sueldos de mayo tomando en cuenta la nueva escala. Por lo tanto, recién en los recibos de junio se dejaría de retener el tributo a quienes quedaron excluidos.

La principal razón de la falta de alivio a los contribuyentes tiene que ver con la demora en la reglamentación que debe publicar el Poder Ejecutivo. Como informó TN.com.ar, la norma llegó esta semana a la Secretaría de Legal y Técnica. Si bien se espera que se publique antes de fin de mes, la novedad no llegaría a tiempo para que los sueldos de mayo se abonen de acuerdo con la nueva escala. Por lo tanto, seguirán pagando el impuesto tal como lo vienen haciendo hasta ahora.

El Congreso aprobó la modificación del Impuesto a las Ganancias a comienzos de abril pero todavía no salió la reglamentación el Ejecutivo y la AFIP. (Foto: Noticias Argentinas).

La restitución del feriado del 24 de mayo complica todavía más la aplicación de la nueva Ley porque las áreas de liquidación de sueldos no trabajarán hasta el próximo miércoles, a solo cuatro días hábiles del cierre del mes y del inminente depósito de los sueldos. En ese sentido, Ivan Sasovsky, CEO del estudio Sasovsky & Asociados, explicó: “Al menos se necesitan 10 días antes en materia de liquidación de sueldos, hay nóminas de miles de personas y se hacen las liquidaciones con las novedades a partir del día 20”.

“Ya están muy ajustados los plazos, aún si salía este viernes. Si se publicara durante el fin de semana o el miércoles, sería prácticamente lo mismo. Las empresas que pagan el último día del mes, están terminando las liquidaciones esta semana o, a más tardar, el miércoles, porque tienen que controlarlas y aprobarlas. Además, muchas tienen que transferir el viernes que viene para que se acredite el lunes 31”, coincidió Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.

Guillermo Pérez, socio de GNP, también cree que en mayo las empresas seguirán reteniendo según la escala anterior a la aprobación de la Ley. “Yo creo prevalecerá el criterio conservador ya que el agente de retención, es decir, el empleador, es solidariamente responsable”, opinó.

La devolución de ganancias, en cuotas

Más allá de cuándo se dejará de retener el Impuesto a las Ganancias a quienes cobran menos de $150.000, este jueves hubo novedades sobre la devolución a aquellos contribuyentes que están alcanzados hasta ahora pero quedarán excluidos del tributo una vez que se oficialicen los cambios aprobados por el Congreso. Como la nueva escala es retroactiva al 1° de enero, el Gobierno deberá devolver todo lo retenido durante los primeros cinco meses del año, suponiendo que este mes los sueldos se liquidan sin aplicar modificaciones.

Entre las medidas sanitarias que tomó el Gobierno este jueves, se coló la definición sobre ese tema y se anunció que la devolución se realizará en cinco cuotas consecutivas, a pagar entre julio y noviembre.

Al respecto, Domínguez consideró: “Técnicamente, la devolución en cuotas no corresponde. De acuerdo a la ley, habría que devolver todo el impuesto que se retuvo en una sola cuota porque se modificó la ley y esas personas ya no tienen que tributar. Dejando eso de lado, el Gobierno difiere el pago, seguramente por un tema de caja. Eso perjudica a los contribuyentes y el Estado se está quedando con fondos que no le corresponden. El empleado le está dando al Estado un préstamo a tasa 0% y cuando se lo devuelvan, con la inflación que hay, ese dinero tendrá menor poder adquisitivo”.

El Senado convirtió en ley la modificación del Impuesto a las Ganancias en abril. (Foto: NA)

Para Jorge Gebhardt, director del departamento de impuestos de Aguirre Saravia & Gebhardt, algunos empleadores podrían empezar a realizar la devolución aún sin reglamentación: “En mi opinión, hay casos que están clarísimos y, habiendo una ley, el empleador debería proceder a la devolución. Pero hay casos que están en los límites y que hace falta la reglamentación”, interpretó. Estos últimos son aquellos contribuyentes cuyos salarios brutos están entre $150.000 y $173.000, que aguardan por la reglamentación del Poder Ejecutivo para saber qué alícuota deberán pagar.

A su turno, Hernán Cuenca Martínez, senior manager del área de impuestos y legales de PwC Argentina, consideró que lo más probable, aun si hubiera reglamentación, sería que la devolución se postergue un mes más. “Hay que considerar que es necesario procesar la liquidación salarial del mes y que, en muchos casos, la entidad bancaria requiere entre 24 y 48 horas para realizar la acreditación en cuenta. Así las cosas, también habrá que tener en cuenta la fecha de pago, que puede ir desde fines de mes hasta principios del mes siguiente, pero podríamos intuir que si la publicación de la reglamentación fuera más allá del 26 de mayo, sería complejo procesar la devolución este mes”, explicó.

Fuente TN

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