Buenos Airs-30 de enero de 2025-Total News Agency-TNA– Por dos votos a favor y uno en contra, la Cámara Federal de Casación Penal ha declarado inconstitucionales ciertos artículos de la Ley 24.660, que prohibía la libertad condicional para delitos graves como homicidio agravado, narcotráfico, terrorismo, trata de personas y secuestro seguido de muerte. Esta decisión se produce en un contexto donde el Gobierno de Javier Milei, junto a la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, busca endurecer la aplicación de penas para estos delitos. Foto Jueces Gemignani y Ledesma que votaron a favor de liberar narcos.
La Ley 24.660, conocida como la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de Libertad y modificada en 2017, regula los criterios y procedimientos para la implementación de medidas alternativas a la prisión. La reciente resolución de la Cámara de Casación ha flexibilizado esta normativa, según fuentes judiciales.
Las modificaciones a la ley original fueron introducidas durante la administración de Mauricio Macri, con el objetivo de limitar los beneficios de libertad anticipada para los condenados. Sin embargo, el tribunal, con el voto favorable de los jueces Ángela Ledesma y Juan Carlos Gemignani y la oposición de Diego Barroetaveña, ha declarado la inconstitucionalidad de partes de esta norma en el caso “Beati, Carlos Hernán s/ recurso de casación”, relacionado con una condena por narcotráfico y otros delitos. Esta decisión podría beneficiar a cientos de sentenciados, generando inquietud en sectores de la justicia federal.
La resolución acoge el recurso presentado por la defensa de Beati, quien había sido condenado a seis años de prisión por su participación en el tráfico ilegal de estupefacientes, y anula la sentencia impugnada. La Cámara ha remitido su fallo al Tribunal Oral en lo Criminal Federal 3 para que reevalúe el caso y considere la posibilidad de otorgar la libertad condicional.
Argumentos a favor de la libertad condicional
En su dictamen, Ledesma argumentó que las restricciones impuestas por los artículos 14 inciso 10 del Código Penal y 56 bis inciso 10 de la Ley 24.660 vulneran la progresividad del régimen consagrado constitucionalmente. Afirmó que estas limitaciones constituyen un obstáculo para acceder a institutos liberatorios, que son fundamentales para la resocialización de los condenados.
Además, Ledesma enfatizó que los tratados internacionales que forman parte del bloque constitucional no hacen distinción basada en el tipo de delito, lo que refuerza la necesidad de igualdad en el tratamiento legal de los condenados. Según el dictamen mayoritario, la ley no contempla modalidades adecuadas de libertad vigilada, limitándose a salidas diurnas temporales.
Por su parte, Gemignani respaldó el análisis de Ledesma, mientras que Barroetaveña, en su voto en disidencia, abogó por rechazar el recurso interpuesto, citando precedentes judiciales que sustentan su postura.
La curiosa decisión de una sala de feria declarando inconstitucional una ley del congresoha generado inquietud entre los sectores judiciales, quienes ven en esta resolución un innecesario accionar durante una feria y un retroceso en la lucha contra el narcotráfico y otros delitos peligrosos. La situación plantea un dilema sobre la balance entre derechos humanos y la seguridad pública, especialmente en un país que enfrenta desafíos significativos en materia de criminalidad.
Este fallo no solo beneficia a Beati, sino que podría abrir la puerta a cientos de sentenciados por narcotráfico y delitos graves, lo que pone de relieve la complejidad del sistema judicial argentino y la necesidad de un debate más profundo sobre la aplicación de la ley en estos casos.