Por Daniel Romero
Buenos Aires, 29 de diciembre de 2025-Total News Agency-TNA-La decisión judicial que dejó sin efecto el protocolo antipiquetes del Gobierno nacional volvió a encender la polémica sobre el equilibrio entre el derecho a la protesta y el derecho a circular, pero también reabrió cuestionamientos sobre la trayectoria política y los vínculos del magistrado que firmó el fallo. El juez Martín Cormick, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11, hizo lugar a una acción de amparo impulsada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y declaró la nulidad del protocolo de actuación de las fuerzas de seguridad frente a cortes de calle.
Cormick no es un juez ajeno al escenario político argentino. Diversos antecedentes públicos lo vinculan con La Cámpora, la agrupación kirchnerista que durante años ocupó posiciones clave en el Estado. En 2014 fue designado al frente de la Inspección General de Justicia (IGJ) durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner, un nombramiento que llevó su firma y la de funcionarios centrales del entonces gobierno. Su carrera judicial dio un salto definitivo tras el cambio de signo político de 2019, cuando el gobierno de Alberto Fernández reconfiguró ternas enviadas al Senado, lo que habilitó su llegada al fuero contencioso administrativo federal, luego de haber quedado relegado en concursos previos.
El fallo que anuló el protocolo antipiquetes se produjo a partir de una acción presentada por el CELS, organización históricamente alineada con el kirchnerismo y estrechamente asociada a la figura del ex dirigente montonero Horacio Verbitsky. La resolución judicial sostuvo que el Ministerio de Seguridad se habría arrogado facultades legislativas al regular el accionar policial frente a manifestaciones y cortes, afectando —según el criterio del magistrado— la división de poderes y derechos constitucionales como la libertad de reunión y de expresión.
Sin embargo, desde el Gobierno y sectores críticos del fallo subrayan que el protocolo antipiquetes no prohibía la protesta ni el derecho a peticionar ante las autoridades. Por el contrario, establecía un marco de ordenamiento del espacio público para que las manifestaciones se desarrollaran sobre veredas o plazas, evitando la interrupción total del tránsito y garantizando el derecho a circular de millones de ciudadanos ajenos a las protestas. El esquema buscaba compatibilizar derechos en tensión, sin criminalizar la manifestación pacífica.
La sentencia de Cormick también cuestionó la calificación automática de los cortes de calle como delitos flagrantes y objetó las tareas de identificación y registro de manifestantes previstas en el protocolo, al considerarlas contrarias a la Ley de Inteligencia Nacional. Asimismo, sostuvo que la normativa no contemplaba de manera suficiente la protección de grupos vulnerables, como adultos mayores o personas con discapacidad, frecuentes participantes de movilizaciones frente al Congreso.
Se trata del segundo fallo adverso al Gobierno firmado por el mismo juez en pocos días, luego de ordenar la implementación de la Ley de Financiamiento Universitario, también suspendida pese a haber sido aprobada por el Congreso. En ambos casos, las resoluciones judiciales fueron celebradas por organizaciones sociales y sindicales, pero cuestionadas por sectores que advierten que este tipo de decisiones contribuyen a devolver a las calles un escenario de bloqueo permanente, con impacto directo sobre la actividad económica y la vida cotidiana.
En un país que arrastra una profunda crisis económica y social tras años de políticas kirchneristas, la anulación del protocolo antipiquetes reavivó el debate sobre la necesidad de recuperar la transitabilidad, la previsibilidad y el orden en el espacio público como condiciones básicas para la recuperación. La intervención de un juez con antecedentes políticos explícitos y vínculos históricos con el kirchnerismo y sus organizaciones satélite vuelve a poner bajo la lupa la independencia judicial y el rol del Poder Judicial en un contexto de fuerte disputa institucional.
El fallo podrá ser apelado ante instancias superiores, pero su impacto inmediato ya se hizo sentir: el protocolo quedó sin efecto y el debate por el control de la calle, la protesta social y el derecho a circular volvió al centro de la escena política y judicial.

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