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El no aceptar reservas para una sola persona, la denegación de acceso a grupos numerosos o el cobro por cubierto son algunas de las prácticas que han adoptado algunos bares y restaurantes españoles. Y es que, estos establecimientos aprovechan el desconocimiento de los clientes con el fin de incrementar el importe final de la consumición.
Muchas veces las acciones adoptadas por el sector de la hostelería llegan a ser ilegales. Por esto, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) se ha pronunciado públicamente para denunciar este tipo de actividades.
¿Qué prácticas son ilegales?
Los bares y restaurantes no están autorizados a cobrar un precio extra por realizar una reserva. Lo que sí se puede hacer es pedir un pago anticipado como garantía de reserva que se descontará del importe total de la factura.
Además, muchos de estos negocios llegan a cobrar un recargo por concepto de “cubierto” o “servicio”, situación que también es ilegal.
No pueden engrosar la factura aplicando un 10% adicional al precio de la carta simplemente por sumar el IVA. De acuerdo a la OCU, en la legislación nacional no está permitida la advertencia “IVA no incluido” aunque aparezca en el menú. Los precios que se encuentren en la lista de precios ya deben haber sumado el IVA con anterioridad.
- Agua del grifo
De acuerdo a la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular los establecimientos deben ofrecer a los usuarios de sus servicios agua del grifo, no envasada y de manera gratuita.
- Aperitivo y pan
Si te preguntas si te pueden cobrar por ese aperitivo y pan que no pediste, la respuesta es sí siempre y cuando lo indiquen en la carta o lista de precios. Si no dice nada la OCU recomienda preguntar si es gratis y tener en cuenta que si se consume cuando lo pongan en la mesa, se puede cobrar.
Muchos de los restaurantes y bares deciden no indicar que existe un producto con hielo y sin hielo y lo acaban cobrando a los clientes. Sin embargo, esta práctica es ilegal. La OCU recomienda observar con antelación la lista de precios o la carta para asegurarse de que en ella consta el coste del producto con y sin hielo.
- Productos fuera de carta
Si te ofrecen productos fuera de carta al proponértelos también deberían indicarte su precio. En caso de no ser así y pretender cobrarte una cantidad que consideras abusiva, podrías negarte a pagarlo y exigir que te cobre el mismo precio que por un plato similar que sí se encuentre en la carta.
¿Qué hacer si sufro uno de estos abusos?
En caso de tener algún problema con un establecimiento de hostelería la OCU recomienda expresar las quejas con educación y argumentación. Pero, si no se soluciona en el lugar, da como opción plasmar la queja en una hoja de reclamación con la que se iniciará un proceso administrativo para la inspección del local.
El guardar fotos, el recibo, la factura o la lista de precios son algunas de las pruebas que se pueden conservar como prueba para realizar la reclamación.
Fuente El Confidencial