La reciente actualización del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ha elevado la cuantía mensual desde 1.134 euros hasta 1.184 euros, lo que supone una subida de 50 euros mensuales. Esta medida, aprobada mediante el Real Decreto 87/2025, se aplica con efectos retroactivos desde el 1 de enero, lo que implica que los trabajadores no solo deben percibir la nueva cantidad en su nómina de febrero, sino también los atrasos correspondientes a enero.
A pesar de esta obligación legal, algunos empleados podrían no haber recibido estos atrasos en su nómina de marzo. Este concepto adicional oscila entre 50 y 58,33 euros brutos, dependiendo de si el sueldo se distribuye en doce o catorce pagas. En caso de no haberlo cobrado, los expertos en derecho laboral aconsejan revisar la nómina y, si es necesario, presentar una reclamación a la empresa.
¿Me van a subir el sueldo con el aumento del SMI? Así afecta la subida a cada trabajador
Silvia López
La absorción de complementos puede afectar la subida
Uno de los motivos por los que algunos trabajadores podrían no notar el aumento del SMI es la absorción de complementos salariales. Este mecanismo, avalado por el Tribunal Supremo, permite que las empresas compensen la subida del salario mínimo con los pluses que ya percibía el trabajador, como los de antigüedad, nocturnidad o peligrosidad. De este modo, el empleado mantiene su sueldo total sin un incremento efectivo.
Esta práctica, aunque legal según el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, es criticada por los sindicatos, que consideran que desvirtúa la subida del SMI. No obstante, solo puede aplicarse si el convenio colectivo no establece lo contrario o si los complementos no son absorbibles.
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El Confidencial
Si la empresa no ha abonado el incremento correspondiente ni los atrasos, el trabajador dispone de un plazo de un año para exigir el pago. El primer paso es comunicar la incidencia al departamento de recursos humanos o a la dirección de la empresa. Si no se obtiene una respuesta satisfactoria, se recomienda enviar un burofax para dejar constancia de la reclamación.
En caso de negativa por parte de la empresa, el trabajador puede acudir a la Inspección de Trabajo o presentar una demanda en los Juzgados de lo Social. Además, si un empleado es despedido por reclamar el pago de atrasos del SMI, el despido podría ser declarado nulo, lo que implicaría su readmisión en la empresa.
Los expertos insisten en la importancia de revisar la nómina y actuar rápidamente ante cualquier irregularidad. La subida del SMI es un derecho de los trabajadores y su cumplimiento debe ser garantizado.
Fuente El Confidencial