No queda nada para las ansiadas vacaciones de verano, el momento del año preferido por muchos para hacer un viaje fuera de la zona euro. Elegir alguno de los destinos en los que se utiliza una moneda diferente a la habitual requiere, además de preparar maletas, organizar excursiones y reservar alojamiento, dedicar un tiempo a realizar el cambio de divisas. Una tarea que a muchos les pilla de nuevas y no saben cómo hacerlo.
El Banco de España (BDE) ofrece una serie de consejos para evitar quebraderos de cabeza al efectuar este trámite. Lo primero es saber el valor que tiene la moneda extranjera con respecto al euro, es decir, el tipo de cambio que se va a aplicar. Este tipo de cambio es libre, fluctúa cada día y normalmente presenta un valor diferente según se compre o se venda divisa. Esta información está disponible y actualizada en la web del Banco de España.
Otro dato relevante es que, “pese a una creencia extendida”, el Banco de España no puede realizar operaciones de cambio de divisa con particulares. Este servicio lo prestan las entidades de crédito (bancos, cajas de ahorros y cooperativas de crédito) y los establecimientos de cambio de moneda. Estas instituciones están supervisadas por el Banco de España y, por ello, están obligadas a cumplir una serie de requisitos que tienen como objetivo proteger a los consumidores.
Cuidado con las comisiones
Cualquiera de estas entidades puede cobrar una comisión por este servicio. Son libres para establecer la cuantía de esta comisión, ya que no hay un límite máximo. Por ello, es recomendable realizar con tiempo el cambio de divisas, comparar las distintas opciones y leer con detenimiento las condiciones que ofrecen las entidades y establecimientos de cambio de moneda. Asimismo, antes de entregar cualquier importe hay que asegurarse de que no existan comisiones adicionales. “En caso de haberlas, será necesario que las aceptes como paso previo a la operación”.
También es posible el cambio de divisas en cajeros automáticos y en comercios. Al igual que en los casos anteriores, el proveedor tiene que informar al usuario, de forma clara y accesible, del tipo de cambio y las comisiones que aplicará por ese servicio. Además, debe indicar el importe que se pagará por los bienes y servicios en la divisa del comercio y el importe total que pagará el usuario en su propia moneda, incluyendo los gastos aplicables.
En estos casos, el usuario tiene dos opciones, por un lado, pagar en su propia divisa (por lo general, en euros), conforme al tipo de cambio, comisiones y demás información facilitada en el momento de realizar la retirada de efectivo, o bien, puede pagar en la divisa del comercio o cajero -por ejemplo, coronas danesas-, de modo que la conversión se realizará posteriormente por la entidad bancaria del usuario.
No queda nada para las ansiadas vacaciones de verano, el momento del año preferido por muchos para hacer un viaje fuera de la zona euro. Elegir alguno de los destinos en los que se utiliza una moneda diferente a la habitual requiere, además de preparar maletas, organizar excursiones y reservar alojamiento, dedicar un tiempo a realizar el cambio de divisas. Una tarea que a muchos les pilla de nuevas y no saben cómo hacerlo.
Fuente El Confidencial