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El Constitucional admite el primer recurso de una comunidad autónoma contra la amnistía y abre la puerta a otros catorce

3 diciembre, 2024
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El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el primer recurso de inconstitucionalidad promovido por una comunidad autónoma contra la ley de amnistía tras avalar el informe de los letrados del órgano que consideran que las autonomías están legitimadas para recurrir leyes estatales. El recurso que ha pasado el filtro y que, según fuentes del Tribunal, abrirá el camino de los otros catorce promovidos por gobiernos y comunidades autónomas del PP (salvo el caso del gobierno de Castilla-La Mancha, de Emiliano García Page), es el de las Cortes de Aragón, del que ha sido ponente la magistrada Laura Díez. Ante el debate jurídico generado en el seno del tribunal cuando las CC.AA. anunciaron estos recursos, el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, encomendó a un equipo de cuatro letrados la tarea de analizar si las autonomías y gobiernos regionales podían impugnar la norma. El informes es concluyente en el sentido de que están legitimadas para hacerlo. Hasta ahora, el TC ya ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Tribunal Supremo y el recurso del PP. En total, se han interpuesto cuatro cuestiones (una de la Sala Penal del Supremo y tres del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña) y 15 recursos de gobiernos y parlamentos autonómicos (Castilla-La Mancha y los de Cantabria, Madrid, Galicia, Murcia, Andalucía, Valencia, Castilla y León, La Rioja, Extremadura y Baleares).Según los letrados, «el concepto de legitimación es uno de los más debatidos y discutidos en la doctrina procesalista, habiéndose afirmado la dificultad de elaborar una teoría general de la legitimación, pues se trataría de la teoría en un proceso ‘general’ (arquetípico, cabría decir) inexistente, debiendo por tanto el estudioso limitarse a la más modesta tarea de elaborar la propia de cada uno de los órdenes jurisdiccionales».El informe subrayaba que el artículo 162.1.a) de la Constitución reconoce la legitimación para interponer el recurso de inconstitucionalidad al «presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 diputados, 50 senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las comunidades autónomas y, en su caso, las asambleas de las mismas». Sin embargo, como reconocen los letrados, «esta previsión constitucional se ha concretado en el artículo 32 de la LOTC, precepto cuyo apartado 2 ha precisado que la legitimación activa de los órganos colegiados ejecutivos de las comunidades autónomas y de las asambleas legislativas de estas lo es exclusivamente para interponer el recurso de inconstitucionalidad contra las leyes, disposiciones o actos con fuerza de ley del Estado que puedan afectar a su propio ámbito de autonomía».Para los cuatro juristas, esta limitación estipulada en la LOTC «no puede ser interpretada de forma restrictiva, sino a favor del reconocimiento de la legitimación« Así, argumentan que no se trata únicamente de denunciar una vulneración de competencias autonómicas, sino de establecer »un punto de conexión material entre la ley estatal y el ámbito competencial autonómico«.Recusación de Macías Por otra parte, el Pleno ha iniciado la tramitación del incidente de recusación promovido por la Fiscalía contra el magistrado José María Macías en la cuestión de inconstitucionalidad de la Sala Segunda del Supremo contra la ley. La instructora del incidente de recusación será Laura Díez. El TC acuerda dar traslado a las partes personadas (Congreso y Senado) para que en un plazo de tres días manifiesten si se adhieren o se oponen a la causa de recusación propuesta.Fuentes del TC explicaron que una vez recibidas las alegaciones de las citadas partes, se le dará traslado al Macías para que se pronuncie sobre si acepta o rechaza las causas de recusación. En esta fase, el magistrado también podría proponer prueba si así lo considerase.Recibidas todas estas alegaciones, la magistrada instructora dictará una resolución en la que decidirá sobre la admisión o no del incidente de recusación. Si fuese admitido, Díez Bueso remitirá toda la documentación a la ponente del incidente de recusación, que es la vicepresidenta, Inmaculada Montalbán Huertas, quien será la encargada de redactar el auto que llevará al Pleno para pronunciarse sobre si debe apartarse o no el magistrado José María Macías Castaño.En caso de que la instructora considerase que debe inadmitirse, finalizaría aquí el incidente de recusación. 
Fuente ABC

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