El conflicto por el vencimiento de los impuestos comenzó la semana pasada, cuando el Consejo logró una cautelar que suspendía los vencimientos, ante el Juzgado Federal 12. La AFIP apeló y por 48 horas el juez le restituyó los plazos. Ahora el tribunal superior volvió a concederle a los contadores la suspensión.
Domínguez indicó que “la sentencia sobre el fondo de la cuestión, que es el pedido de postergación de los vencimientos, puede llevar su tiempo”. Sostuvo que los profesionales pueden “contar con los 60 días desde la puesta a disposición de los aplicativos web para confeccionar las declaraciones juradas”.
El conflicto además escaló en territorialidad. En Salta el Consejo Profesional de la provincia también consiguió una cautelar en el mismo sentido, mientras que 17 consejos a nivel nacional se adhirieron al reclamo presentado en Capital Federal.
Domínguez consideró que, si la AFIP accediera a replantear su posición, “todos los contribuyentes del país tendrían vencimientos uniformes y la AFIP no deberá efectuar modificaciones en sus sistemas, instrumentar registros y controles para discernir quienes están amparados por la suspensión y quienes no”.
Uno de los problemas del fallo es que la Justicia dijo que alcanza a los contadores y sus clientes que hayan delegado formalmente la representación ante la AFIP, y también a los que trabajen en calidad de asesores, es decir, que no informaron a la AFIP sobre esa relación contractual.
Fuente Ambito