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TotalNews Agency Argentina

La Cámara Federal de Casación revivió la teoría de los dos demonios

30 junio, 2022
La Cámara Federal de Casación revivió la teoría de los dos demonios
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En un fallo responsabilizó a una militante de su propia muerte y consideró que Montoneros y el aparato represivo del Estado eran “estructuras análogas”.

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal emitió un fallo por mayoría que dio lugar parcialmente a pedidos de las defensas de policías condenados por delitos de lesa humanidad y absolvió a un exagente sentenciado por homicidio; consideró a Montoneros como una organización con “una estructura análoga a la militar” y responsabilizó a una militante de su propia muerte por ingesta de cianuro, informaron fuentes judiciales.

“Resulta relevante asumir que la víctima perteneciera a una organización como Montoneros, que poseía una estructura análoga a la militar y, por lo tanto, respondía a compromisos y obligaciones propias de esa estructura jerárquica o vertical”, dijo la resolución avalada por los jueces Carlos A. Mahiques y Guillermo J. Yacobucci, con la disidencia del magistrado Alejandro W. Slokar.

Mahiques fue ministro de Justicia durante el gobierno del PRO en Buenos Aires, a cargo de María Eugenia Vidal. Con Yacobucci ya han protagonizado otros fallos favorables a protagonistas del terrorismo de Estado, como otorgarle la prisión domiciliaria al genocida Etchecolatz.

En el fallo -que absolvió a un expolicía que había sido condenado a perpetua por este caso- se explicó que en el intento de secuestro de la militante de Montoneros Adela Fonrouge “el consumo de una dosis de veneno preparada con antelación por el propio sujeto para evitar ser detenida, en el particular contexto en que esto ocurre, no puede ser cargada contra los imputados”.

Además, se indicó que no existe “congruencia entre la acción ‘del instrumento’ y el resultado buscado por ‘los autores mediatos'”, ya que, se alegó, que los secuestradores al conocer que “los perseguidos políticos optaban por la ingesta de veneno”, iban “provistos del antídoto correspondiente”.

También se indicó que la víctima, al pertenecer a Montoneros, “respondía a compromisos y obligaciones propias de esa estructura jerárquica o vertical”, y que es entonces, “al interior de esa disciplina organizativa, que se dispone ese mecanismo ordenado a la preservación del actuar clandestino”.

“En el presente caso, la propia víctima fue quien aportó al curso lesivo hacia la muerte, respondiendo a las exigencias y pautas previamente establecidas por la organización a la que pertenecía”, sentenciaron Mahiques y Yacobucci.

Agregaron que “la voluntad de la víctima se encontraba viciada o, por el contrario, Fonrouge decidió cumplir con las pautas de la organización a la que pertenecía, subordinando a esas directrices, consciente y voluntariamente aceptadas, su decisión”.

De esta manera, los jueces de Casación desestimaron la anterior sentencia del Tribunal Oral Federal 2 de La Plata, que había interpretado el mismo hecho como homicidio por parte de los policías implicados.

En tanto, el juez Slokar -a la vez presidente de la Cámara de Casación- señaló en su voto en disidencia que los agentes policiales fueron responsables de homicidio e indicó que “no puede afirmarse con ningún viso de racionalidad que su muerte sea un comportamiento de autolesión imputable a la propia víctima”.

El fallo de Casación dispuso entonces “por unanimidad rechazar los recursos de casación interpuestos por las defensas oficiales de Martín Eduardo Zúñiga, Rafael Oscar Romero, Horacio Alfredo Ortíz y Jorge Alberto Blanco y confirmar sus condenas, con excepción -por mayoría- de la calificación legal correspondiente al hecho que damnificó a Adela Esther Fonrouge”.

“Por mayoría hacer lugar parcialmente a los recursos interpuestos por los nombrados (…), y condenar a Martín Eduardo Zúñiga, Rafael Oscar Romero, Horacio Alfredo Ortiz y Jorge Alberto Blanco como coautores penalmente responsables del delito de privación ilegítima de la libertad, cometido con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley, con el agravante correspondiente por haber sido cometido con violencia, por los hechos que tuvieron como víctima a Adela Esther Fonrouge”.

Pero dispuso mantener las penas de prisión perpetua impuestas a los imputados por otros hechos.

Finalmente, también por mayoría, resolvió “hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa particular de José Carlos Sánchez” y “disponer su absolución”.

En el proceso se juzgaron y condenaron todos los hechos que llevaron adelante agentes de la Delegación La Plata de la Policía Federal Argentina y personal de Superintendencia de Seguridad Federal.

Agentes de esa fuerza irrumpieron ilegalmente en el domicilio de Fonrouge a las 19, mientras la víctima se encontraba con su bebé de 6 meses y sin su conviviente, que había sido secuestrado ese mismo día por la mañana.

La misma sala ha tenido fallos en favor de los genocidas Jorge “Tigre” Acosta y Miguel Etchecolatz y de los exmilitares Luis Firpo y Mario Ocampo, entre otros.

Fuente rosarioplus

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