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El grupo Macri logró suspender momentáneamente la quiebra de su firma Correo Argentino

14 julio, 2021
El grupo Macri logró suspender momentáneamente la quiebra de su firma Correo Argentino
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El Correo Argentino SA del Grupo Macri, apeló la decisión de la jueza comercial Marta Cirulli, quien había decretado la quiebra de la compañía postal. La justicia determinó que hasta tanto se resuelva ese planteo, quedará suspendido el proceso. En su escrito, los asesores letrados de la firma cargaron contra Carlos Zannini, quien como Procurador del Tesoro -siendo el Estado el principal acreedor- había pedido la quiebra y anticipó que solicitaría que sea extensiva a Socma.

La quiebra se confirmó un día después de que Mauricio Macri denunciara en un carta pública que la causa judicial sobre la deuda del Correo Argentino con el Estado -firma estatizada en 2003 durante la presidencia de Néstor Kirchner-, responde a una “venganza” y “persecución política” del Gobierno con el único fin de avanzar sobre él, sus hijos.

Del otro lado, la Justicia sostiene que cuando Macri llegó a la Casa Rosada, el Gobierno y la empresa llegaron a un acuerdo de pago “abusivo” según el cual el Grupo Macri debía pagar 300 millones de pesos en 15 años, con una tasa de interés del 7%. La fiscal Gabriela Boquín rechazó esa propuesta por considerarla “ruinosa y abusiva” ya que iba a perjudicar “gravemente el patrimonio del Estado nacional”. Parala fiscal la deuda era de 70.000 millones de pesos.

La empresa, para evitar la quiebra, había ofrecido al Estado, su principal acreedor, un pago total de 1.000 millones de pesos en base a una deuda reconocida en base a un informe de la Sindicatura. Sin embargo, la Procuración del Tesoro, a cargo de Carlos Zannini, se opuso a la oferta y requirió la quiebra de la compañía. Cabe mencionar, que el Estado es el principal acreedor del Correo Argentino SA y le reclama una cifra superior a los $ 4.500 millones.

En ese marco, la magistrada evaluó que al ser el Estado el principal acreedor y ya que el mismo no avaló la oferta realizada, “no puede considerarse obtenida la mayoría requerida por la ley en cuanto a cantidad de personas que votaron favorablemente la mejora de propuesta formulada por la concursada (…) Por lo tanto, también cabría decretar sin más la quiebra de la concursada”.

Avalando la postura de Zannini, la jueza Cirulli sostuvo que “no se perciben -dentro del expediente- elementos que conduzcan a afirmar que el rechazo de la propuesta evidenciado por el Estado Nacional no respondió a la defensa del interés público”.

Además, añadió que el Estado “se sujetó al procedimiento concursal por casi veinte años, haciéndose parte en el proceso, negociando con la concursada, asistiendo a las audiencias donde fue convocado, todo para obtener el cobro de su crédito (lo cual, en definitiva, se proyecta a la sociedad toda), originado hace al menos veinte años en condiciones económicas y de mercado diferentes a las actuales”.

Desde la empresa apelaron  con los plazos estaban próximos a vencerse, y reiteraron un argumento ya planteado: sostienen que el Estado se “apropió de los activos de la compañía” durante el gobierno de Néstor Kirchner y así dejó un pasivo que terminó judicializado. Al oponerse a la resolución de la quiebra, los asesores letrado indicaron que aquella sentencia “exhibe insalvables defectos” y que es “innegable la absoluta revisión que merece tal decisión”.

Los abogados del Grupo Socma, se refirieron además al rol de Carlos Zannini durante el proceso. “El representante del Estado Nacional, a las horas de dictada la sentencia de quiebra, declaró ante los medios que el objetivo real de la actitud asumida por el Estado Nacional en el proceso ha sido (y es) perseguir una ‘extensión de quiebra’ a las accionistas, demostrando un evidente desinterés en percibir el crédito por parte de la concursada con fines extraconcursales”, indicaron los abogados en el texto al que accedió Clarín.

Entendieron que el Procurador del Tesoro “nunca tuvo la intención de cobrar el crédito”, siendo que la oferta realizada implicaba el pago del 100% de la deuda. 

La firma postal, cuya controlante es el grupo Socma, pidió que la apelación formulada sea otorgada pero con efecto suspensivo, como sucedió en 2010 cuando se rechazó la homologación inicial del acuerdo con el Estado. Al respecto, dijeron: “Corresponde sin duda adoptar idéntico temperamento. Cualquier postura contraria exhibirá una injustificada e insalvable contracción del tribunal”.

Una vez presentado el escrito, la jueza Cirulli, concedió el pedido de apelación para que sea tratado y determinó que el mismo es “con efecto suspensivo el recurso de apelación formulado en el escrito en despacho (LCQ 273, inciso 4), debiendo elevarse oportunamente al Superior con nota de estilo”. La decisión sobre el futuro del Correo quedó en manos de la Sala B de la Cámara Comercial

En otro tramo de la apelación, los abogados del Correo reiteraron que la jueza Cirulli no era competente para intervenir en el caso. Insisten en que debe intervenir el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que accedió analizar el expediente. Por ese motivo, se produjo el conflicto de competencia entre el fuero comercial y la justicia porteña.

Con el efecto suspensivo de la quiebra, las medidas dispuesta por la magistrada quedarán por el momento sin efecto: se había ordenado una inhibición general de bienes sobre la firma postal, sus asesores letrados mientras trabaja en la apelación deberán entregar a la justicia un informe que detalles todos los bienes registrados en carácter de titular como aquellos que hayan estado registrados a su nombre dentro de los dos años anteriores al presente decreto, y -en su caso- si recae algún gravamen sobre ellos.

En ese mismo sentido, se había intimado al Correo a que en cinco días entreguen o pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes de la deudora. Además, que -dentro de las 24 horas- entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, y en su caso cumpla con los requisitos indicados en la ley de quiebras.

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Fuente Clarin

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