El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado este lunes el decreto que reduce de 24 a 12 horas el plazo mínimo para un enterramiento, que entrará en vigor dentro de un mes.
El 31 de agosto el Consello dio luz verde a la normativa de la sanidad mortuoria en Galicia que, entre otras novedades, reduce de 24 a 12 horas el tiempo mínimo de espera para enterrar a un fallecido y autoriza el enterramiento sin ataúd, algo que reclamaban las comunidades religiosas musulmana y judía.
Este documento sustituirá al decreto 151/2014 y la Xunta destaca que «mejorará aspectos de la regulación para adaptarlos a los requerimientos sociales y técnicos existentes», simplificando las tramitaciones e incorporando determinaciones de la guía consensuada en el Sistema Nacional de Salud.
Según resaltó el presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, una de las novedades de este documento es que ampara el enterramiento sin féretro por motivos de confesionalidad, algo vetado hasta ahora en Galicia. Con ello, se permitirá la realización de ritos como el musulmán o el judío, que no emplean ataúd ya que implican que el cuerpo esté en contacto con la tierra.
El proceso será previa demanda y de conformidad con la entidad titular del cementerio en el que se vaya a inhumar el fallecido. Conllevará, subrayó Rueda, una mayor aplicación del derecho a la libertad religiosa y la posibilidad de que estos creyentes no se vean obligados a irse fuera de la comunidad para realizar los enterramientos de sus fallecidos.
El conselleiro de Sanidade, Julio García Comesaña, se reunió a finales del pasado mes con los representantes de la comunidad islámica en Galicia para informarles de la aprobación de este documento.
Se reducen los tiempos al mínimo
En cuanto a las medidas consensuadas con el conjunto de comunidades autónomas y con el Ministerio de Sanidad, el nuevo decreto también incluye una modificación de los tiempos mínimos exigidos desde el fallecimiento para poder realizar prácticas sanitarias sobre el cadáver, así como la reducción a 12 horas del plazo mínimo para enterrar o cremar el cadáver, un periodo que ahora era de 24 horas.
La nueva regulación también da respuesta a la «necesidad de reducir el control administrativo preexistente», optando por una «intervención más limitada», centrada en los aspectos exclusivamente sanitarios del hecho.
Fuente ABC