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En el marco de un amparo colectivo promovido por legisladores del PTS-FIT, la Justicia porteña frenó este miércoles el aumento de boleto del subte, que empezaba a regir desde este viernes.
“Como medida precautelar, hasta tanto se encuentre contestado el traslado, acompañada la totalidad de la documentación requerida y así lo indique expresamente este juzgado, los demandados deberán abstenerse de innovar en relación al monto de la tarifa al usuario del servicio público de Subterráneo”, dice el fallo que lleva la firma de la jueza Elena Liberatori.
“Ello en virtud de la ausencia de la información vinculada a la participación ciudadana desarrollada en la audiencia pública, específicamente a lo que hace a las respuestas de los requerimientos efectuados en la misma por los participantes”, sentencia.
El pasado lunes 13 de mayo, la diputada nacional del Frente de Izquierda (FIT) Myriam Bregman, junto a legisladores porteños de ese espacio, presentó ante la Justicia un amparo para impedir que este viernes entre en vigencia el aumento del pasaje de subte, al que calificaron de “ilegal y fraudulento”.
La presentación llevó las firmas de Bregman, los legisladores Alejandrina Barry y Patricio del Corro y el metrodelegado y dirigente del FIT Claudio Dellecarbonara.
“Una suba de más del 500% en dos meses”
“Tras la publicación en el Boletín Oficial de un nuevo tarifazo en el subte, que pasa de los actuales $125 a $574, presentamos un amparo porque es escandaloso el aumento, estamos hablando de un servicio donde se viaja pésimo, algo que solo saben los trabajadores y trabajadoras que lo utilizan a diario a diferencia de los funcionarios”, sostuvo la diputada nacional.
Bregman detalló que “en el esquema de incrementos en tres
tramos, se trata de una suba de más del 500% en dos meses cuando el boleto costará $757″.
Y agregó: “Una provocación de (el jefe de gobierno de la Ciudad, Jorge) Macri, que es un soldadito de (el presidente Javier) Milei. La ley indica que la tarifa se tiene que establecer en base al salario mínimo vital y móvil“.
“En los últimos diez años el subte aumentó por encima del valor
del boleto del colectivo y también aumentó tres veces más que el
salario mínimo en términos porcentuales. Con un salario mínimo en
septiembre del 2023 se podían pagar 1.595 pasajes, con este
aumento del subte apenas se llegarían a 383 pasajes”, se quejó la
dirigente.
En el fallo emitido este miércoles, Liberatori aclara que “no se cuestiona ni se revisa la relación de consumo existente entre los usuarios del Subte y EMOVA -quien no se encuentra demandada en autos- sino el accionar del Estado local en el dictado de la Resolución 5/SBASE/24, en el marco de funciones que le son propias en el ejercicio del control y la ejecución del contrato de concesión del servicio público del transporte subterráneo”.
“La presente acción de amparo versa sobre la legalidad de una resolución emanada de la autoridad pública local, el cumplimiento de los recaudos legales y constitucionales previos, como la realización de las Audiencias Públicas en tiempo y forma y sobre la base de información accesible, oportuna y veraz; lo cual a todas luces excede el marco de la competencia prevista en el Código Procesal de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires”, agrega el texto.
Pedido para “proteger el interés económico de los usuarios”
Además de los dirigentes de izquierda, hubo dos ONG que presentaron otro recurso para frenar el aumento.
Se trata de las organizaciones “Observatorio del Derecho de la Ciudad” y “La Ciudad somos quienes la habitamos” formularon el planteo en el marco del Expediente 55678/2024-0, que tramita en el fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires.
El planteo invocaba la “vulneración de leyes y derechos” mediante la resolución que “aprobó un nuevo cuadro tarifario para la explotación del Servicio Subte”.
Según el escrito, esa norma incurrió en “la violación del artículo 24 de la Ley 4472 al establecer una tarifa al usuario injusta e irrazonable” y al mismo tiempo “no cumple con promover el uso generalizado del SUBTE por el excesivo costo económico de la tarifa al usuario”.
Además -añade el texto presentado- “viola el artículo 46 de la Constitución de la Ciudad y el 42 de la Constitución Nacional en tanto obligan a proteger patrimonio y el interés económico de los usuarios de los servicios públicos”.
Fuente El Cronista