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Propina electrónica: cómo impacta en Ganancias y en indemnizaciones

26 agosto, 2024
Propina electrónica: cómo impacta en Ganancias y en indemnizaciones
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El Gobierno autorizó el uso de medios electrónicos para pagar las propinas en sectores en los que estén habituados a percibirlas, como gastronómicos, hoteleros y afines, expendedores de combustible, entregas a domicilio y demás actividades.

El decreto 731/2024 cambió la tradición de la propina en efectivo, y los usuarios podrán pagar desde apps bancarias, billeteras virtuales o de fintech, con transferencia o con tarjetas de débito y crédito.

Si bien era algo que ya se implementaba en algunos establecimientos, la decisión fue bienvenida tanto por los distintos medios de pago y sindicatos. Dante Camaño, titular de UTHGRA seccional CABA, dijo a El Cronista que la decisión es algo lógico dado el abandono del uso del efectivo en el mundo y en especial en Argentina donde

Cabe aclarar que en el caso de los gastronómicos el salario para septiembre de este año es de $589.410 de básico. Si bien dista del mínimo de Ganancias ($1.800.000 para solteros), explicaron desde el sindicato de gastronómicos de la Ciudad de Buenos Aires que en promedio las propinas representan entre el 40% y el 70% del salario del trabajador. Sin embargo, subrayaron que las diferencias dentro del sector son muy significativas. En actividades, como los maleteros de hoteles 5 estrellas, pueden ascender hasta el 300% del salario del trabajador.

Si bien resta que se publique la reglamentación, el anuncio de la medida ya suscitó dudas sobre los tributos que pesarán sobre las propinas y su efecto sobre los salarios. En síntesis, la propina se suma a la hora de considerar el pago de Ganancias, pero no a la hora de estimar la indemnización.

Luis Campos, investigador del Instituto de Estudios y Formación de la CTA – Autónoma, explicó a El Cronista que esta disparidad en la incidencia se da porque el DNU modificó el artículo 113 de la ley de contrato de trabajo, que establecía expresamente que las propinas no forman parte de la remuneración, cuando previamente decía lo contrario.

“La indemnización por despido (y en general cualquier rubro indemnizatorio) se calcula a partir del valor de la remuneración, por lo que hasta este DNU las propinas debían incluirse dentro del salario base a partir del cual calcular las indemnizaciones”, agregó Campos. Esto debía concretarse en los casos en que las propinas fuesen habituales, no estuviesen prohibidas e incluso en los casos en que estuvieran prohibidas pero el empleador las tolerara habitualmente.

Por el lado del impuesto a las Ganancias, las propinas ya estaban consideradas dentro del cálculo, pero como en general no estaban registradas, no se concretaba el pago del tributo.

“El tema es que a partir de ahora, según el nuevo artículo 82 de la ley de Ganancias, todos los ingresos se toman en cuenta para la base de cálculo del impuesto, no importa si son considerados salario o no, ni siquiera si son pagadas por el empleador o un tercero. Ahora, como las propinas empiezan a quedar registradas, la exposición del trabajador que no las declare ante AFIP va a ser mayor”.

Según Campos, para que las propinas queden fuera del cálculo, es necesario que quede explicitado por AFIP: “Hasta tanto esto no suceda, para mi el texto del artículo 82 es lo suficientemente claro como para considerarlas dentro de la base de cálculo”.

En síntesis, el especialista aclaró que en el caso de la indemnización, el cálculo toma la mejor remuneración normal y habitual de los últimos 12 meses, mientras que para el cálculo de Ganancias se incluye la totalidad de los ingresos que tuviste en el período fiscal: “Las propinas ahora dejaron de ser remuneración (no entran en la indemnización) pero siguen siendo ingresos (se cuenta para Ganancias)”.

Desde el sindicato con representación en CABA destacaron que el pago de propina por métodos electrónicos o tarjeta es una buena noticia, aunque se debe procurar que no se contemple como base para los impuestos, en especial a raíz de los altos niveles de informalidad que poseen y de los magros salarios del sector.

“Después de la pandemia, la informalidad creció del 40% al 60% en bares y restaurantes. Cuando estuvimos muy baratos para el extranjero, traían dólares y lo cambiaban por el informal a raíz de la brecha cambiaria, lo que hizo crecer la informalidad”, explicó Juan Castro, secretario administrativo de gastronómicos de CABA.

La propina, consideró, es un acto de liberalidad del cliente y es injusto que se prohíba, pero tampoco debería ser incluido en Ganancias “primero porque el salario no es ganancia, y segundo porque la propina no es parte salarial”. “Desde el sindicato consideramos que no debería tener ninguna cuestión tributaria”.

El pedido del sindicato va en sintonía con una de las propuesta del candidato a presidente de Estados Unidos, Donald Trump, que lanzó la campaña No tax on tips (sin impuestos en las propinas).

#NoTaxOnTips #MAGA2024 pic.twitter.com/1HpTsGCnmT

— Donald J. Trump (@realDonaldTrump) August 23, 2024

Camaño subrayó que dialogaron tanto con la Secretaría de Trabajo como con otros organismos del Estado para evitar que la propina se considere dentro de la base tributaria. “La propina no es remuneración, ni se desprende de una relación laboral”.

Además, rechazó la posibilidad de fijar un porcentaje estable: “La gastronomía no es un trabajo mecánico, hay mucho del trato personal”.

Fuente El Cronista

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