La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó que en septiembre de 2025 se pagará un bono por única vez a las familias que cumplan con esta condición.
Se trata de la Asignación de Pago Único (APU) por Nacimiento, que alcanzará un monto actualizado de $ 67.062 y que se cobra una sola vez. Sin embargo, quienes quieran percibirla deberán conocer cuáles son los requisitos específicos.
¿Qué es la APU de ANSES?
Las Asignaciones de Pago Único (APU) son prestaciones especiales que ANSES otorga en momentos determinados. A diferencia de la Asignación Universal por Hijo o la Asignación por Embarazo, que se pagan todos los meses, la APU se cobra una única vez.

Existen tres tipos de APU:
- Nacimiento: por la llegada de un hijo o hija.
- Adopción: para familias que incorporan un niño o niña mediante sentencia judicial.
- Matrimonio: destinada a parejas que formalicen su unión civil.
¿Quiénes pueden acceder al cobro de los $ 67.000 de ANSES?
El beneficio no es universal, sino que está dirigido a familias que cumplan con los requisitos establecidos. Por lo tanto, podrán solicitarlo:
- Trabajadores registrados en relación de dependencia.
- Beneficiarios de la Prestación por Desempleo.
- Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
- Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), AUH por discapacidad o Asignación por Embarazo.
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Además, se deben cumplir estas condiciones:
- El hijo o hija debe tener entre 2 meses y 2 años al momento de iniciar el trámite.
- Los ingresos del grupo familiar e individuales no pueden superar los topes vigentes que fija ANSES.
- Los datos personales y vínculos familiares deben estar actualizados en la base de ANSES.

¿Cómo solicitar el pago único de ANSES en septiembre 2025?
El trámite es sencillo y puede hacerse online o presencial. Los pasos a seguir para poder realizar la gestión son los siguientes:
- Verificar datos personales y familiares en Mi ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social
- Reunir la documentación obligatoria
- DNI de ambos padres.
- DNI del bebé.
- Partida de nacimiento.
Fuente El Cronista