Nueva York, 16 de julio de 2025–Total News Agency-TNA–La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York ratificó este martes un fallo favorable a la Argentina en una causa presentada por el fondo Aurelius Capital y otros bonistas, quienes reclamaban una compensación de 450 millones de dólares por un presunto incumplimiento en el pago de los cupones del PBI correspondientes al año 2013.
La decisión del tribunal de apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia dictada por la jueza Loretta Preska, quien había desestimado la demanda por razones técnicas, al concluir que los demandantes no cumplieron con una cláusula contractual clave denominada No Action Clause, la cual establece requisitos específicos que deben seguir los bonistas antes de iniciar acciones judiciales.
“El incumplimiento de la cláusula de no acción del Global Security impide que este juicio proceda”, sostiene el fallo firmado por los jueces Steven J. Menashi, Alison J. Nathan y Catherine Polk Failla. Esta última jueza también interviene en la causa por la expropiación de YPF, donde el martes ordenó de forma temporaria la suspensión de la entrega de acciones.
El tribunal evitó pronunciarse sobre el fondo de la cuestión, es decir, si efectivamente existió manipulación de los datos del INDEC durante el kirchnerismo, como sostenían los demandantes. Estos alegaban que el Gobierno argentino había modificado deliberadamente el método de cálculo del crecimiento económico para evitar el pago de los cupones atados al Producto Bruto Interno (PBI).
La causa ahora cerrada en apelación era considerada una prueba clave para otras dos demandas que aún siguen su curso ante la misma magistrada, con reclamos que ascienden a 6000 millones y 1500 millones de dólares respectivamente. En esos casos, los fondos aseguran haber cumplido con los requisitos procesales exigidos por los contratos y esperan que se les permita avanzar hacia una decisión de fondo.
Los bonistas sostienen que si la Argentina no hubiese modificado el método de medición del crecimiento del PBI, el país habría debido pagar los intereses de los cupones correspondientes a los años 2014 a 2018, así como en 2021 y 2022.
La resolución del Segundo Circuito representa un alivio jurídico para la Argentina, aunque no implica el cierre definitivo de todos los frentes judiciales abiertos por los cupones PBI. Resta conocer si la interpretación actual será tomada como precedente en las demandas pendientes, donde la discusión sobre la eventual manipulación de estadísticas oficiales podría volver a ocupar un lugar central.