Jubilación anticipada a los 52 años: estos son los casos en los que se podrá solicitar sin recortes en la pensiónLa Seguridad Social te quitará casi un 5% la pensión si te jubilas un año antes y has cotizado más de 44 años
Las condiciones de jubilación en España han cambiado, y ahora los nacidos entre 1960 y 1970 están más cerca que nunca de acceder al 100% de su pensión contributiva. La Seguridad Social ha detallado qué requisitos deben cumplirse para lograrlo, y los próximos años serán clave para quienes se encuentren en ese tramo generacional.
Quiénes podrán cobrar la pensión completa
Este grupo de población, que representa una parte importante del tejido laboral español, podrá acceder a la totalidad de su base reguladora si cumple con unas condiciones muy específicas. El primer factor determinante es la edad ordinaria de jubilación, fijada en los 67 años para todos los nacidos entre 1961 y 1970. Sin embargo, quienes hayan cotizado al menos 38 años y 3 meses podrán retirarse antes, a los 65 años, y con el 100% de la pensión.
Jubilación a los 62 años para estos trabajadores: estas son las condiciones que exige la Seguridad Social
El Confidencial
Para los nacidos en 1960, la situación es algo distinta: podrán jubilarse a partir de noviembre de 2026, a los 66 años y 10 meses, si han cotizado menos de 36 años y 9 meses. Si superan esa cifra, el retiro completo se adelanta a los 65 años. A partir de 2027, además, se requerirá una cotización mínima de 38 años y 6 meses para mantener esa posibilidad de retiro anticipado sin penalizaciones.
El cálculo de la pensión también cambia a partir de 2026
Más allá de la edad y los años cotizados, otro factor decisivo será el nuevo sistema de cómputo. Desde 2026, se aplicará de forma progresiva una doble fórmula para calcular la pensión: o bien se consideran los últimos 25 años cotizados, descartando los dos peores meses, o se amplía el periodo a 29 años, eliminando los peores 24 meses.
Para quienes nacieron entre 1960 y 1965, el impacto será menor, ya que solo se podrán descartar entre 6 y 12 meses. En cambio, los nacidos entre 1966 y 1970 podrán excluir hasta dos años completos de su historial cotizado, lo que podría traducirse en una pensión más alta si sus últimos años laborales no fueron especialmente favorables.
Otras vías para jubilarse: anticipada voluntaria o forzosa
También existe la posibilidad de jubilarse antes de la edad ordinaria gracias a los mecanismos de jubilación anticipada. En su modalidad voluntaria, se podrá solicitar desde los 63 años si se acredita la cotización exigida. En casos especiales, como despido colectivo o incapacidad, la jubilación forzosa podrá adelantarse aún más, siempre con la documentación correspondiente.
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En todos los casos, la clave estará en consultar con antelación la vida laboral y preparar con tiempo la solicitud a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o de forma presencial. La generación de los años 60 está en un momento decisivo, y entender bien estas normas puede suponer la diferencia entre una jubilación ajustada o una plena y sin recortes.
Fuente El Confidencial