El titular de la Fiscalía Federal de San Nicolás, Matías Di Lello, le solicitó al Juzgado Federal N°2 de esa ciudad, Carlos Villafuerte Ruzo, la elevación a juicio de un ex oficial de la Prefectura Naval Argentina por sustraer y destruir medios de prueba de una causa judicial.
Se trata del cabo primero Gerardo Adrián Zeballos, quien se desempeñaba como custodia en la fiscalía federal de San Nicolás, y sustrajo nueve teléfonos celulares que estaban a resguardo del Ministerio Público Fiscal, tras ser incautados en el marco de dos investigaciones judiciales.
Según publicó el Ministerio Público Fiscal de la Nación, el 28 de agosto de 2019, la Delegación Departamental de Investigaciones de San Nicolás le informó a la fiscalía que en esa ciudad existían distintos comercios que se dedicaban al desbloqueo de teléfonos celulares de procedencia ilegítima y a la adulteración y supresión de sus números de IMEI para poder comercializarlos luego.
Fue así que el juzgado dispuso el allanamiento de los comercios, en los cuales se incautaron gran cantidad de equipos de telefonía móvil.
El 18 de octubre de 2019, cuando el personal del MPF recibió los objetos incautados en los procedimientos, se advirtió que faltaban algunos teléfonos que habían sido secuestrados en esa investigación y en otra que se encontraban en trámite.
Fue así como el fiscal Di Lello solicitó informes a las empresas proveedoras de servicios de telefonía móvil y se determinó que los equipos faltantes habían sido activados. De esta forma, se pudo determinar que los celulares que faltaban eran usados por Zeballos y por algunos integrantes de su grupo familiar.
A pedido del fiscal, el juez Villafuerte Ruzo ordenó el allanamiento de tres viviendas relacionadas al imputado, en las que se recuperaron siete de los equipos sustraídos.
Tras ser procesado por el delito de sustracción y destrucción de medios de prueba y documentación, la Prefectura Naval Argentina exoneró a Zeballos de la fuerza.
En base a las evidencias recolectadas, la fiscalía requirió que el ex oficial vaya a juicio como autor de los delitos de “sustracción de efectos cuya custodia le había sido confiada por razón de su cargo” (Artículo 261 del Código Penal de la Nación) y por dos hechos de “sustracción de objetos destinados a servir de prueba ante la autoridad competente confiados a la custodia de un funcionario público” (artículo 255 del mismo Código).
Fuente Mendoza Today