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La reforma laboral del Gobierno redefine jornadas, salarios, indemnizaciones y el derecho a huelga

25 diciembre, 2025
La reforma laboral del Gobierno redefine jornadas, salarios, indemnizaciones y el derecho a huelga
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Buenos Aires, 25 de diciembre de 2025-Total News Agency-TNA-El Gobierno nacional avanza con un proyecto de reforma laboral de amplio alcance que propone cambios estructurales en la organización del trabajo, el sistema de indemnizaciones, la negociación colectiva y el ejercicio del derecho a huelga, una iniciativa que ya obtuvo dictamen en el Senado pero cuya discusión fue postergada hasta el 10 de febrero ante la falta de consensos políticos suficientes para su aprobación antes de fin de año.

La iniciativa oficial, impulsada por el Poder Ejecutivo y defendida en el Senado por el oficialismo, plantea una reconfiguración profunda del marco laboral vigente con el argumento de promover el empleo formal, reducir la litigiosidad y otorgar mayor flexibilidad a las empresas. Sin embargo, el proyecto genera una fuerte resistencia sindical y despierta cuestionamientos constitucionales por el alcance de algunas de sus disposiciones.

Uno de los ejes centrales es la modificación del régimen de jornada laboral. El proyecto habilita la creación de bancos de horas mediante convenios colectivos, lo que permitiría distribuir de manera flexible la carga horaria y ampliar la jornada diaria hasta un máximo de 12 horas. A cambio, se prevén mecanismos de compensación como francos o descansos posteriores. Además, se incorpora la figura de contratos a tiempo parcial, con cargas horarias inferiores a la jornada legal de ocho horas diarias o 48 semanales.

En materia salarial, la reforma introduce cambios en la forma de pago y en la composición de la remuneración. Se habilita el cobro de salarios a través de entidades financieras o plataformas habilitadas por el Banco Central, lo que abre la puerta al uso de billeteras virtuales. Asimismo, se amplía el universo de conceptos no remunerativos, incluyendo beneficios como transporte, medicina prepaga o telefonía celular, lo que podría impactar en los aportes previsionales y en el cálculo de futuras indemnizaciones. El proyecto también impulsa esquemas de negociación salarial “dinámica”, atados a productividad, una fórmula que genera preocupación en los gremios por su posible efecto restrictivo sobre las paritarias tradicionales.

Otro punto sensible es el régimen de indemnizaciones por despido. La propuesta reduce la base de cálculo al excluir conceptos como aguinaldo, vacaciones y premios, y toma únicamente el salario mensual habitual. Si bien elimina los topes actuales, habilita el pago en cuotas y fija un criterio de actualización atado al Índice de Precios al Consumidor, más un adicional anual, con el objetivo declarado de dar previsibilidad a los juicios laborales y limitar la discrecionalidad judicial. En paralelo, el Gobierno propone la creación de un Fondo de Asistencia Laboral, financiado con un aporte del 3% de los empleadores, que reemplazaría parcialmente al sistema indemnizatorio tradicional y sería administrado bajo la órbita del Estado.

Las vacaciones también sufrirían modificaciones. El proyecto reduce de 45 a 30 días el plazo de notificación del período vacacional y habilita su fraccionamiento, siempre que cada tramo no sea inferior a siete días. Además, permite que empleador y trabajador acuerden períodos distintos a los actualmente fijados por la ley.

En cuanto al control de enfermedades, se introduce la obligación de presentar certificados médicos con diagnóstico, tratamiento y días de reposo, emitidos y firmados digitalmente por profesionales habilitados. Esto formaliza un requisito que hoy no es obligatorio y refuerza la facultad del empleador para ejercer controles médicos.

El proyecto extiende además el período de prueba en el régimen de casas particulares de uno a seis meses, una medida que el Gobierno defiende como incentivo a la contratación, pero que es cuestionada por sindicatos y organizaciones de trabajadoras del sector por aumentar la precariedad.

Uno de los capítulos más controvertidos es la reforma del derecho a huelga. Se amplía la lista de actividades consideradas esenciales y trascendentes, obligadas a garantizar entre el 50% y el 75% de funcionamiento en caso de conflicto. Entre ellas se incluyen el transporte, la educación, la recolección de residuos, la industria y la gastronomía. Abogados laboralistas advierten que estas restricciones podrían vulnerar el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, un planteo que ya fue avalado parcialmente por la Justicia cuando medidas similares fueron frenadas tras un amparo sindical.

Finalmente, la reforma apunta a redefinir la negociación colectiva y el financiamiento sindical. Se elimina la ultraactividad de los convenios, favoreciendo acuerdos por empresa por sobre los de actividad, y se busca quitar la obligatoriedad de que los empleadores actúen como agentes de retención de la cuota sindical. También se pone en discusión la continuidad de la denominada cuota solidaria para trabajadores no afiliados.

Con la discusión postergada para febrero, el proyecto se encamina a un debate político y social de alta intensidad, en el que el oficialismo apuesta a una transformación profunda del mercado laboral mientras sindicatos y sectores de la oposición anticipan una fuerte resistencia en el Congreso y en la calle.

Tags: REFORMA LABORAL
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