Buenos Aires – 19 de diciembre de 2024–Total News Agency-TNA- La Corte Suprema de Justicia de Argentina ha declarado inconstitucional el artículo 132 de la Constitución de la provincia de Formosa, que permitía la reelección indefinida del gobernador Gildo Insfrán. Este fallo pone fin a una larga trayectoria de Insfrán, quien ha ocupado el cargo desde 1995. Casi 30 años en el poder.
Argumentos del Fallo
Los magistrados argumentaron que la reelección indefinida “diluye la separación de poderes” y “atenta contra el principio democrático”. El Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, respaldó esta decisión, resaltando que las provincias deben respetar “la limitación del poder”. Casal advirtió que la perpetuación en el poder erosiona la separación de poderes y, por ende, la esencia del Estado de Derecho.
Contexto Legal
El año pasado, la Confederación del Frente Amplio Formoseño, a través de una acción de amparo, cuestionó la constitucionalidad del artículo que habilitaba la reelección indefinida. Los amparistas argumentaron que este artículo “violenta” el artículo 5 de la Constitución Nacional y el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
El artículo 132 establece que “el Gobernador y el Vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos”, lo que ha permitido la reelección indefinida de Insfrán.
Análisis de la Corte
Los jueces Rosatti y Maqueda, junto con el juez Lorenzetti, consideraron que la cuestión de la reelección indefinida debía ser debatida en el contexto del sistema republicano. Afirmaron que la reelección ilimitada transforma el debate de meramente cuantitativo a cualitativo, introduciendo la necesidad de alternancia en el ejercicio del poder.
Casal, en su dictamen, enfatizó que la reelección indefinida contraviene la periodicidad y renovación del mandato, principios fundamentales de la democracia.
Implicaciones del Fallo
La Corte concluyó que la reelección indefinida “debilita el sistema de frenos y contrapesos” y permite al gobernante acumular ventajas desleales en el ámbito electoral. Esta decisión es vista como un intento de preservar la democracia y evitar la personalización del poder.
Respuesta del Gobierno de Formosa
El gobierno de Gildo Insfrán argumentó que la “periodicidad”, y no la “alternancia”, es esencial para garantizar la constitucionalidad. Sin embargo, la Corte refutó esta afirmación, indicando que la falta de alternancia afecta la separación de poderes y la competencia electoral justa.
La Corte Suprema ha determinado que el artículo 132 de la Constitución de la provincia de Formosa es inconstitucional y debe ser corregido conforme al procedimiento establecido en la carta magna provincial. Esta decisión marca un hito en la política argentina y pone fin a casi 30 años de dominio de Insfrán en la provincia, un gobernador que ha sabido mantener un control férreo sobre la política local y ha sido un aliado de diversos líderes peronistas a lo largo de su carrera.
La situación en Formosa refleja un debate más amplio sobre la reelección y la necesidad de mantener un equilibrio de poderes en el sistema democrático argentino.