LA HABANA, Cuba. – Al prisionero político Aliesky Calderín Acosta le fue negada por tercera ocasión la progresión de régimen, según él mismo denunció vía telefónica este martes 11 de junio desde la prisión camagüeyana de máximo rigor Kilo 8.
Calderín Acosta, de 36 años de edad, aparece registrado como preso político por Prisoners Defenders, agrupación internacional de defensa de los derechos humanos radicada en España. Según refleja la copia de su sentencia, a la que tuvo acceso CubaNet, fue condenado a 20 años de prisión por el delito de sabotaje tras lanzar un cóctel Molotov en la madrugada del 4 de noviembre de 2012 en la tienda recaudadora de divisas El Encanto, ubicada en el bulevar de la ciudad de Camagüey.
El prisionero político destacó que la llamada progresión, en su caso a régimen de mínima severidad, le corresponde desde hace tres años si se tiene en cuenta la cuantía extinguida (fue encarcelado el 7 de noviembre de 2012 y condenado en diciembre del propio año).
Lo anterior fue corroborado por su hermano Aniesky Calderín Acosta, quien además dio a conocer que el prisionero político se encuentra en celda de castigo desde el 12 de junio tras declararse en huelga de hambre en protesta por la negativa y por no recibir la atención médica que exige desde hace seis meses.
El hermano del prisionero acotó que en la celda de castigo no hay agua ni colchón, y “la única compañía son los ratones y las cucarachas”. Igualmente denunció que el prisionero padece de una serie de enfermedades como hipertensión arterial, problemas del estómago y de visión.
Aliesky Calderín Acosta apuntó que tanto el jefe de unidad, teniente coronel Juan Miguel Sánchez Duarte, como el agente de la Seguridad del Estado que se identifica como Joan, le han reiterado en más de una ocasión que los “contrarrevolucionarios” (que es la forma en que los funcionarios del sistema penitenciario cubano denominan peyorativamente a los presos políticos) no tienen derecho al beneficio de progresión a régimen de mínima severidad.
Sin embargo, ha defendido Calderín Acosta, en la legislación correspondiente no aparece distinción alguna para el caso de los presos políticos.
En este sentido, el abogado Alain Espinosa, de Cubalex, aclaró: “La progresión en el régimen o fase durante la ejecución de sanciones que conllevan internamiento es un beneficio establecido por ley. La legislación de ejecución penal cubana no establece el tipo de delito como requisito para el disfrute del mismo”, y añadió: “Si bien el otorgamiento de este tipo de beneficios es una facultad discrecional del órgano penitenciario, su aprobación o denegación tiene que fundamentarse a partir de los elementos establecidos por ley, relativos al comportamiento del sancionado y el grado en que se manifieste se han alcanzado los fines de la sanción establecidos en el código penal”.
El prisionero, por su parte, calificó la reiterada negativa como una “venganza política” y reclamó de igual modo que su caso sea denunciado ante la comunidad internacional, así como que también sea visibilizado el hecho de que otros presos políticos se encuentran en similar situación, algo que, según afirmó, “no es de ahora”, sino que sucede desde hace años.
Aliesky Calderín Acosta señaló también que la negativa de cambio de régimen le fue anunciada por primera vez el 1º de septiembre de 2021, y la más reciente, el 4 de septiembre de 2023. Asimismo aclaró que no lo había denunciado anteriormente debido a que esperaba que se le realizara otro análisis intermedio a los seis meses, lo cual no sucedió. Tampoco tenía esperanzas de que su solicitud fuera aprobada, considerando que a la gran mayoría de los presos políticos rara vez le conceden ese beneficio. No obstante, indicó, finalmente decidió denunciar su caso porque pudo comprobar que se está violando la ley.
Aliesky Calderín Acosta es albañil de oficio y residente en el municipio cabecera de la provincia camagüeyana.
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Fuente Cubanet.org