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El Estatuto de Trabajadores lo confirma en el artículo 35: la empresa debe pagar las horas extra trabajadas o compensarlas con descanso

17 octubre, 2025
El Estatuto de Trabajadores lo confirma en el artículo 35: la empresa debe pagar las horas extra trabajadas o compensarlas con descanso
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El Estatuto de los Trabajadores establece con claridad que toda hora de trabajo que supere la jornada ordinaria debe tener una compensación. Según la normativa vigente, las empresas están obligadas a pagar las horas extra o compensarlas con descanso retribuido, una cuestión que afecta a miles de empleados en España.

Tal y como recoge el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), “tendrán la consideración de horas extraordinarias aquellas horas de trabajo que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo”. El texto legal añade que, “mediante convenio colectivo o, en su defecto, contrato individual, se optará entre abonar las horas extraordinarias en la cuantía que se fije […] o compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido”.

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La ley regula de forma expresa los descansos diarios, semanales y anuales, garantizando tiempos mínimos de recuperación que ninguna empresa puede reducir

Compensación o pago obligatorio de las horas extra

El mismo artículo especifica que, en ausencia de acuerdo, “se entenderá que las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización”. Esto significa que la empresa no puede ignorar las horas adicionales trabajadas: o bien las retribuye o bien concede descanso equivalente dentro del plazo legal.

Además, la ley fija un límite máximo de 80 horas extraordinarias al año para cada trabajador, salvo las destinadas a “prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes”. En estos casos excepcionales, el exceso de trabajo no se computará dentro del límite anual, aunque deberá igualmente compensarse como hora extraordinaria.

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El artículo 35 también obliga a llevar un registro diario de la jornada laboral de cada trabajador, que deberá totalizarse en el periodo fijado para el abono de las retribuciones. El resumen debe entregarse al empleado junto con su nómina, garantizando así la transparencia en el cómputo y pago de las horas extra. Con este control, la ley busca evitar abusos y asegurar que toda hora trabajada tenga su correspondiente reconocimiento económico o en tiempo de descanso.

Fuente El Confidencial

Tags: españaTotalnews
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