Más allá de la tragedia humana: Valencia afronta la reconstrucción milmillonaria de infraestructurasDANA en España | Última hora sobre la situación actual, las carreteras afectadas y la previsión
El paso de la DANA ha dejado graves consecuencias en diversas provincias de España, en especial en Valencia, donde el temporal ha colapsado carreteras, ha dejado casi un centenar de personas fallecidas y ha generado una lista interminable de daños materiales. Esta situación, además de conmoción y tristeza por los afectados, ha planteado interrogantes importantes para muchos trabajadores que, al enfrentarse a las condiciones peligrosas del temporal, tuvieron dificultades o directamente no lograron llegar a sus puestos de trabajo.
En este contexto, una pregunta ha resonado estos días en la mente de muchos empleados: ¿Me pueden despedir o sancionar por no ir a trabajar en medio de un temporal como la DANA? La respuesta la recoge la legislación española, que reconoce que la seguridad de los trabajadores es prioritaria y establece claramente las obligaciones y derechos en casos donde el desplazamiento pueda suponer un peligro.
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), en su artículo 21, ampara al trabajador en situaciones en las que acudir al trabajo podría comprometer su integridad. El artículo explica que, en caso de que el empleado perciba un riesgo grave e inminente para su salud o seguridad, tiene derecho a interrumpir su actividad y abandonar su puesto de trabajo. Esto significa que, en medio de una situación de emergencia o un temporal que afecte gravemente las condiciones de traslado, los empleados tienen el derecho de no acudir al trabajo para evitar riesgos innecesarios.
Es más, la ley específica que “los trabajadores o sus representantes no podrán sufrir perjuicio alguno derivado de la adopción de las medidas a que se refieren los apartados anteriores, a menos que hubieran obrado de mala fe o cometido negligencia grave”. En este sentido, el texto legal es claro. Las empresas no pueden tomar represalias ni mucho menos despedir a quienes se ven impedidos de acudir a sus puestos debido a un peligro real y documentado para su seguridad.
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No obstante, hay unas condiciones. Para que el trabajador quede protegido por la ley, debe justificar la imposibilidad de desplazarse, aportando pruebas del peligro o de las limitaciones en el acceso a su puesto de trabajo. En situaciones de emergencia, la ley entiende que el trabajador debe actuar con responsabilidad, pero también que no debe exponerse a riesgos innecesarios. Así, factores como cortes de carreteras, alertas meteorológicas o bloqueos en el transporte público constituyen causas justificadas para no asistir al trabajo.
Eso sí, es fundamental que el empleado comunique su situación a la empresa de la forma más inmediata posible. Avisar sobre la situación y, si es necesario, ofrecer documentación, como fotos o reportes meteorológicos, permitirá al trabajador acreditar la situación de riesgo. Este paso de comunicación es clave, ya que la ausencia sin justificación podría generar malentendidos o problemas adicionales con el empleador.
¿Qué pasa si la empresa insiste en la asistencia?
Aunque el derecho a proteger la propia seguridad en casos de riesgo es un pilar fundamental de la legislación, algunos empleados temen represalias o sanciones si no acuden al trabajo ante presiones por parte de sus empleadores.
Sin embargo, la ley vuelve a ser categórica en este aspecto: las empresas no pueden obligar a los empleados a acudir en condiciones de peligro ni pueden aplicar sanciones por este motivo, siempre y cuando la falta esté debidamente justificada. La única excepción a esta regla se produciría si el trabajador actuara “de mala fe o con negligencia grave”, por ejemplo, si falseara información o se ausentara sin razón válida.
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Las alertas emitidas por organismos oficiales también juegan un papel importante en la validación de la ausencia. Si las autoridades han advertido de un riesgo elevado en una zona y aconsejan evitar desplazamientos, esto constituye una base sólida para justificar la falta al trabajo. En este sentido, la coordinación entre las autoridades y las empresas es clave para priorizar la seguridad de los trabajadores.
Aunque la ley ampara al trabajador, las empresas también tienen la responsabilidad de evaluar las circunstancias y proporcionar alternativas cuando el traslado no es seguro. Esto puede incluir opciones de teletrabajo, permisos temporales o la reprogramación de tareas en función de las alertas emitidas. Estas medidas no solo protegen al trabajador, sino que también fortalecen la relación de confianza y compromiso entre ambas partes.
Fuente El Confidencial