Buenos Aires, 20 de junio de 2025 – Total News Agency‑TNA‑La expresidenta y actual detenida domiciliaria, Cristina Fernández de Kirchner, ha cuestionado públicamente las restricciones impuestas por el Tribunal Oral Federal 2 (TOF2), sin aún comprender plenamente que la sentencia le impide ejercer cargos públicos de por vida y directamente condiciona su actividad política desde el balcón, según el fallo judicial. Pra tener en cuenta: Demás consortes de causa con similares condenas e incluso con más de 70 años, cumplen su pena en el penal de Ezeiza..
Desconocimiento del fallo
En un mensaje publicado en su cuenta de X, la exmandataria criticó las limitaciones impuestas por el TOF2 al régimen de visitas —que excluyen a amigos políticos— y acusó a los jueces de “malversar la Constitución” respecto de los derechos civiles y políticos que precisamente le fueron suspendidos por la sentencia de inhabilitación perpetua.
El fallo del TOF2 es claro: Cristina Kirchner deberá “abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y alterar la convivencia pacífica de sus habitantes” y ceñirse a un listado previo de personas autorizadas para ingresar a su domicilio.
Confusión sobre la política desde el balcón
Aunque el tribunal aclaró que no prohíbe expresamente el uso del balcón, impuso una restricción implícita: el espacio no puede convertirse en plataforma política ni espacio de manifestación, en virtud de garantizar la paz vecinal . Sin embargo, Kirchner insistió en que “de mis derechos políticos, ni hablemos”, sin reconocer que su participación política está legalmente paralizada por la inhabilitación perpetua dictada junto a la condena.
Régimen de visitas y control judicial
El tribunal ordenó a Kirchner entregar en 48 horas la nómina de personas con acceso libre (familia, abogados, médicos y custodia), y dispone que cualquier otro ingreso deberá contar con autorización judicial previa.
Cierre
Las manifestaciones públicas de Cristina Kirchner evidencian la contradicción entre su reclamo de “derechos políticos” y la sentencia del TOF2, que la prohíbe ejercer cargos y limitar su visibilidad política desde el domicilio. Su crítica al fallo revela una carencia de interpretación legal que podría derivar en sanciones o una eventual revisión de las condiciones del arresto domiciliario. La Justicia y los vecinos del barrio de Constitución esperan su próxima conducta como indicador de su disposición real a cumplir los términos de la condena.