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El Gobierno excluyó a empresas del régimen especial de Tierra del Fuego: qué detectó

24 septiembre, 2024
El Gobierno excluyó a empresas del régimen especial de Tierra del Fuego: qué detectó
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Las firmas que fueron sancionadas por la Secretaría de Industria y Comercio, por incumplir las obligaciones establecidas para adherir al Subrégimen de Promoción Industrial de Tierra del Fuego, representan el 80% del volumen productivo total.

El Gobierno Nacional resolvió que 5 de las 11 empresas que se inscribieron al régimen no podrán acceder a los incentivos que otorga a las empresas que se radican en el extremo sur del continente. 

Importaciones: cómo acceder al reintegro por el pago a cuenta del impuesto PAISAlivio fiscal

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Belén Ehuletche

Se trata de los requisitos establecidos en el Decreto 594/23 que contempla la prórroga del Subrégimen Textil de Tierra del Fuego hasta el año 2028.

Una vez inscriptas, las compañías gozan de exenciones del Impuesto a las Ganancias, del Impuesto al Valor Agregado, de los derechos de importación, de los Impuestos Internos y de otros tributos nacionales que pudieran crearse en el futuro.

Segun la información oficial, los beneficios fiscales de la industria textil del subrégimen de Tierra del Fuego representan un costo anual aproximado de 20 mil millones de pesos.

  Ahora, las empresas excluidas por incumplir con al menos una de estas condiciones tendrán que restituir al Estado el beneficio otorgado desde el 1 de enero de 2024. Y según confirmaron fuentes oficiales a El Cronista, las firmas sancionadas no podrán volver a ingresar al subrégimen . 

Condiciones especiales

De las once empresas inscriptas, cinco no cumplieron con las obligaciones necesarias para adherir al régimen, indicaron desde Comercio y señalaron entre los requisitos omitidos la acreditación de origen, un procedimiento que certifica que las telas fabricadas pasaron por el proceso productivo reglamentado en el subrégimen.

Para poder adherirse a la prórroga del régimen especial fiscal y aduanero, toda empresa debía cumplir con los requisitos previstos en el Decreto 594/23 que son: la renuncia expresa a juicios futuros contra el Gobierno Nacional; la renuncia a juicios futuros contra el Gobierno Provincial; no poseer causas judiciales en trámite por dicho motivo; la acreditación de origen de sus productos en el último año y la acreditación de cumplimiento de obligaciones tributarias y previsionales.

Fuente El Cronista

Tags: El CronistaTotalnews
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