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La Justicia suspende el DNU de las telecomunicaciones para Telecentro y DirecTV

23 junio, 2021
La Justicia suspende el DNU de las telecomunicaciones para Telecentro y DirecTV
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La Justicia volvió a suspender la aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que declaraba servicios públicos esenciales y congelaba los precios de Internet, la telefonía y la TV paga, ya que esa normativa impuso condiciones que restringían la prestación de esos servicios en condiciones de competencia.

La Cámara Contencioso Administrativo Federal aceptó el reclamo de Telecentro y DirecTV, tal como a principios del mes pasado sostuvo respecto de Telecom.

El nuevo fallo judicial sostuvo que el DNU que dictó el presidente Alberto Fernández en agosto pasado cambió la ecuación jurídica y económica de las empresas que prestan servicios de telecomunicaciones, ya que al ser un sector que estaba en competencia se afectaron sus ingresos y se comprometió la prestación de dichos servicios, sobre todo al existir otras herramientas alternativas para garantizarlos en plena pandemia de coronavirus, como Arsat y el Fondo Fiduciario del Servicio Universal.

La Cámara Federal dictó la medida cautelar, solicitada por Telecentro y DirecTV, suspendiendo para ambas compañías el DNU de las telecomunicaciones, junto con las resoluciones del Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom), que aplicaban dicho DNU.

Es que el DNU 690 y las tres resoluciones del ENaCom impusieron obligaciones a los prestadores de servicios que son, en principio, “susceptibles de afectar sustancialmente la ecuación económica-financiera tomada en consideración al momento de autorizarse las prestaciones y otorgarse concesiones”, sostuvo la Cámara Federal.

En el mismo sentido, la Justicia planteó que tampoco cumplía el estándar de “razonabilidad y legitimidad” la exigencia de brindar una Prestación Básica Obligatoria (PBU) a sectores desfavorecidos de la población, con precios “más bajos aún” que los establecidos para los “restantes clientes” en los servicios de telefonía, Internet y TV paga.

Con esta medida judicial, la Cámara Federal reconoce el derecho de las empresas del sector de las comunicaciones a fijar sus políticas comerciales. A principios del mes pasado lo hizo respecto a Telecom. Y ahora lo amplió a Telecentro y DirecTV.

En cambio, desde el ENaCom cuestionaron el fallo de la Cámara Federal y dijeron que van a presentar un recurso extraordinario federal, para llegar con la apelación ante la Corte Suprema de Justicia. Ese recurso ya fue desestimado este miércoles por la Cámara, en la causa Telecom, pese a lo cual el ENaCom anticipó que presentará un recurso de queja ante la máxima instancia judicial.

Cuando dictó este DNU, en agosto pasado, Alberto Fernández justificó su decisión en que “había 6.000 chicos” de barrios populares porteños, que estaban expuestos a contagiarse de coronavirus.

“Lo que más me decidió fue una charla que tuvimos con el jefe de Gobierno de la ciudad de Buenos Aires, donde me explicaba que había 6.000 chicos que tenían que volver a estudiar a las escuelas, porque la conectividad de Internet les llegaba mal“, dijo en ese entonces el Presidente. Y agregó: “Eso me pareció una mala lectura de lo que debía hacerse, que es llevarles conectividad a esos chicos. No sacarlos a esos chicos y exponerlos al riesgo de contagio en los colegios”.

El fallo de la Sala II de la Cámara Federal planteó que si el objetivo del Gobierno era garantizar el acceso a los sectores más desfavorecidos de la población, podía contar con otras herramientas, como la prohibición de cortes de servicios o los Fondos del Servicio Universal, que aportan las propias compañías prestadoras de servicios de telecomunicaciones, con el 1% de sus ingresos.

De hecho, al momento de dictar el DNU de las telecomunicaciones, el ENaCom tenía $10.000 millones disponibles en ese Fondo de Servicio Universal, en una cuenta del Banco Nación, para dar Internet a los alumnos de barrios populares y a todos aquellos que no pudieran pagar los servicios o estuvieran en zonas con problemas de conectividad.

La Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó ahora -por dos votos en mayoría y uno en disidencia- un fallo de primera instancia que avalaba el congelamiento de precios que estableció el Gobierno hasta fines de 2020, luego de lo cual el ENaCom fijó aumentos limitados de precios para un sector de la población, mientras que a otro sector se los disminuyó, con la obligación de prestar la PBU.

Se trata del segundo fallo de la Cámara Federal porteña con competencia nacional. Y va en línea con otros dos fallos de la Justicia federal de la provincia de Córdoba, en los cuales también se suspendía el DNU de las telecomunicaciones, en causas iniciadas por el prestador TV Cable Color y la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC).

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Fuente Clarin

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