Junto a la diputada Soledad Carrizo, el hoy senador Alfredo Cornejo es autor de un proyecto que busca modificar las PASO, pero manteniéndolas. Permitiendo eso sí que las coaliciones sólo diriman la categoría presidente y que el ganador pueda elegir su vice entre sus competidores.
El proyecto,presentado en diciembre 2021,impulsa la modificación del texto del artículo 19 de la ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral (Ley 26.571), que pasaría a reglamentar que se exceptúa el candidato a cargo de vicepresidente de la Nación para el caso de agrupaciones políticas y alianzas que presenten varias listas, quien deberá ser seleccionado luego de las elecciones primarias y dentro de los plazos establecidos por esta ley para los comicios generales.
Ambos congresistas entienden que el vicepresidente debe ser seleccionado únicamente de entre el universo de precandidatos que participaron como integrantes de alguna de las listas internas de dicha alianza o agrupación, cualquiera sea la categoría en que lo haya hecho.Esto amplía el margen de acuerdos y participación, no limitando la posibilidad de selección solo entre quienes lo han hecho como precandidatos a presidentes de las listas internas.
Sostienen que la potestad de seleccionar el vicepresidente no es una atribución personal exclusiva del precandidato presidencial ganador proclamado, sino que la decisión se elabora en un marco de acuerdo reglamentario más amplio; evitando concentrar poderes exorbitantes de tipo personales en esta persona.
Con tal fin, se propone la redacción del artículo 44 bis de la ley de referencia:
Artículo 44 bis: Las agrupaciones políticas o alianzas que participen en las primarias con más de una lista oficializada de precandidato a presidente deberán presentar su fórmula solo con precandidato a presidente. Una vez proclamado según el artículo 44, la selección del candidato al cargo de vicepresidente de la Nación para la elección general debe ser comunicada por el candidato a presidente a la junta electoral de la agrupación política en un plazo de 72 horas desde la proclamación. Conforme lo establezcan los acuerdos electorales de cada agrupación política, podrán ser seleccionados para candidato a vicepresidente de la Nación en los comicios generales únicamente quienes hubieran participado en las elecciones primarias como precandidato en cualquier categoría de alguna de las listas que integran dicha agrupación política o alianza partidaria”.
Fuente Mendoza Today