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Argetina caótica: Leyes en pugna

29 octubre, 2021
Argetina caótica: Leyes en pugna
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Por Malú Kikuchi

Caos significa desorden o confusión absolutos. La Argentina es un país caótico en muchos sentidos y contribuye al caos en gran medida el gobierno que dice una cosa por la mañana y todo lo contrario por la tarde. Hasta hay leyes que se contradicen.

El país tiene entre otros serios problemas el tema de los seudo mapuches, terroristas de la RAM. Son protegidos por el gobierno nacional a través del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, con Magdalena Odarda y Luis Pilquemán al frente.

En la reforma de la Constitución Nacional de 1994, los pueblos originarios tuvieron su lugar, un lugar que merecían. Los pueblos originarios, no los pueblos invasores. Así fue que el congreso dictó una ley de emergencia para protegerlos.

Ley de Comunidades Indígenas Nº 26.160, del 23/11/2006 gobierno de Néstor Carlos Kirchner.

“Artículo 1º. Declárase la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país, cuya personería jurídica haya sido inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas u organismos provincial competente o aquellas preexistentes, por el término de 4 (CUATRO años)”.

Artículo 2. Suspéndase por el plazo de la emergencia declarada, la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras contempladas en el artículo 1º.

La ley establece que las comunidades deben ser censadas, hay 1.532 y en 15 años han sido censadas 759, el 49% de las mismas. La ley fue prorrogada en 2009 y 2013 por CFK, y en el 2017 por Macri. La ley vence el 23/11/2021. Alberto F. va a prorrogarla.

O sea que la justicia no puede desalojar a las comunidades que usurpan terrenos que no les pertenecen, salvo que la usurpación se evite en el momento. De no ser así la justicia no puede actuar. Pero eso sucede sólo en la Patagonia.

Lilita Carrió sostiene que detrás de la RAM hay un gran negocio inmobiliario del kirchnerismo. Pero la ley no se cumple en las provincias del Noroeste ni del Noreste argentinos.

Cuando la gobernadora de Río Negro, Anabela Carreras se confiesa “desbordada” por la situación y le exige al Presidente Fernández que le envíe fuerzas federales para contener los ataques incendiarios y los cortes de rutas nacionales en la provincia, Alberto F. se niega, dice que no corresponde.

El Presidente, profesor adjunto en la facultad de derecho de la UBA, desconoce el preámbulo de la CN que ordena “consolidar la paz interior” y desconoce la Ley de Seguridad Interior Nº 24.059 del 19/12/1991, gobierno de Carlos Saúl Menem.

“Artículo 23. El empleo de las fuerzas de seguridad y policiales nacionales fuera del ámbito de las normas que regulan jurisdicción federal estará estrictamente sujeto al cumplimiento de alguno de los siguientes supuestos. Cuando estén en peligro colectivo la vida, la libertad y el patrimonio de los habitantes de una región determinada, cuando se encuentran gravemente amenazados en todo el país o en una región determinada del mismo, los derechos y garantías constitucionales o la plena vigencia de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal”.

En la Argentina caótica, la de las grietas profundas y la ignorancia o la mala fe igualmente profundas, hasta las leyes andan a las trompadas. El poder judicial está impedido de actuar por una ley y el poder ejecutivo no aplica otra ley por ideología o por intereses.

Para ponerle punto final a todo este disparate hay sólo una oportunidad y está en las urnas el próximo 14 de noviembre. La Argentina está a oscuras, quieran los argentinos iluminarla.

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