El juez federal Ariel Lijo ordenó este jueves a la Real Academia Española (RAE) eliminar de inmediato del Diccionario de la Lengua Española la quinta acepción de la palabra “judío, a”, que describe a dicha persona como “avariciosa o usurera”, al considerar que esto “configura un discurso de odio que incita a la discriminación por motivos religiosos”.
Lijo, propuesto por el Gobierno para integrar la Corte Suprema de Justicia de la Nación, afirmó en su fallo que esta definición “atenta contra la dignidad humana”. Además, dispuso que el Ente Nacional de Comunicaciones ordene el bloqueo del sitio web de la RAE hasta que se cumpla la resolución, según revelaron fuentes judiciales.
“Considerando la amplia protección que goza el derecho a la libertad religiosa y los hechos expuestos, ordeno a la Real Academia Española que suprima de inmediato -sin necesidad de intervención de las Academias de la Lengua Española- la quinta acepción de ‘judío, a’, por incitar a la discriminación religiosa”, señaló el juez en su resolución. También añadió: “Con este fin, se librará exhorto al Reino de España, conforme a los artículos 28.1 y 30 del Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en Materia Penal”.
El magistrado también destacó que “los procedimientos de cooperación internacional suelen ser lentos, lo cual no es compatible con la urgencia de este caso” y remarcó que “los numerosos reclamos hechos a la Real Academia Española no fueron atendidos, o bien recibieron una respuesta inaceptable desde la perspectiva de los derechos humanos”.
El caso comenzó el 28 de agosto pasado, cuando Claudio Gregorio Epelman, representante de la Fundación Congreso Judío Mundial, y Jorge Knoblovits, presidente de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA), presentaron una denuncia penal contra Santiago Muñoz Machado, director de la RAE, y otros responsables de la institución. Los denunciantes los acusaron de incitar al odio contra la comunidad judía a través de la acepción discriminatoria de la palabra “judío, a”, que describe a la persona como “avariciosa o usurera”.
En la denuncia, se argumentó que la publicación de la RAE violaba la ley 23.592, que prevé penas de uno a tres años de prisión para quienes participen en organizaciones o realicen propaganda basada en teorías de superioridad racial o religiosa. Además, los denunciantes afirmaron que la acepción cuestionada constituye “un discurso de odio”, en línea con la definición de la ONU, que describe este concepto como “cualquier forma de comunicación que ataque o utilice lenguaje peyorativo o discriminatorio en relación a una persona o grupo por su religión, origen étnico, nacionalidad u otro factor de identidad”.
En noviembre de 2021, el Congreso Judío Latinoamericano había enviado una carta a Santiago Muñoz Machado solicitando la eliminación de dicha acepción del diccionario. La respuesta llegó el 30 de enero de 2023: “No es posible eliminar una acepción cuando está avalada por el uso, aunque pueda resultar inapropiada o reprochable. Sin embargo, se ha considerado oportuno indicar que su uso puede ser ofensivo o discriminatorio”, lo que llevó a la redacción actual: “Dicho de una persona: avariciosa o usurera. U. como ofensivo o discriminatorio”.
A pesar de esta modificación, en septiembre de 2023, más de 20 comunidades judías de habla hispana, junto a autoridades como el INADI y representantes de organismos internacionales, presentaron un nuevo reclamo. Este conjunto de respaldos, acompañado de varios documentos, impulsó la denuncia penal y el pedido de medidas cautelares para frenar lo que consideraron un acto ilícito.
Fuente El Cronista