Con la llegada de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos a partir de los cuales bancos y billeteras virtuales tienen que informar sobre transacciones, saldos y consumos de sus clientes.
El ajuste en los topes responde a la actualización semestral automática basada en las variaciones del IPC elaborado por el INDEC, de acuerdo a las modificaciones introducidas por la Resolución General 5512/2024.
Los nuevos importes, explicaron desde el organismo, comenzaron a regir para las operaciones ocurridas a partir del 1/1/2025.
ARCA vigila: cuál es el monto mínimo alcanzado
Deben informarse las siguientes operaciones sólo si superan los siguientes importes:
$ 600.000
- Total de consumos con tarjetas de débito del país.
- Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.:
$ 1.000.000 cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
- Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
- Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
- Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
- Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
- Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
$ 2.000.000
- Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.
¿Por qué las billeteras virtuales reportan las transacciones?
Según la Resolución General N°4298, las billeteras virtuales son responsables de reportar las transacciones, saldos y consumos que sobrepasen los topes establecidos.
También se debe destacar que estos controles tienen en el fin de combatir la evasión fiscal y garantizar que las billeteras virtuales no sean instrumentos para transacciones fuera del sistema legal.
La modificación no afecta a los consumidores debido a que es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.
Fuente El Cronista