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El Impuesto de Sucesiones es aquel que tiene lugar cuando hay una transmisión de bienes o derechos de una persona física a otra por causa de muerte y a título gratuito. Es decir, lo que popularmente se conoce como una herencia. Tal y como refleja la legislación tributaria, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones es progresivo: a mayor cantidad heredada, mayor tipo impositivo; personal, puesto que paga quien recibe la herencia, y directo, porque recae sobre el patrimonio del contribuyente.
Este impuesto se aplica en toda España, pero las competencias están cedidas a las comunidades autónomas que tienen sus propios gravámenes, lo que hace que, entre otras cosas, heredar sea más barato en unas que en otras. Otro dato importante es que el Impuesto de Sucesiones tributa en la Comunidad Autónoma donde residía el fallecido, aunque sus bienes estuvieran situados en otra.
En los últimos años, se han hecho ciertos cambios en este impuesto para aliviar la carga fiscal. En 2024, la implantación de nuevas medidas ha continuado. Así, Andalucía, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Madrid, La Rioja y Murcia son las comunidades en las que resulta más barato dejar una herencia a los parientes más cercanos.
Impuesto de Sucesiones por Comunidad Autónoma
A continuación, puedes consultar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en cada Comunidad Autónoma:
Andalucía
Se reduce hasta un millón de euros para descendientes, cónyuge y ascendientes y hasta 250.000 euros para familiares de segundo grado (hermanos) y tercer grado (sobrinos o tíos), así como para descendientes y ascendientes por afinidad y para familiares de cuarto grado (primos) y parentescos.
Aragón
Se aplica una exención del 100% para herencias de hasta tres millones de euros. Bonificación de la cuota del impuesto en las donaciones efectuadas a favor del cónyuge, ascendientes y descendientes: se sustituye la bonificación del 65% de la cuota aplicable en las donaciones a favor del cónyuge y de los hijos del donante, siempre y cuando la base imponible sea igual o inferior a 500.000 euros por diversas situaciones.
Cantabria
Padres, hijos y cónyuges tienen derecho a una bonificación entre el 90 y el 99%. Este porcentaje puede elevarse al 100% si la base imponible no supera los 100.000 euros. En 2024, se plantea bonificar el 50% de la cuota en las herencias entre hermanos.
Castilla-La Mancha
Descendientes menores de 21 años, cónyuge o padres tienen una bonificación del 100% si la herencia es menor de 300.000 euros. Si supera esta cantidad, la bonificación será del 80%.
Castilla y León
Prácticamente, se elimina al reducir al 99% la bonificación del Impuesto de Sucesiones para los familiares directos (cónyuge, descendiente o adoptado, ascendiente o adoptante del causante).
Comunidad de Madrid
Bonificación del 99% para descendientes, ascendientes y cónyuges y bonificación de hasta el 25% la bonificación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones entre hermanos, tíos y sobrinos.
Cataluña
Los hijos menores de 21 años pueden recibir hasta 100.000 euros sin impuestos, pero solamente podrán beneficiarse de 12.000 euros anuales hasta cumplir los 21 años. Para cónyuge o pareja del fallecido el límite es de 100.00 euros, para nietos 50.000 euros y, en caso de ser el padre o abuelo, 30.000 euros.
Galicia
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones en las herencias directas es gratis hasta el millón de euros.
Comunidad Valenciana
Bonificación al 99% del Impuesto de Sucesiones y Donaciones con efectos retroactivos desde el 28 de mayo, que se va a aplicar en beneficio de hijos, cónyuges y padres y madres.
Canarias
Desde septiembre de 2023, las herencias entre ascendientes, descendientes, cónyuges, hermanos, sobrinos y tíos están prácticamente exentas al aplicarse a la cuota una bonificación del 99,9%.
La Rioja
Bonificación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones al 99% para padres e hijos y cónyuges.
País Vasco
En las herencias, cuando el grado de parentesco sea entre descendientes, ascendientes o cónyuges o parejas, de hecho, las herencias con cuantía inferior a 400.000 euros no tienen obligación de pagar impuestos. Para las cuantías superiores a 400.000 euros se aplica un tipo impositivo del 1,5%.
Murcia
Bonificación del 99% para ascendientes, descendientes y cónyuge. La normativa también recoge otras reducciones para el resto de herederos según la herencia y el bien o derecho que se va a recibir.
Extremadura
Cuenta también con una bonificación del 99% del Impuesto de Sucesiones para descendientes menores de 21 años y familiares directos (cónyuge, descendiente o adoptado, ascendiente o adoptante del causante).
Navarra
Para cónyuges la tarifa tiene un tipo del 0% hasta los 250.000 euros. A partir de ahí, es del 0,8%. Para ascendientes y descendientes en línea recta por consanguinidad los tipos son entre un 2% y un 16%.
Asturias
El pago del impuesto de la herencia está exento hasta los 300.000 euros para los hijos menores de 21 años o cónyuges, adoptantes o ascendientes mayores de 21 años.
Islas Baleares
Desde junio de 2023, las herencias entre ascendientes, descendientes y cónyuges no tributan nada por una bonificación igual al 100% de la cuota. Además, se aplica una bonificación general del 25% de la cuota en las herencias entre hermanos, tíos y sobrinos, que sube al 50 % si el fallecido no tenía descendientes o los había desheredado.
Fuente El Confidencial