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A punto de comenzar la nueva campaña de la Renta, Hacienda también vigila las operaciones de los contribuyentes fuera de España. Por eso, si tienes cuentas bancarias, valores, derechos, seguros o bienes inmuebles fuera de nuestro país, tienes que presentar el Modelo 720 antes del próximo 1 de abril.
De no hacerlo o hacerlo de manera incorrecta, puedes enfrentarte a multas de hasta 20.000 euros o del 2% del importe no declarado. El Modelo 720 “es una declaración informativa para combatir el fraude fiscal y el blanqueo de capitales”, informa Raisin, comparador de depósitos y cuentas de ahorro en más de 30 países.
Un documento que se puede presentar de forma telemática a través de la página web de la Agencia Tributaria, desde el pasado 1 de enero hasta el próximo 1 de abril. Este modelo tienen que presentarlo obligatoriamente todos los que tengan domicilio fiscal en España y sean titulares fuera de nuestras fronteras de cuentas bancarias, valores, derechos, rentas, seguros y bienes inmuebles o derechos sobre estos.
El Modelo 720 será necesario presentarlo cuando el valor de los bienes de una misma categoría supere los 50.000 euros. También es obligatorio si, aunque no se supere esta cuantía, se ha presentado en años anteriores y alguna de las categorías aumenta en más de 20.000 euros respecto al año anterior.
La Agencia Tributaria puede sancionar a los contribuyentes que estén obligados a declarar dichos importes y no lo hagan o lo efectúen de manera errónea o fuera de plazo. Las multas van desde los 100 euros hasta el 2% del importe de las operaciones no declaradas, según el Reglamento General del Régimen Sancionador Tributario.
Por no presentar en plazo autoliquidaciones o declaraciones sin que se produzca perjuicio económico, por incumplir la obligación de comunicar el domicilio fiscal o incumplir las condiciones de determinadas autorizaciones, se contemplan multas de los 100 hasta los 20.000 euros. Por presentar incorrectamente autoliquidaciones o declaraciones sin que se produzca perjuicio económico o contestaciones a requerimientos individualizados de información, sanciones de entre 150 euros y el 2% del importe de las operaciones no declaradas.
Fuente El Confidencial