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La Junta de Andalucía refuerza el control sobre incompatibilidades e ingresos de altos cargos, cónyuges y parejas

9 diciembre, 2024
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El Gobierno andaluz ha publicado una instrucción conjunta de las consejerías de la Presidencia y Justicia por la cual hará «recordatorios puntuales» a sus altos cargos y cónyuges o parejas de hecho debidamente inscritas acerca de sus obligaciones de publicar los ingresos del último ejercicio económico declarado, ya sea a través del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o del Impuesto del Patrimonio (IP).La modificación de los formularios de cumplimiento de los ingresos de altos cargos y sus parejas las asumirá la Secretaría General para la Administración Pública, dependiente de la Consejería de Justicia, mientras que la permanencia de la publicación de esa información de ejercicios anteriores estará disponible mientras el alto cargo u otro cargo público permanezca en activo y durante 2 años tras el cese , señala la instrucción que entró en vigor el 29 de noviembre tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.El anexo de Personal del proyecto de Presupuesto para 2025 señala que los altos cargos de la Junta de Andalucía son 273 , incluidos ahí 192 responsables a los que identifica propiamente así, además de 81 delegados territoriales o asimilados. Las cuentas para el próximo ejercicio señalan que el programa de Alta Dirección de la Junta de Andalucía asciende a 89,22 millones. La coordinación de ese seguimiento de las Unidades de Transparencia de 14 consejerías y 6 entidades instrumentales lo asumirá la Secretaría de Transparencia , dependiente de la Viceconsejería de la Presidencia, que gestiona Tomás Burgos.De igual forma queda de fondo las atribuciones de la Inspección General de Servicios, adscrita a la Consejería de Justicia, que procederá a publicar en la Sección de Transparencia del Portal de la Junta de Andalucía la información contenida en los formularios que rellenen los altos cargos y sus parejas, que lo harán a través del Registro de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones (https://lajunta.es/rdac).Este órgano, después de las comprobaciones necesarias de la adecuación entre el contenido de los formularios y las autoliquidaciones presentadas, además de los consentimientos correspondientes, p ublicará la información, según la instrucción publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y consultada por Europa Press.Los cónyuges o parejas de hecho cumplimentarán y firmarán el formulario correspondiente en su caso, aunque su remisión electrónica podrá hacerla el alto cargo o cargo público. Esta norma establece que el personal incumbido por el cumplimiento de la norma remitirá la documentación exigida para el Registro de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones antes del 1 de agosto de cada año natural , en el momento de la toma de posesión, o en el plazo de dos meses desde que se produjera el cese o modificación de las circunstancias de hecho.«El objeto de esta Instrucción es facilitar el cumplimiento de las exigencias del artículo 12 de la Ley 3/2005 de Incompatibilidades y Retribuciones del personal Alto Cargo de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones del personal Alto Cargo y otros Cargos Públicos», explica la norma.Ese artículo establece la obligación para altos cargos y otros cargos públicos de presentar en el Registro de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones sus autoliquidaciones tributarias íntegras del último ejercicio económico declarado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto sobre el Patrimonio.
Fuente ABC

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