La ayuda de casi 500 euros que da el SEPE en España: es necesario un único requisitoEstas son las personas que podrán disfrutar de la reducción de jornada en España
Los trabajadores tienen derecho a cobrar el finiquito en el momento que se rompe la relación laboral, ya sea porque finaliza el contrato o el empleado pide su renuncia. En caso de que la causa sea un despido, se tiene derecho a una indemnización. Calcular el importe en ambas situaciones puede generar dudas.
Es crucial diferenciar entre finiquito e indemnización. Mientras que el finiquito corresponde a las cantidades pendientes de cobro al finalizar un contrato, la indemnización es una compensación que recibe el trabajador en caso de despido. El importe de esta última depende de la antigüedad y del tipo de despido.
¿Es posible jubilarse con menos de quince años cotizados? Esto es lo que dice la Seguridad Social
El Confidencial
Así, cuando se produce una extinción de contrato y no es renovado, o el empleado decide marcharse, la empresa tendrá la obligación de entregar un documento que representa la última nómina e incluye el dinero que le debe la empresa. Para determinar cuánto se cobrará de finiquito hay que tener en cuenta varios factores clave
Cómo calcular el importe del finiquito
La cuantía va a depender del salario de los días trabajados pendientes, la parte proporcional de las pagas extras no prorrateadas, las vacaciones no disfrutadas, las horas extraordinarias pendientes de pago y cualquier otra cantidad pactada en el contrato o reflejada en el convenio colectivo, como gratificaciones u objetivos.
Al calcular el finiquito, es importante recordar que el importe inicial es bruto, es decir, antes de aplicar las deducciones correspondientes a la Seguridad Social y al IRPF. Por tanto, la cantidad final a percibir será menor.
La ayuda de 1.000 euros que pueden pedir los padres a la Seguridad Social: solo si sus hijos nacieron a partir de este año
Mónica Millán Valera
En caso de despido improcedente, la indemnización suele ser de treinta y tres días de salario por año trabajado, prorrateando los meses fraccionados, con un máximo de veinticuatro mensualidades. Este tipo de despido se da cuando no se acredita el incumplimiento alegado por el empresario o cuando no se cumplen las formalidades establecidas. El Juez de lo Social puede ordenar la readmisión del trabajador con el abono de los salarios de tramitación o una indemnización.
El despido procedente ocurre cuando las causas alegadas por el empresario quedan acreditadas o son objetivamente ciertas. En el caso de un despido disciplinario, el trabajador no tiene derecho a indemnización ni a salarios de tramitación. Sin embargo, si el despido es por causas objetivas, el trabajador puede recibir una indemnización de veinte días por año de servicio, con un máximo de doce mensualidades.
Fuente El Confidencial