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TotalNews Agency Argentina

ARCA volverá a embargar cuentas de contribuyentes a partir de febrero 2025: el requisito que exige

3 febrero, 2025
ARCA volverá a embargar cuentas de contribuyentes a partir de febrero 2025: el requisito que exige
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Durante la última semana del año pasado, el Gobierno habilitó nuevamente la posibilidad de que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) inicie juicios o imponga trabas por incumplimientos tributarios a los contribuyentes. 

Dado que exceptuó solo a entidades sin fines de lucro o empresas de salud, ahora son miles los contribuyentes que se exponen a un embargo en sus cuentas por incumplimiento de sus obligaciones.

Esta posibilidad estaba suspendida, pero, el pasado diciembre, a través de la Resolución 1445/2024 del Ministerio de Economía; entró en vigor nuevamente.

Sin embargo, la norma extiende la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud hasta el 31 de julio de 2025.

ARCA podrá embargar a pequeños contribuyentes: qué dice la norma

La extitular de la exAFIP, Florencia Misrahi, había dispuesto entonces mantener el período de gracia, que ya venía desde el anterior gobierno, como producto de la crisis económica.

Pero, desde el 1° de enero de 2025, de acuerdo con la resolución nueva, volvieron los juicios y embargos del fisco contra los contribuyentes que estén en mora respecto de sus obligaciones.

La normativa del Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social, establece que podrán regularizarse las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024, inclusive, las multas y demás sanciones firmes originadas en infracciones cometidas hasta dicha fecha, relacionadas o no con esas obligaciones, así como los intereses resarcitorios y/o punitorios.

La resolución original, que vencía en julio de 2024, se prorrogó en dos ocasiones.

Salud y entidades sin fines de lucro, los sectores exceptuados

La norma extiende la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud.

Entre los considerandos de la resolución se destaca la persistencia de las circunstancias particulares que atraviesan ambos sectores, las que motivaron la implementación de la medida inicialmente en enero de 2024.

Esto busca brindar “alivio a dos sectores clave para el desarrollo social y económico del país”, permitiéndoles afrontar sus obligaciones fiscales en un contexto más favorable.

Fuente El Cronista

Tags: El CronistaTotalnews
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