Este miércoles, a través de un comunicado presentado en la Legislatura provincial, la Organización Identidad Territorial Malalweche recordó que Alfredo Cornejo votó afirmativamente dos leyes que beneficiaron a pueblos originarios de Mendoza.
Una de ellas es la creación del Fondo Fiduciario de reparación histórica a las comunidades indígenas asentadas en el territorio de la República Argentina, “en cumplimiento del articulo 75, inciso 17) de la constitución nacional (reproducción del expediente 2794-s-04)”.
El referido artículo establece que corresponde al Congreso “reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural, reconocer la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan”.
A su vez, adjuntaron una foto en la cual se puede ver a Cornejo “en un acto de bendición de los frutos federal en Malalhue Malargüe año 2017. Peukajeal”.
“Como Organización Identidad Territorial Malalweche, organización representativa del pueblo Mapuche en la provincia de Mendoza desde el año 2009, queremos recordar en el recinto de la Legislatura provincial hechos y acciones que fueron pasando desde hace años en nuestra provincia y expresar que hoy, nos parece oportuno aprovechar la cobertura mediática que por fin tuvo la temática para plantear la necesidad de una agenda legislativa sobre la política indígena en la provincia“, arranca el documento presentado en la Legislatura, al cual tuvo acceso Diario Mendoza Today.
Qué dice el comunicado completo
La provincia adhirió a la Ley 23.302 (política nacional indígena) mediante la Ley 6920, sancionada el 08/08/2001 y promulgada pocos días después. En el año 2009 el entonces diputado Pablo Tornello llevó a la legislatura provincial iniciativas de leyes de creación de un organismo provincial en materia de Pueblos Originarios; iniciativa que tuvo media sanción en la cámara de diputados y nunca fue tratado en la de senadores. Desde entonces, no hubo más propuesta de regulación provincial.
Sin embargo, la legislatura provincial ha tenido intervenciones importantes en distintos conflictos o recepciones de informes, desde la Comisión de Derechos y Garantías, en distintas épocas y por distintos legisladores, recepcionando los reclamos de tierra y territorios y solicitud de adecuación de los marcos legislativos provinciales. El artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional establece que corresponde al Congreso:
Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. – Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural. Reconocer la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan.
Regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano. Ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Por último, asegura la participación de los pueblos en la gestión referida a sus recursos naturales y demás intereses que los afecten, y remarca que las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones.
La provincia de Mendoza no ha hecho ejercicio estas atribuciones contribuyendo a la INSEGURIDAD JURÍDICA de las comunidades; por un lado, el reconocimiento de sus personerías jurídicas y ocupaciones actuales tradicionales y publicas por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (del Ministerio de Justicia y DDHH de la Nación) por un lado, y el “desconocimiento provincial” por otro.
Sin embargo, la provincia de Mendoza firmó en 2009 un convenio marco de colaboración en el Gobierno de la provincia y el INAI en el cual la provincia se comprometió a administrar los medios a los fines de facilitar y fomentar las tareas del INAI, en particular el Relevamiento Técnico jurídico catastral.
En ese proceso, los organismos provinciales tuvieron acceso a estas informaciones desde el año 2009 que se inscribieron en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas las comunidades pertenecientes al pueblo Mapuche, LOF MALAL PINCHEIRA y LOF KUPAN KUPALME, posteriormente las comunidades LOF RANQUIL KO (2013), LOF EL ALTEPAL, LOF LAGUNA IBERA, LOF POÑIWE, LOF LIMAY KURREF (2014); y cuando se realizó el Relevamiento Territorial (Ley 26.160) ya que fue notificado a su ente designado (Dirección provincial de DDHH) como así también informado a la dirección provincial de catastro quien informó las nomenclaturas catastrales y Registro de la propiedad inmueble quien brindó información que fue incorporada a las Carpetas técnicas.
Por ello, hoy vemos con sorpresa las declaraciones públicas de funcionarios, pero fundamentalmente el desconocimiento por parte del ámbito provincial de los procedimientos administrativos vigentes a los fines de registrar y relevar las comunidades. Nadie puede valerse de desconocer la ley para no aplicarla o desconocer sus implicancias, menos el Estado, esto sería motivo de solicitar el incumplimiento de deberes de funcionario público. El Estado federal es uno.
Las provincias no pierden su dominio y potestad por la implementación de políticas estatales nacionales, sino que por el contrario se deben armonizar y complementar con los marcos provinciales; en este punto la FALTA DE ACTUALIZACIÓN DE LAS NORMAS en la provincia de Mendoza son una responsabilidad del Poder legislativo, que daría garantías de tratamiento a las políticas públicas para los Pueblos Indígenas Originarios y sus comunidades.
Hoy en día frente a esta escalada de Violencia y Odio, promovida por un sector político que ha tejido una estrategia electoral, se puede convertir en una condición de mayor inseguridad social; esperando que no haya esa intención y que puedan rectificar el camino del Diálogo y la institucionalidad, dejamos expresada nuestra preocupación por las cientos de familias indígenas, campesinas puestera que están observando un accionar no deseado para con sus Derechos como Pueblos Indígenas y como ciudadanos y ciudadanas de este provincia, y del actual Estado Argentino.
Entendemos que la clase política tiene una responsabilidad mayor a la hora de hablar por su carácter de figuras públicas y en este sentido esperamos que de esta cámara surjan las convocatorias necesarias para garantizar la Consulta Libre Previa e Informada como lo establecen las normas vigentes y podamos traer nuestra voz en primera persona para que juntos y juntas podamos avanzar hacia una sociedad y un Estado más plural, más diverso, más respetuoso y más democrático.
FEULA. Mari mari compuche! Quizá @alfredocornejo crea que ya ha cumplido con su objetivo electoralista, mientras tanto nosotros seguimos las vías institucionales y hoy presentamos el siguiente comunicado a la cámara de diputados. pic.twitter.com/mzjDnVAED2
— gabriel jofre (@jofregabriel1) February 1, 2023
Fuente Mendoza Today