Por Cristina Seguí –Especial Total News Agency-TNA-
El informe “para-judicial” realizado por los ocho altos cargos de Mónica Oltra investigados en el juzgado de Instrucción 15 de Valencia por haber intentado denigrar a Teresa, la víctima del marido de la vicepresidenta de la Generalidad Valenciana, reflejaba que el abusador de menores era, en realidad, la auténtica víctima. Así lo reflejó María José Navarro, la “instructora para-judicial” del conocido documento y también investigada en esta causa.
Como quedó reflejado en la página 41 de la sentencia contra Luis Eduardo Icardi, el nombre de éste no aparece escrito ni una sola vez en dicho “dictamen” administrativo del ente público dependiente de la entonces esposa del abusador. Además, de omitir su nombre totalmente, era presentado en varias ocasiones como la “persona afectada” mientras ponía en la diana a la víctima revelando el hombre completo de la misma violando el artículo 22 de la Ley 4/2015 de 27 de abril del Estatuto de la Víctima del Delito del 27 de abril:
“Los Jueces, Tribunales, Fiscales y las demás autoridades y funcionarios encargados de la investigación penal, así como todos aquellos que de cualquier modo intervengan o participen en el proceso, adoptarán, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley, las medidas necesarias para proteger la intimidad de todas las víctimas y de sus familiares y, en particular, para impedir la difusión de cualquier información que pueda facilitar la identificación de las víctimas menores de edad o de víctimas con discapacidad necesitadas de especial protección”
Aquel informe con fecha de 22 de noviembre de 2017, rubricado como “Información reservada 01/2017” por Isabel Añón, también investigada en el procedimiento, fue encargado directamente al “Institut Espill”, que no era un órgano independiente, pues dependía totalmente de la Consejería de Igualdad y Políticas Inclusivas presidida por Mónica Oltra, y gestionaba el Servicio de atención psicológica a menores víctimas de abusos sexuales en la provincia de Valencia y, según señalan tanto la Fiscalía como las acusaciones a la instructora del expediente, se apertura en el momento en el que Mónica Oltra conoce que el asunto ya está judicializado al serle notificado en su domicilio, que también era el del abusador, el 4 de agosto de 2017, por lo el expediente administrativo debería haber sido suspendido, conforme al art. 77.4 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, al art.31.1 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, y a la propia jurisprudencia del propio Tribunal Supremo en la que queda consagrado el carácter preferente de la jurisdicción penal.
EL INFORME PARAJUDICIAL DE OLTRA FUE DESTROZADO TOTALMENTE POR EL PERITO FORENSE:
El Expediente parajudicial que reúne las actuaciones de los imputados que comenzarán a desfilar por el banquillo judicial el próximo 28 de febrero concluyó que la niña de 13 años era culpable en un juicio extrajudicial conducido por personas dependientes de la esposa de Icardi:
“De la documentación contenida en el expediente de protección de la menor, de las testificales y del informe del Servicio de Atención Psicológica a menores Víctimas de abusos sexuales y Menores Perpetradores de la Comunidad Valenciana, esta instructora considera que el testimonio de la adolescente no es creíble y por ello no existen pruebas que evidencien la comisión de abusos sexuales sobre la menor por la persona afectada, a pesar de las manifestaciones vertidas por la misma y que han sido el motivo de la incoacción del presente expediente informativo”.
Pues bien, aquella “falta de credibilidad” arrojada en el Informe del Servicio dependiente e Mónica Oltra fue enmendado en su totalidad por las conclusiones plasmadas en el informe posterior e independiente que es el Instituto de Medicina Legal de Valencia firmado el 23 de mayo de 2018 por Adriana Rey Anastasi. Un Informe encargado por el Juzgado de Instrucción 12 de Valencia, en el que se practicó la instrucción del procedimiento seguido contra el marido de la Oltra, y cuya conclusión principal fue que:
“El testimonio ofrecido por M. goza de total credibilidad y que la menor siempre ha sostenido la misma historia sin cotradicciones”. Además, Rey Anastasi aportó mucha más información relevante no develada hasta ahora negando rotundamente la existencia de ánimo espurio en la menor, y afirmando que esta convencida de que lo que sucedido con la menor ocurre ?porque que no se le otorga credibilidad”:
“…el relato de la menor es coherente y mantenido en el tiempo. Sin contradicciones?.La niña se muestra tal y como es…y no tiene ninguna patología mental que afecte a su pensamiento, ni entendimiento”. La misma credibilidad que le otorgó el Informe del Instituto de Medicina Legal a Teresa, se la otorgó, además, la propia Audiencia Provincial a la menor tras realizar un examen absolutamente exhaustivo y minucioso de la cuestión, entrando a valorar la credibilidad subjetiva de la menor y la credibilidad objetiva del testimonio basándose en la coherencia interna del mismo y en la corroboración por elementos periféricos de enorme peso.
La conclusión que alcanzó la Audiencia es que ante el testimonio de la menor, “nos encontramos con hechos” ajustados a la realidad. La credibilidad de la menor supera los estándares. Tampoco nos pasa desapercibido el que solo las personas ajenas al ámbito de la Conselleria dotan de credibilidad el relato de la menor, en tanto que todas las testificales del personal del Centro de Menores y la Consellería que trataron a Maite se la niegan, apreciándose también aquí un claro sesgo de confirmación en toda la actuación de dicha Conselleria, a partir de la inicial percepción (consigna en realidad) de que Maite es una niña problemática, mentirosa e incluso violenta”
LA VOZ DE ALARMA LA DIO LA POLICÍA NACIONAL:
El centro intentó persuadir a la policía de que la denuncia de la niña era falsa, como narra la sentencia de Icardi, Teresa denunció los hechos a la directora del Centro Niño Jesús el 20 de febrero, sin embargo estos hechos no son conocidos por la Fiscalía de Menores hasta que dos agentes de la Policía Nacional dieron la alerta el 29 de junio al encontrar a Teresa y a su mejor amiga en la puerta del centro de menores y conocer directamente, por la propia afectada, lo que había estado sufriendo.
Habían pasado 5 meses, desde que la menor había pedido ayuda en el centro, hasta que dos gentes de la Grume se la encontraron casualmente fumando en la puerta, y al preguntarles qué hacían fueran, conocieron por ella sobre los abusos y se presentaron en el centro.
“Tras entregar los agentes a la menor en el centro, comunicaron lo relatado por la menor respecto a unos posibles abusos y el personal del centro les informa que en febrero se abrió un Protocolo de actuación ante unos posibles abusos sexuales y finalmente se descartó la existencia de los mismos por falta de credibilidad de lo manifestado y la ausencia de pruebas. No obstante, los agentes informaron a Fiscalía?”.