El Banco Central dispuso una nueva restricción a la demanda de dólares, en el marco de la pérdida de reservas y la escalada de los dólares paralelos. Esta vez, aplica a la tenencia de divisas propias de las bancos, que no podrán modificar su posición en moneda extranjera hasta el 31 de octubre, después de las elecciones generales.
La normativa, publicada anoche a través de la Comunicación “A” 7863, aplica únicamente para la tenencia de divisas propias de los bancos y busca limitar la demanda de divisas, en medio de la seguidilla de ventas de reservas que ha estado realizando el Central para abastecer al mercado oficial de cambios.
“La medida está generando ruido. Hay muchas interpretaciones erróneas. La normativa establece que, salvo autorización, los bancos no podrán aumentar la posición de contado de moneda extranjera. Es sólo para la posición propia de los bancos, no para los depósitos de la gente”, destacaron los analistas de Romano Group.
La autoridad monetaria estableció además que, en caso de que los bancos reduzcan su posición de contado en moneda extranjera, podrán cubrir total o parcialmente la diferencia con Letras internas intransferibles (Lediv) del BCRA en pesos liquidables al dólar oficial o con títulos públicos nacionales en dólares o atados al dólar.
La normativa se da en un contexto en el que el Central acumula ventas netas de reservas por alrededor de u$s 720 millones en sus intervenciones en el mercado oficial de cambios, impulsada por la merma en el ingreso de dólares por parte de los agroexportadores, a pesar del programa de cotización diferencial para la soja.
A la vez, en medio de la fuerte escalada de las cotizaciones paralelas del dólar, que alcanzaron nuevos máximos históricos. La mayor suba se registró en el mercado informal, donde el precio de la divisa superó los $ 1000, en medio de la fuerte incertidumbre del mercado respecto a las elecciones.
Fuente El Cronista