En las últimas horas, José Valerio, juez de la Suprema Corte de Justicia, habló del futuro de la justicia penal en la provincia. Además se refirió a los elegidos del presidente Javier Milei para la Corte Suprema de Justicia: Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, de la figura de la reiterancia y la baja de edad de imputabilidad.
“Venimos trabajando hace algunos años, estuvimos trabajando en la sensibilización previamente, y antes de la sensibilización estudiando la problemática que teníamos, era muy profundo el inconveniente en el funcionamiento del servicio de justicia y requería no solo reformas sino también transformación de la justicia, no solo la justicia penal. Esto significa que no solo había que reformar un código o había que cambiar algunos roles y funciones sino que teníamos que ir más profundamente, había que cambiar la cultura del sistema de justicia y la idea de cómo debe funcionar”, dijo entrevistado por Radio Mitre Mendoza .
Y añadió: “Suelo decir algunas veces que la mejor manera de entenderlos es comparativamente con el servicio de salud, porque en el servicio de salud cuando cualquier de nosotros concurre a un hospital, lo que espera es que lo atienda el médico, que es el que pregunta, hace el examen clínico y es el que puede hacer un examen clínico o nos receta algún medicamento, nos dice que tenemos, que tenemos que hacer, nos hace hacer estudios, esa función que está personalizada siempre cuando hablamos de la justicia es como un poco que nos queda rara, porque en general el servicio de justicia que fue diseñado y pensado en el siglo 19, principio del 20, cuando había un puñadito de abogados y ese puñadito tenía que cumplir la función de juez, algún fiscal, tenían algunos que ejercer la profesión y otros se dedicaban a la política, qué ocurre, en esa estructura estaba todo concentrado en una burocracia administrativa dependiente del juez, pero esa burocracia significaba que ese juez no atendía personalmente el caso sino a través de terceros“.
Para Valerio, “el auxiliar que toma la declaración, el secreto que la revisa, que se la lleva al juez a firmar. Esta forma de ejercer la función en el servicio de justicia quedó en el transcurso del tiempo, y a pesar que hoy tenemos muchos abogados sigue siendo esta una de las formas en que se encara el servicio. Nosotros qué hicimos, la transformación significa, que en lugar de expediente, que un tercero tome una audiencia, tome una declaración, se el juez el que escuche al testigo y tome decisiones desde las cuestiones más simples hasta las más complejas. Lo que tiene que ser en la justicia en materia penal, es que si tiene que decidir una suspensión de juicio prueba, que es una cuestión menor, que antes la terminaban haciendo los auxiliares con la directiva del juez atrás, pero es como si el médico en lugar de atender al paciente le dice a la enfermera pregúntele esto, aquello y no lo atiende al paciente y no es así. En la justicia esta es la gran transformación y esto significa que dejamos de lado el expediente, que es una forma de trabajar de esta manera por las audiencias orales. Y esto implicó todo un cambio cultural porque el fiscal es responsable del ejercicio de la acción penal, ya no se trata solo de acusar y después todo es problema del juez sino que tiene que probar y ejercer sus funciones, tienen que investigar como corresponder y hay todo un proceso de cambio cultural. La defensa es igual y esto también llevó a reformas procesales, edilicias, porque ejemplo la construcción del Polo, se corresponde con esta transformación de la justicia. Cuando uno entra al polo lo primero que encuentra son las audiencias, no las mesas de entrada.
-¿Cómo ha caído esta transformación en los mismos jueces?
–Llevamos 6 años, al principio era difícil, si siempre hacemos esto de esta manera, porque lo vamos a cambiar, y cuál era la solución que se proponía, queremos más juzgados, más cámaras, y esto lo he visto fracasar en el juzgado de instrucción donde pasaron a ser de cuatro con dos secretarías a ocho con una secretaria, no alcanzó, crearon otro juzgado, empezaron a crear juzgados de flagrancia. En Civil hicieron lo mismo, duplicaron la secretaria por cada juzgado civil, después tuvieron que transformar esos juzgados en unipersonal con un solo secretario. Es decir, la transformación nos indica que es el camino.
-¿Cuál es el corazón de esta transformación?
–La oralidad. La digitalización contribuye pero el cambio es el cambio de mentalidad, es una forma de entender el servicio de justicia distinto. Si nosotros lo único que hacemos es digitalizarlo lo que esta, es lo mismo, es decir la diferencia está en que vez de tener expediente de papel tenes expediente digital. Vamos a necesitar la misma cantidad de funcionarios, de empleados.
“Una de las formas de medir cómo funciona la justicia es preguntarnos cuántos jueces hay, cuántos funcionarios hay y cuántos empleados hay en cada fuero. Cuando esas unidades judiciales hacemos una concentración y decimos, mire por cada decisor hay cuatro y pico, como tenemos nosotros en penal, funcionarios y empleados, hay 1.20 o sea que no alcanza más que a casi un decisor por cada secretario, entonces no hay forma de delegar.
-En eso en otras ramas de la justicia, ya se viene instrumentando de esa manera, viene más atrasado, más adelantado.
-Viene en otro ritmo, hay que entenderlo, hay que compartirlo y hay que llevarlo adelante. Es decir, no todos los fueros están en las mismas condiciones. Lo que sí hay que comprender es que si no tenemos una mentalidad distinta sobre el servicio de justicia estamos equivocados. Esto no quiere decir que no exista el Poder Judicial, recuerdo viejas discusiones con algunos colegas donde planteaban que el Poder Judicial era un poder, no un servicio de justicia, no hay que confundir, una cosas es el Poder Judicial, que son los jueces los que tienen el poder de declarar inconstitucional una norma o no aplicar una norma y otra cosa distintas es el servicio. Nosotros somos poder pero además tenemos la responsabilidad del servicio de justicia. En nosotros recae esa capacidad de decisión porque además está el Ministerio Público, la defensa pública y los abogados. Todos en conjunto somos el servicio de justicia.
-¿Qué resultados puede hoy contar de todo este proceso?
-Desde el inicio. El mejor dato que tenemos para medir esto es la cantidad de personas privadas de libertad en las unidades carcelarias con condena y procesadas. Hoy cuando hablamos de condena es condensa firme, no como era antes que era condena que estaba en recurso de casación. Hoy hablamos de condena en ese sentido. Condenas efectivas. Cuando nosotros empezamos este proceso, superaban el 60%, en algunos casos el 70, variaba, las personas que estaban procesadas frente a las condenadas. A partir de la iniciación de este proceso, al año y medio, se fue reduciendo y ya prácticamente era el 35%. Desde entonces hasta ahora ronda el 30, a veces un poco menos, a veces el 30 de personas que están procesadas frente a casi un 70% de promedio que están condenadas. Esto está indicando la transformación. Por eso es la diferencia. Ahora, esto también implica que hay un modelo atrás que se trabaja, por ejemplo el año pasado hubo 25 casos resueltos que de acuerdo a la ley debían ser resueltos por juicio por jurado, sin embargo se resolvieron 4 por juicio por jurado, porque los otros 21 se resolvieron por abreviado. Qué significa el abreviado, que se pusieron de acuerdo las partes, ahora, para ponerse de acuerdo quiere decir que tuvo que mejorar el Ministerio Público, por eso la unidad de homicidios está más consustanciada con la reforma porque ha tenido que trasladar esta idea de transformación a la investigación. Entonces la investigación es más eficaz, los elementos de prueba son más contundentes porque ya no hay mucha prueba que confunda, sino pruebas que tienden a demostrar el hecho que pretende el Ministerio Público acreditar.
-En todo este proceso, que se vaya abreviando, que quiere decir que va funcionado mejor el sistema de justicia, ¿cómo se analiza el plazo que está teniendo un juicio desde que comienza hasta que se da la sentencia?
-Hay mucha mejora, no se puede medir en total porque hay casos que requieren más tiempo, otros que requieren menos tiempo.
“No me gusta decir promedio porque hemos tenido casos por ejemplo de los que acabo de decir, que dentro de los 30 días se resolvió por juicio abreviado un homicidio en donde la prueba es tan contundente que la parte decide hacer un acuerdo y soluciona el problema, porque la persona que está condenada entra en el sistema de ejecución de pena, entonces empiezan los que se llaman los beneficios de ejecución de pena y ya entra en la etapa sobre el trabajo, educación, es distinto el proceso. Ahora, tenemos desde eso a el primer juicio por jurado que hicimos este año, al año, año y mes que había ocurrido el hecho, se hizo el juicio por jurado y conocemos el resultado. Esto que quiere decir, quiere decir que ha mejorado mucho. Recuerden que antes, cuando una de las reformas que se incorporó que fue límite de la prisión preventiva, se le puso límite en la Corte. Cuando llegué a la Corte había un caso que superó los 4 años en la Corte con condenado privado de la libertad. Cuando se sanciona la ley de prisión preventiva se establece límites a la prisión preventiva, incluso en la corte se le puso un límite, después se modificó y se amplió 3 meses, eso permitió reducir cantidad de personas privadas de la libertad que tienen proceso en la Corte. Todo este sistema también tiene algo que se llama la selección, que también se da en medicina. Por ejemplo en medicina lo que decía recién, si una persona llega con dolor de pecho, puede tener un infarto, obviamente la van a internar en terapia intensiva, ahora si una persona llega con dolor de garganta no la internan en terapia intensiva, se selecciona.
-¿Qué es la figura de la reiterancia?
–La reiterancia es un indicador muy importante para el sistema. Fue un indicador básico para entender que el sistema no estaba funcionando, es para medir el mal funcionamiento de la justicia.
“La reiterancia la podemos ver desde la persona que comete el hecho delictivo y es captado por el sistema o el sistema de justicia y de la policía logra determinar que una persona ha cometido un hecho, porque no sabemos cuántos hechos ha cometido, sabemos cuántos nosotros tenemos conocidos. Ahora, eso nos indica cuando una persona ha cometido hechos y cuando habría cometido esos hechos. Desde el servicio de justicia es si una persona ha cometido muchos hechos y no han sido resueltos, quiere decir que es la justicia la que está fallando. Cuanto más reiterancia hay, quiere decir que algo está mal en la justicia o funciona mal, o está mal instrumentada o está mal implementada. Esto es fundamental para nosotros, es el indicador más importante del servicio de justicia. Nosotros lo tomamos desde el servicio de justicia, por eso la diferencia. Entonces, si lo tomamos desde la persona, la tendencia normal es lo metemos en la unidad carcelaria, pero si el problema es que una persona cometió un hecho delictivo este año, empezamos la investigación, nos demoramos 1 año y no la terminamos y al año siguiente comete otro hecho delictivo, mientras esperamos la investigación de este, sigue en libertad pero no resolvemos este y después al otro año comete otro hecho delictivo estamos hablando de 2 años sin resolución y tenemos tres hechos delictivos, va a terminar resuelto dentro de 3 años. Entonces el problema es que el servicio de justicia tiene que cambiar la forma de trabajar. Las persona no nos enfermamos de acuerdo al sistema de salud o sanitario que tiene el estado, la sociedad, los particulares, las clínicas, nos enfermamos y el sistema de salud tiene que estar acorde a los problemas que se tiene, el servicio de justicia es igual, no es que la gente comete hechos delictivos de acuerdo al sistema de justicia que tenemos. La posición que nosotros planteamos es de un análisis de la realidad y una respuesta frente a la realidad, por eso es una transformación.
-¿Hay lugares suficientes para presos, cómo se manejan las privaciones de libertad?
-El problema es importante, es cierto que Mendoza es la que ha construido cárceles y no otras provincias. Lo que hay que tener es eficacia en la privación de libertad, es decir no se debe privar de la libertad innecesariamente. La idea de la prisión preventiva era poner límites porque la persona privada de la libertad debe tener una resolución de su causa. Si corresponde que continúe privada de la libertad, debe continuar pero si corresponde la libertad, inmediatamente hay que resolverla, por eso es importante, por eso hay que se estricto sobre esto y hay que tener en cuenta y hay soluciones alternativas, está la prisión domiciliaria, porque durante el proceso lo que se trata es, es decir cuando todavía la persona no está condenada, no se tiene la certeza jurídica que esa persona cometió un hecho delictivo, entonces mientras no tengamos eso hay que tratar de evitar la privación de libertad, salvo en hechos muy graves donde la ley y las circunstancias indican o dan la presunción que puede evadir la acción de la justicia, en esto es donde hay que tener muchos cuidado, tiene que haber una relación.
“El 30%, un poco menos del 30%. Es poco en relación a lo que existe en otras provincias en donde superan el 50%. Como teníamos nosotros antes de esta transformación en la justicia penal, y eso es un foco para que o caldo cultivo para que ocurran hechos como fue el motín vendimial. Es decir, no se solucionan los problemas de los internos en las cárceles, entonces también el no tener una situación definida, no estar en el régimen de ejecución de pena, todo eso va complicando el panorama dentro de la unidad carcelaria.
-En el medio se da esta situación de la inseguridad ¿Cómo se analiza?
-Homicidios tiene otras características, donde se da más es en robos, hurtos, en principio en hurtos no hay prisión, salvo que tengan antecedentes o condenas anteriores, pero sino es muy raro que se constituya en prisión y en los casos de violencia de género, ahí hay bastante. Pasa que el problema es la selectividad, hay que ver qué casos, volvemos al tema de salud, hay veces que el médico sabe que la persona está enferma pero es peor internarla que dejarla en su casa con ciertas previsiones, en el tema de justicia es igual. A veces es preferible que este en prisión domiciliaria y no en la unidad carcelaria. Cuánto cuesta una persona, por ejemplo un cuadripléjico, sabemos que no se va a fugar, esta condenado a perpetua, cuánto cuesta tenerlo en la unidad carcelaria, es mucho más, ¿se va a escapar? ¿va a volver a cometer delito? Es difícil. No se me ocurre que un cuadripléjico pueda cometer un delito, entonces tenemos que tener racionalidad en esto. El sistema no es un sistema vengativo, sino un sistema de aplicación de justicia con los criterios de la ley, lo que tratamos es cometido un hecho delictivo sancionar y después el cumplimiento, ejecución de la pena tiene que estar relacionado con la persona, la circunstancia, es decir, hay que empezar a ser más racional, no tan emocionales.
“En nuestro sistema la prisión perpetua tiene un límite, 50 años. Porque de acuerdo a nuestro sistema se establece que no puede superar el monto máximo de la pena prevista en el código, el máximo previsto es 50 años. Entonces ningún condenado a 50 años, a prisión perpetua, supera los 50 años de privación de libertad. Hay algunos que cuestionan la prisión perpetua con relación a determinadas personas, si una persona tiene 70 años y comete un hecho delictivo, mata a otra persona en determinadas circunstancias, se cuestiona porque no va a recuperar su libertad, pero nosotros cuando resolvemos como jueces, no solo tenemos que mirar a la persona que tenemos sometida a juicio sino también tenemos que ver la víctima, aun cuando la víctima no esté viva porque esa víctima tiene familiares y también sus familiares requieren una respuesta a ese hecho, acorde, entonces la pena no se puede imponer de acuerdo a las circunstancias porque si pensamos que la persona de 70 años puede cometer un homicidio y no va a tener ninguna sanción, lo que estamos haciendo es permitir que cualquier persona de 70 años pueda cometer hechos delictivos aún más graves.
-Hoy se oficializó la designación de Lijo como de García Mansilla, ¿Qué le parece y cómo analiza esto que se debate a nivel nacional?
-Es un tema interesante, a todos nos motiva, en el caso de García Mansilla lo conozco, sé la calidad de persona que es, tengo trato con él, tiene un nivel técnico jurídico exquisito, es una persona con una capacidad tremenda. Sobre Lijo es lo que conocemos todos por los medios o por comentarios, el tema creo que es político pero lo más importante es analizar la reforma del año 94, ahora en agosto vamos a cumplir 30 años. Fue erróneo algunas modificaciones de la reforma del 94, entre ellos este, esta discusión, porque para poder nombrar a un juez de la Corte se requieren dos terceras partes, cualquier partido que tenga entre los senadores más de un tercio y un voto puede bloquear cualquier designación y este es un disparate, esto no es comprender lo que es. Es como la coparticipación, a quien se le puede ocurrir una ley de coparticipación por unanimidad, hay que ser muy ingenuo para plantear una cosa como esta. No se puede plantear esto, siempre hay alguien que va a perder un poco y va a bloquear porque va a querer conseguir, que es lo que nos ha pasado con la ley de coparticipación. Llevamos 30 años, no hay ni siquiera posibilidad de sancionar una ley de coparticipación. Con respecto a los nombramientos, alguien tiene duda que esto, la única forma de nombrar a un ministro en la Corte es acordando con el partido opositor.
“Esto es una fantasía, no se necesitan académicos para que hagan los planteos de reforma, se necesitan hombres prácticos que sepan cómo funciona el sistema y como se le da solución al sistema. Tiene que estar comprometido institucionalmente.
-¿Va a poder avanzar la Corte con el caso puntual de Mansilla, teniendo en cuenta que se debe esperar a que se produzca la vacante?
-Hay que esperar la vacante el día que cumpla la edad. Lo que están tratando ahora es el pliego, no es que asuma.
-También puede ser que Maqueda decida quedarse.
-Que no se puede quedar, no depende de él. Quién tiene que pedirlo, el presidente de la república, que evidentemente ya tomó una decisión. Él puede pedir, tiene el derecho de petición como cualquier ciudadano, pero el que decide es el presidente que se lo va a mandar el Senado. Tiene que tener la voluntad de dos tercios en senadores, no es tan fácil.
-¿Qué pasa con la baja de imputabilidad?
–Es una decisión política, es una decisión de la sociedad, es importante y requiere de una serie de instrumentación. No se puede tomar una decisión al aire. De tomarse una decisión como esa, hay que ver cómo van a hacer las personas, supongamos que la sociedad decide reducir a 14 años, a donde van a internar a estas personas. Qué ocurre con estas personas, qué pasa con los tiene menos de 14, hoy nos pasa, qué hacemos con los que tienen menos de 16 para los hechos graves, porque los de 16 a 18 para los hechos graves también son responsables penalmente. Ahora ese abordaje, acá todos opinan pero ninguna asume la responsabilidad de crear un sistema de responsabilidad juvenil acorde con eso. Entonces es tan importante tomar esa decisión como todas esas políticas necesarias para acompañar, sino no sirve de nada. Hay que aprender a ver cómo funciona el sistema.
Fuente Mendoza Today