MADRID, España.- El Gobierno de Panamá eliminó el requisito de visado de tránsito para los cubanos que deseen viajar a este país, para continuar hacia otras naciones, que tengan residencia permanente con una antigüedad de cinco años en cualquier país y viajen de retorno a estos desde Cuba.
La información, publicada esta semana en la Gaceta Oficial de Panamá, reitera que también están libres de visado de tránsito quienes viajen de regreso a Cuba; posean visa de turismo de Panamá, vigente; así como todos aquellos que posean residencia o visa múltiple vigente previamente utilizada en Canadá, Estados Unidos, Australia, Corea del Sur, Japón, Reino Unido, Singapur y la Unión Europea.
La información aclara que las personas con pasaporte cubano que no cumplan estos requisitos y necesiten hacer tránsito por la República de Panamá, estarán sujetos a la visa.
Esta visa debe ser solicitada personalmente por el interesado en el consulado panameño del país en que se encuentre, con un plazo mínimo de 30 días hábiles anteriores a la fecha de viaje.
A comienzos de marzo pasado, el gobierno de Panamá informó que exigiría visado de tránsito a todos los cubanos que viajaran por esta nación hacia otro destino o de retorno a su país durante un periodo de tres meses.
La decisión provocó gran inconformidad entre los cubanos, que acudieron a protestar ante el consulado panameño en La Habana.
A la semana siguiente, Panamá alivió la medida, eliminando el visado de tránsito a quienes fueran de viaje hacia la Isla, tuvieran residencia en ese país o visa múltiple.
El documento explicaba que el Gobierno panameño había determinado establecer controles más efectivos en relación con los nacionales cubanos “debido al aumento de pasajeros no admitidos o rechazados por el país de destino, que provocan inconvenientes en los recintos migratorios de Panamá”.
Recibe la información de CubaNet en tu celular a través de WhatsApp. Envíanos un mensaje con la palabra “CUBA” al teléfono +1 (786) 316-2072, también puedes suscribirte a nuestro boletín electrónico dando click aquí.
Fuente Cubanet.org