El proyecto de Ley Orgánica que ha presentado este viernes el Grupo Socialista en el Congreso para cercenar la actuación de las acusaciones populares prohibe que las administraciones públicas ejerzan este rol en los procedimientos penales, lo que de facto contradice las disposiciones del Gobierno y la pauta que siguen ayuntamientos y comunidades autónomas de distinto signo en materia de violencia de género: ya no podrán personarse para empujar la investigación y arropar a las familias en los casos de asesinato machista.
En concreto, el proyecto reforma la Ley de Enjuiciamiento Criminal para introducir excepciones a la regla establecida desde que así lo fijó la Constitución Española de que «la acción penal es pública» y «todos los ciudadanos españoles podrán ejercitarla con arreglo a las prescripciones de la Ley». En la actualidad, sólo quedan excluidos de esta capacidad quienes no tengan en plenitud todos sus derechos civiles, los que hayan sido condenados dos veces en firme por denuncia falsa y los jueces y magistrados. Ahora, el PSOE quiere dejar fuera también de la acción penal a toda una batería de figuras, incluidas «las personas jurídicas o entes públicos de cualquier clase y, en particular: el Gobierno y la Administración General del Estado» y «los gobiernos de las comunidades autónomas y los de las entidades locales y sus respectivas Administraciones», lo que tumba la posibilidad de que acusen, como hasta ahora, en los casos de violencia machista.
Llama la atención, porque hace poco más de un mes, con motivo de la conmemoración del Día Internacional para la Erradicación de la Violencia de Género, el Consejo de Ministros aprobó un protocolo de actuación donde se establece que la Delegación del Gobierno dedicada a estas políticas «se personará como acusación popular en los procedimientos judiciales que se incoen en los casos de asesinato por violencia de género cuando la comunidad autónoma donde haya tenido lugar el asesinato no ejerza dicha acción popular».
Con la reforma que proyecta el Grupo Socialista en el Congreso, ni unas ni otras podrán hacerlo, pese a que esta práctica ya cuenta con el aval del Tribunal Constitucional, que ya en el año 2001 reconoció legitimidad a las administraciones públicas para ejercer la acusación popular en las causas por determinados delitos de violencia de género siempre que contasen con una ley que así las habilitase, lo que les ha permitido hasta ahora actuar en este contexto e impulsar decenas de procedimientos.
Fuente ABC